Page 68 - Edición N° 31
P. 68
Elección racional, Economía del
Comportamiento y Derecho* VA
LU
CL
lA
111
DERECHO
Y ECONOMÍA
CONDUCTUAL
R ic h a r d A . P o s n e r
A.B. por la Universidad de Yate.
LL.B. por la Universidad de Harvard.
Ex Presidente de la Asociación Americana de Derecho y Economía.
Juez Principal de la Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito de Estados Unidos.
Sénior Lecturer de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chicago.
O
x
u
U J
cc
U J
Q
U J
2
SUMARIO: U J
I. Introducción. >-
II. Las tres "limitaciones"y la interfaz entre la Economía y la Psicología.
1. Racionalidad limitada.
LU
2. Fuerza de voluntad limitada. X
ü
3. Auto-interés limitado. LO
O
III. La cuestión de la teoría. 2
LU
IV. Los biólogos evolutivos de la justicia.
O
V. El juego del ultimátum y el efecto de dotación. 2
LU
VI. Crimen, optimismo y parto. L L
Vil. La evidencia empírica para las afirmaciones de JST.
VIII. Problemas normativos.
2
Artículo traducido por Alvaro Estrada, Miembro Activo de ADVOCATUS. El autor agradece a Gary Becker y a
Gertrud Fremling por los comentarios útiles que le dieron en la versión de borrador. Asimismo, el presente artículo §
fue publicado originalmente en idioma inglés en The Stanford Law Review, la cual recomienda la siguiente citación: Q
Richard A. Posner, "Rational Choice, Behavioral Economics, and the Law"50 Stanford Law Review 1551 (1997).
E l e c c i ó n r a c i o n a l , E c o n o m í a d e l C o m p o r t a m i e n t o y D e r e c h o 6 5