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4.  Conclusiones:                            (ii)  El caso de las injurias recíprocas, contenido
                                                                   en el artículo 137 del Código Penal acoge el
                  (i)  El texto del artículo 137 del Código Penal   ejercicio de autotutela, con la posibilidad de
                      está destinado  a  regular el  caso de  las   la homologación procesal, cuando el juez
                      injurias recíprocas, permitiendo la impuni­  penal decide eximir de cualquier punición.
                      dad de éstas en la medida que hayan sido
                      proferidas bajo el calor de un altercado. Eso   (iii)  A pesar de que no hay una postura pacífica,
                      significa que será el juezquien estudiará en   algunas opiniones sostienen que el texto
                      cada caso, según las circunstancias, la posi­  del artículo 137 del Código Penal es una
                      bilidad de eximir de cualquier penalidad a   expresión  de compensación  de injurias
                      las partes o a una de ellas.                 recíprocas.





            Universidad  de  Lima


































            Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la










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