Page 455 - Edición N° 30
P. 455

rando como delito de contaminación ambiental   erosión o contaminación".  En  este  sentido,  al
                  la afectación a éste mediante descargas, ema­  regular  los  estándares  de  calidad  ambiental
                  naciones, filtraciones o vertimientos.        reconoce  al  suelo  como  un  cuerpo  receptor
                                                               en  el  numeral  31.1  del  artículo  31,  a  fin  de
                  Por su  parte, en  1997,  la  Ley Orgánica  para  el   que  tam bién  sea  materia  de  regulación  la
                  aprovechamiento  sostenible  de  los  recursos   determinación  de  niveles  de  concentración
                  naturales,  Ley  26821,  en  su  artículo  3  indica   de parámetros que no constituyan  un  riesgo
                  que el  suelo es considerado como  un  recurso   al ambiente ni a la salud.
                  natural, sin  identificar si estamos ante uno re­
                  novable o  no  renovable. Tampoco efectúa  un   Considerando  este  tratamiento  a  nivel  legis­
                  análisis mayor respecto a su naturaleza jurídica   lativo,  el  segundo  eje  de  la  Política  Nacional
                  teniendo en  cuenta  que a  diferencia  de otros   del  Ambiente  vigente9,  referido  a  la  gestión
                  recursos como el agua o los recursos minerales   integral de la calidad ambiental, incluye varios
                  o  hidrocarburíferos, en  este  caso  no  estamos   lineamientos referidos tanto a la aplicación de
                  ante un bien de dominio público.             control como recuperación de la contaminación
            Revista  editada por alumnos de la  Facultad de Derecho  de la  Universidad de Lima
                                                               ambiental de este recurso.
                  En efecto, conforme al numeral 1 del artículo 885
                  de nuestro Código Civil, el suelo es considerado   Por lo que, en el Plan de ECA y límites máximos
                  como un bien inmueble y está sujeto al régimen   permisibles para el  periodo 2012-2013 y en  la
                  de derechos reales pudiendo ser inscrito a título   Agenda  Nacional  de  Acción  Ambiental  2013-
                  individual  de  una  o  más  personas naturales o   2014, aprobadas mediante Resoluciones Minis­
                  jurídicas como lo regula el Reglamento de Ins­  teriales  225-2012-MINAM  y 026-2013-MINAM,
                  cripciones del Registro de Predios de la SUNARP,   respectivamente, se estableció la necesidad de
                  Resolución del Superintendente Nacional de los   aprobar ECA para este cuerpo receptor.
                  Registros Públicos 097-2013-SUNARP-SN.
                                                               En  este contexto  ha  sido expedido el  Decreto
                  Sin  embargo, aun  estando dentro de  la esfera   Supremo  002-2013-MINAM,  que  aprueba  los
                  del  dominio  privado  no  pierde  su  naturaleza   nuevos ECA para suelo, y lo define en su Anexo II
                  de recurso natural y es justamente ésta  la que   como el "material no consolidado compuesto por
                  justifica y legitima las acciones del  Estado para   partículas inorgánicas,  materia orgánica, agua,
                  su conservación dadas las funciones ecológicas   aire y organismos, que comprende desde la capa
                  que  desarrolla.  Además,  conforme al  artículo   superior de la superficie terrestre hasta diferentes
                  70  de  nuestra  Carta  Magna,  el  derecho  de   niveles de profundidad".
                  propiedad debe ejercerse en armonía del bien
                  común,  lo cual  aplica totalmente  para  el  caso   Esta definición legal resulta bastante limitada e
                  del  suelo que siendo un  recurso  natural es de   insuficiente  porque no tiene un enfoque inte­
                  interés público.                             gral como sí lo prevé la legislación alemana que
                                                               tiene  una  perspectiva  que amplía  su  nivel  de
                  Es  así que  la  Ley General  del  Ambiente,  Ley   protección al no referirse solamente a una des­
                  2861 1  (LGA), en su artículo 91  declara que el   cripción edafológica sino a todas las funciones
                  "Estado es responsable de promover y regular   que éste desarrolla y que son reconocidas como
                  el uso sostenible del recurso suelo,  buscando   extremos de  protección  ambiental. Así,  la  Ley
                  prevenir o  reducir su pérdida  o deterioro por  federal de Protección del Suelo de Alemania en

              128
            S
            T U   9.   Ministerio del Ambiente. Política Nacional del Ambiente aprobada mediante Decreto Supremo 012-2009-MINAM
            A
            C         del 23 de mayo de 2009. Consulta: Julio de 2013.
            V O
            D         <http://www.minam.gob.pe/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=230&tmpl=component&fo
            A         rmat=raw<emid=65>.



           4 5 2  L u z m  i l a    Z  e  g  a  r r a
   450   451   452   453   454   455   456   457   458   459   460