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entró en vigencia el 11 de octubre del mis 14. Debido a que el ámbito de aplicación de
mo año. La mencionada disposición es de la Ley 27444, no alcanza a cualquier tipo
obligatorio cumplimiento para las entida de regulaciones en general39, los criterios
des de la Administración Pública. de razonabilidad recogidos en dicha Ley
únicamente pueden ser aplicables en las
12. Dicha Ley exige que las entidades de la barreras burocráticas que afectan las normas
Administración Pública cumplan con actuar y principios de simplificación administrativa
de manera proporcional a los fines públicos (ya sea en el marco de un procedimiento
que desea tutelar, lo cual implica, identificar administrativo o al momento de regular un
un fin público y analizar la proporcionalidad procedimiento especial). Por otro lado, las ba
de la medidas adoptada (numeral 1.4) del rreras burocráticas que afectan el desarrollo
artículo IV del Título Preliminar). Asimismo, de actividades económicas (ya sea por acceso
consagra como un derecho del adminis o permanencia) aún continúan rigiéndose por
trado que las actuaciones de las entidades los criterios establecidos en el POO.
que les afecten sean llevadas a cabo en la
por alum nos de la Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
forma menos gravosa posible (numeral 10) Vil. RECOMENDACIONES
del artículo 55).
Se debería plantear la posibilidad de utilizar el
13. Por tal motivo, desde que entró en vigencia POO únicamente en aquellos aspectos que no
la Ley 27444, cualquier análisis de razo se encuentren regulados por la Ley 27444. En
nabilidad no debía fundamentarse en el los demás casos, no debería declararse carente
POO, sino en dicha disposición legal. De de razonabilidad una barrera burocrática, sino
ese modo, ya no es posible alegar que una ilegal, ya sea por contravenir el numeral 1.4) del
barrera burocrática era carente de razonabi artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27444
lidad, por cuanto todas lasque pudieran ser (cuando no existe una finalidad pública que
calificadas de ese modo, habrían vulnerado tutelar o la medida es desproporcional) o el nu
algún artículo de la Ley 27444, por lo que meral 10) del artículo 55 (cuando no se acredite
debieron ser declaradas ilegales. que la entidad impuso la medida menos gravosa
para el administrado).
Revista editada
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ADVOCATUS 39. Conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley N 27444.
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