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ejemplos en nuestra realidad cotidiana que La coexistencia de ambas características -con O
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nos pueden ayudar a comprender con claridad sumo rival y costos de exclusión- impide que O
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este concepto. Por ejemplo un automóvil tiene la iniciativa privada21 regule la producción de
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consumo rival toda vez que dos individuos no bienes públicos. En ese sentido, la teoría eco
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pueden manejarlo al mismo tiempo. La existen nómica sostiene que, dados los altos costos de c c
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cia de bajos costos de exclusión implica que los exclusión de los bienes públicos, si se dejara ex
MARCAS
costos que asumirá el propietario para excluir clusivamente a la iniciativa privada la provisión PATENTES
DERECHO
DE AUTOR
a los no propietarios del uso del bien no son de los bienes públicos, estos serían ofrecidos
significativos en comparación con los beneficios en una cantidad muy inferior a la socialmente
que obtendrá haciéndolo. eficiente. En éste contexto, la intervención del
Estado, ya sea encargándose directamente de
Por otro lado, los bienes públicos se caracterizan la producción o subvencionando a empresas
por no presentar consumo rival y por tener altos privadas, es considerada por la teoría económica
costos de exclusión. Cuando no existe consumo como la solución que garantiza el suministro
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rival, el bien puede ser utilizado por individuos adecuado de bienes públicos. LU
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adicionales sin que esto impida que otros indi <
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viduos también lo disfruten. Por su parte, los En el caso concreto de los sistemas de protec O
bienes públicos tienen altos costos de exclusión ción de propiedad intelectual, la justificación U
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lo que implica que el costo de excluir a los no económica que sustenta su existencia se deriva z
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propietarios del uso del bien es más alto que los del hecho que las obras o creaciones artísticas LU
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beneficios que supone la exclusión. Por ejemplo tienen características muy similares a las de la O
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el aire tiene altos costos de exclusión. Si bien información ya que presentan un consumo ri
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resulta difícil concebir una manera de poder val y tienen altos costos de exclusión. Por ejem
restringir el acceso al aire, podemos afirmar plo, si leemos una novela de Alfredo Bryce ello
que emprender tal tarea resultaría sumamente no impide que en otra parte del mundo otra
costosa. El único escenario en que llevar a cabo persona se encuentre leyendo la misma novela.
dicha tarea podría encontrarse económicamen Los altos costos de exclusión característicos de
te justificada sería aquel en que los beneficios la información se deben a que su transmisión
esperados superen los costos incurridos. o distribución es, por lo general, sumamente
barata. Por ejemplo, si nos interesa transferir
Un ejemplo clásico de bien público, hecho fa algún docum ento escrito, simplemente ten
moso por Ronald Coase, es el de los faros que dríamos que fotocopiar el documento original
desde la costa sirven de guía a las embarcacio y remitirla al destinatario. El desarrollo de la
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nes marítimas. Según lo planteado por Coase, tecnología digital ha reducido en mayor m e <
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todas las embarcaciones que se encuentren dida dichos costos. H
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próximas al faro, sin importar su número, se
beneficiaran de manera irrestricta con su luz* 20. El problema de la información surge en torno al
Obviamente resultaría altamente costoso desa hecho de que si bien es costoso producirla, no lo
rrollar un mecanismo que restrinja sólo a algu es tanto su reproducción y aprovechamiento. Si
nas embarcaciones, el consumo simultáneo de la información puede copiarse a un costo relati
la luz que proporciona el referido faro. vamente bajo, lo más probable es que el precio
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mayor similitud con las características de uno u otro tipo de bien. Por otro lado resulta importante, establecer
la distinción entre el concepto de "bienes públicos" y el de "bienes de titularidad pública". Estos últimos hacen ~
referencia únicamente a las propiedades del Estado; los bienes públicos pueden o no ser servidos por el Estado.
20. Puede encontrarse más información sobre la historia de los faros en el artículo de Ronald Coase'The Lighthouse in q
Economics". En: The Journal of Law and Economics, Volumen N° 17, N° 2.1974, pp. 357 - 376. O
21. Emplearemos los términos "mercado" e "iniciativa privada" como sinónimos. ^
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