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Hay quienes  sostienen  que  efectivamente es   a la revisión del correo electrónico utilizado por   « C
           factible  que el  empleador controle o fiscalice   el trabajador en la cuenta de la empresa, habién­
           el contenido de los correos electrónicos de sus   dose advertido previamente de la  prohibición   c a r
                                                                                                             M —
           trabajadores. Esa es la opinión de Oviedo'3, que   de utilizar dicho correo con fines  particulares,   U
           nos señala que:                               reservándose  el  derecho  de  revisar tanto  el    OO
                                                                                                             O O   5:
                                                         computador como  la  cuenta  de  correo)  que
                                                                                                       AUTOR
               "(...) tomando como premisa fundamental   "(...)  no  se estaría  afectando  ningún  derecho   NACIONAL
               que el trabajador no puede utilizar el correo   del trabajador en razón de que como es de su
               electrónico  provisto  por  la  empresa  para   pleno conocimiento la cuenta, el computador
               fines personales, el contenido de todos los   y el contenido de los correos solamente deben
               e-mails laborales le pertenece a la empre­  estar referidos a la empresa (...)"15.
               sa,  excede  el  ámbito  de  la  intimidad  del
               trabajador y, por lo tanto, no puede verse   Sin embargo, ¿el acceso al contenido de los co­
               afectado ningún derecho o garantía cons­  rreos electrónicos de los trabajadores en los que
               titucional                                la cuenta de correo ha sido otorgada por el em­  ra
                                                                                                         £
                                                         pleador afecta derechos fundamentales como
           La misma Oviedo'4 es más contundente, cuando   la intimidad o la reserva en las comunicaciones?  OI
                                                                                                         ~o
           a continuación señala que                                                                     TJ
                                                                                                         ro
                                                         Aceptar una fiscalización de este tipo implicaría   ■o
               "(...) la dirección del correo electrónico le   consentir que el empleador, como parte de la fa­  cu
                                                                                                         >
               pertenece  al  empresario,  es  un  bien  del   cultad de fiscalización o control que puede ejer­  C
                                                                                                         Z)
               empleador. Tan es así que en ella figura el   cer, tenga acceso a aspectos que  nada tienen   _ro
               nombre o las iniciales de la empresa, que es   que  hacer con  la  relación  laboral.  Lo  advierte   a>
                                                                                                         T i
               quien tramitó el dominio, y el nombre del   Falguera Baró16 cuando dice que"(...) una cosa   O
                                                                                                         _c
               usuario-trabajador sólo figura a los efectos   es la capacidad de control 'per se'; y otra, distinta   u
                                                                                                         a>
               de una distribución direccionada del men­  desde mi  punto de vista, la  inexistencia de un   ai
                                                                                                         Q
               saje. Por ende, el contenido de los mensajes   ámbito de privacidad en el contenido de dichos   a;
                                                                                                         TJ
               emitidos y  recibidos,  vía  esa  dirección  de   correos (...)". Aceptar lo contrario (aceptar que   Ti
                                                                                                         ro
               e-mail, le pertenecen al empresario. De esta   es una facultad del empleador el tener acceso
                                                                                                         u
               manera (...), el empleador tiene la facultad   al  contenido  de  los  correos  electrónicos  del   ro
                                                                                                         LL.
               de  controlar cuántos  e-mails  se  envían  y   trabajador)  implicaría  aceptar que  el  emplea­
               reciben  mediante esa  dirección,  quiénes   dor tiene derecho a  escuchar conversaciones   cu
                                                                                                         TJ
               son  los destinatarios de  los  enviados,  los   privadas de sus trabajadores, situación que no   o
                                                                                                         c
               remitentes de los recibidos, fechas de envío   nos parece factible.                       E
               y recepción, etcétera; pero especialmente                                                 3
                                                                                                         ro
               qué contenido tienen esos mensajes, por­  Aspectos  relacionados  a  la  vida  privada  del   O
               que  el  mismo  atañe  particularmente  a  la   trabajador  (costumbres,  situaciones fam ilia­  a.
                                                                                                         ro
               empresa y a su desenvolvimiento      (El   res, etc.), en virtud de la vigencia del derecho   T i ro
               resaltado es nuestro)                     fundamental  a  la  intimidad,  están  excluidos   T Í
                                                                                                         CU
                                                         de  la  introm isión  o  conocim iento  que  pu­  ro
           En  el  ámbito  nacional,  Elias  Mantero  tiene  la   dieran tener terceras personas, entre éstas el   >
                                                                                                         cu
           misma opinión, cuando nos señala (al referirse  empleador.                                    cc

                                                                                                         co
                                                                                                         <N
           13.  OVIEDO, María Natalia. Op. cit., p. 67.
                                                                                                         §
            14.  Idem., p. 70.
                                                                                                         2
            15.  ELÍAS  MANTERO,  Fernando. "Efectos  legales  de  la  utilización  indebida  de  los  servicios  de  Internet  propios del
               empleador por parte del trabajador". Laborem. 2006, número 6, p.99.                       §
                                                                                                         Q
            16.  FULGUERA BARÓ, Miguel Ángel. Op. cit., p. 205.



                                        E l    c  o  r r e  o     e  l e  c  t r ó  n  i c  o     o  t o  r g  a  d  o     p  o  r    e l    e  m  p  l e  a  d  o  r    4 0 1
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