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petición de revisión- que expida la certiorari22 En su histórico fallo del 25 de junio de 198423, la
respectiva. Corte Suprema anuló la decisión de la Corte de
Apelaciones y con un tono crítico determinó que
C o n fo rm e a lo anterior, el p ro b le m a q u e lu e g o la misma había interpretado mal la naturaleza
terminó enfrentando la Corte Suprema de los de su rol en la revisión de las regulaciones en
Estados Unidos consistió en determinar qué cuestión, y en última instancia acogió la interpre
estándar de revisión judicial debía ser aplicado tación efectuada por la EPA al término legal sta-
por un tribunal a la interpretación de una ley tionary source ofpoUution, por considerarla lícita.
desarrollada por una agencia gubernamental,
en el caso puntual, vía el desarrollo de una re En otros términos, determinó que la Corte de
gulación de la agencia. Apelaciones se equivocó cuando em itió su
22. El writ of certiorari es una orden judicial que responde a una larga y sólida facultad discrecional de la judicatura
norteamericana, y que se aproxima al denominado certiorari inglés -abreviatura del certiorari volumus (we wish
to be informed) -, que es un recurso que se utiliza para presentar ante un alto tribunal la decisión de alguna corte,
tribunal o autoridad inferior, a fin de que pueda examinarse su legalidad. Al respecto, si bien la Sección 2 del
Artículo III de la Constitución de Estados Unidos de Norteamérica, otorga a la Corte Suprema Jurisdicción original
para actuar como tribunal de primera instancia, esta solo lo hace en casos muy contados, como los que involucran
disputas estatales territoriales, de modo que su función principal es la de ejercer jurisdicción de apelación sobre
los fallos de los tribunales inferiores, con relación a cuestiones legales federales comunes y constitucionales,
debiendo considerarse que la Constitución autoriza al Congreso a reglamentar esta jurisdicción de apelación.
En los primeros años, la Corte estuvo obligada a oír y decidir cada apelación que se presentaba ante ella, pero
eso se tornó difícil de manejar, al aumentar la carga de trabajo. Por eso con la Ley Judicial de 1891 (Ley Evarts), el
Congreso dio por primera vez a la Corte la autoridad para aceptar o rechazar al menos algunas de las apelaciones
de manera discrecional. Autorizó el uso de la orden de certiorari (o cert, del latín "ser informado"), por la cual
instruiría a un tribunal inferior que certifique y remita para su revisión el historial de un caso en particular.
Este procedimiento resolvió el problema durante un tiempo, pero luego de 30 años la Corte volvió a estar
sobrecargada, motivando nuevamente la intervención del Congreso, a través de la Ley Judicial de 1925 (Judge's
Bill), para ampliar la jurisdicción del certiorari de la Corte, dándole mucho más poder para controlar el volumen
de sus actividades. Cabe referir que con la reforma de 1988 al Código Judicial de los Estados Unidos el Congreso
redujo aún más la jurisdicción obligatoria de la Corte con la Regla 17, según la cual la revisión por writ of certiorari
no es una obligación legal, como en el writ of appeal, sino materia de un sano arbitrio judicial, y que solamente
será otorgada cuando existan para ello razones especiales e importantes.
Desde entonces toda la jurisdicción del alto tribunal ha sido discrecional, conociendo y resolviendo solo los
casos de "gravedad e importancia general", en los que están involucrados principios de amplio interés público
o gubernamental, debiendo considerarse que a pesar de tamaña discrecionalidad, la propia Corte ha fijado,
en la Regla 10 de las Revised Rules of the Supreme Court of the United States, los criterios que gobiernan la
revisión vía el writ of certiorari, al establecer que la petición de revisión será concedida cuando concurran razones <
especiales e importantes, enumerando en tres incisos la materias que pueden ser aceptadas, y en los que enfatiza z:
O
aquellas en que las cortes y tribunales en los distintos grados han producido interpretaciones contradictorias u
de la ley, además de aclarar en el último párrafo que rara vez se concederá el writ of certiorari cuando se trate <
de apelaciones referidas a supuestos errores en la determinación de los hechos o la aplicación indebida de una cc
O
norma de derecho. h-
3
Sobre la supuesta instauración de un "certiorari a la peruana", a partir de la dación por el Tribunal Constitucional <C
del precedente vinculante contenido en la Sentencia recaída en el Expediente N° 02877-2005-HC/TC, emitida el
6 de agosto de 2014, debemos precisar que a nuestro entender, con dicho precedente, la nueva composición
del colegiado más bien ha pasado a recoger las causales de improcedencia que ya se encontraban incluidas en
jurisprudencia reiterada del Supremo Tribunal, sin que con dicho pronunciamiento se responda o ejecute una
habilitación legislativa previa para rechazar discrecionalmente las causas que se le presenten, tal como sucede
con la Corte Suprema Norteamericana. §
s
23. El cual fue elaborado por John Paul Stevens y contó con los votos del Chief justice Warren Burger, y con los de los §
magistrados William Brennan, Byron White, Harry Blackmun y Lewis Powell. Cabe indicar que Thurgood Marshall, Q
William Rehnquist y Sandra Day O'Connor no participaron en el asunto.
A first re fe r e n c e a b o u t C h e v ro n d e f e r e n c e :La doctrina central del Derecho Administrativo Norteamericano 271