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Esta definición contempla dos componentes: de una fórmula cuyas variables pueden estar «
i) lo que el administrado dejó de invertir para sujetas a múltiples conclusiones, todas pasibles Z Z
cumplir la obligación o el compromiso ambien de contar con fundamentaciones equivalente car
tal impuesto a través de una norma, un instru en solidez, podrían restarle firmeza a las resolu U J
mento ambiental u otra fuente, y ¡i) lo que el ciones sancionadoras, situaciones que restaría OO
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administrado obtuvo o esperaba obtener como eficacia a este instrumento.
AUTOR
ingreso por su incumplimiento. NACIONAL
Quienes conocen los métodos de valoración eco
Respecto del primer componente, el cálculo nómica de los bienes y servicios ambientales sa
podría tener sus dificultades, sin embargo, por ben lo controversial que puede resultar esta tarea.
lo general, esta información se encuentra dispo Asimismo, aislar los beneficios económicos resul
nible en los mercados; piénsese por ejemplo en tantes de una violación de la regulación ambiental
el cálculo de lo que se dejó de invertir para la constituye un trabajo en extremo polémico.
construcción de una planta de tratamiento de
efluentes industriales. Lo ambiental es en esencia complejo, este dato ro
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debe ser considerado al momento de preparar
Sin embargo, estimar los ingresos percibidos las resoluciones sancionadoras, llevando la <v
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o que se planeaban percibir, que además se motivación de sus conclusiones a un nuevo T3
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encuentran relacionados directamente con la nivel de sofisticación técnica y jurídica, anclan T3
infracción, sí reviste problemas mayores y nos do sus afirmaciones en evidencia científica y el OJ
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llevan a terrenos en extremo controversiales. razonamiento en los principios ambientales,
cuidándose de no ingresar demasiado a fijar
La real utilidad de las multas, en el marco de posición sobre temas poco firmes, como los ya OJ
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las políticas ambientales, deriva de su efecto mencionados de valorización del daño ambien 0
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desincentivador de conductas ilícitas, el cual tal o el de ingresos económicos derivados de las 01
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está vinculado no solo con su imposición sino trasgresiones legales cometidas. D
con su probabilidad de cobro efectivo, el cual QJ
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está ligado con su solidez jurídica. Por su parte, los jueces que revisen estas resolu "O
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ciones deben de ser conscientes de la enorme
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La valoración económica del daño ambiental cons complejidad de las interacciones que están en u
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tituye otro componente de la fórmula de cálculo juego en los sistemas naturales y sociales, así
de las multas que podría restar solidez a las reso como de los límites de las ciencias y los estudios "O
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luciones de sanción. Si bien es cierto la economía para explicar estos fenómenos. O
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ambiental pone a nuestra disposición diversos E
métodos dirigidos a valorizar monetariamente Aristóteles en su obra Ética a Nicómaco mencio ro
el daño ambiental, ya sea en función a nuestras na un pasaje, citado por Domingo Gómez Orea, O
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preferencias, sensibilidades, o a través del aisla muy pertinente para graficar esta cuestión: ro
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miento de la influencia de los bienes y servicios ro
ambientales sobre mercados conocidos, lo cierto "Hemos, por tanto, de estar contentos si, T3
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es que todo intento de valorar aspectos ambien al tratar de temas inciertos y comenzar de ro
tales carentes de mercados será un ejercicio sujeto premisas inciertas, conseguimos presentar >
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a subjetividad y mucha controversia profesional. un esquema amplio de la verdad. Porque CC
es propio de una mente adecuada esperar
Por lo tanto, un sistema de imposición de san en cada caso aquella cantidad de exactitud
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ciones pecuniarias que privilegia la aplicación que admite la naturaleza del tema concreto."8 <N
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8. GÓMEZ OREA, Domingo. Evaluación de Impacto Ambiental: Un instrumento preventivo para la gestión ambiental. Q
Segunda edición. Madrid: Ediciones Mundi-Prensa, 2002.
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