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O
           Esta  es  una  disposición  que  permite  reducir   un requisito mínimo de la solicitud de registro.
                                                                                                             <
           el  plazo de los procedimientos de registro. La   Con esta fórmula se busca respectar y asignar   O
                                                                                                             LU
           precisión de datos en la solicitud de registro de   prontamente  la  fecha  de  presentación  de  la
           marcas normalmente implica el requerimiento   solicitud de registro.
           al  solicitante  para  que cumpla  con  identificar                                               CC  *
                                                                                                             CL  Z
           o describir adecuadamente los  productos y/o   3.  Reducción del plazo para subsanar
                                                                                                      MARCAS
           servicios para los que se solicita el  registro de   requerimientos en procedimientos de   PATENTES
                                                                                                      DERECHO
           una marca.                                       renuncia total o parcial al registro.     DE AUTOR
           En la práctica, desde tiem po atrás, la Dirección   Se incorpora el artículo 64-A al Decreto Legisla­
           de Signos Distintivos ya otorgaba el plazo de 10   tivo 1075, a fin de reducir el plazo para subsanar
           días  para  los  referidos casos, de  conformidad   requerimientos en los procedimientos de renun­
           con lo dispuesto en el artículo 141  del TUO de   cia total o parcial al registro20.
           la Ley 2744418, a efectos de hacer más célere los
           procedimientos. Sin embargo, se ha visto en la   En  efecto,  se  ha  establecido  la  reducción  del
           necesidad de contar con una norma específica   plazo para subsanar requerimientos en los pro­
           debido a que no han faltado los casos en que   cedimientos de renuncia a 30 días hábiles, a fin
           los  administrados  han  alegado  la  aplicación   de lograr mayor celeridad de los mismos.
                                                                                                        z
           del  plazo  para subsanar los  requisitos de una
           solicitud  de  registro,  esto  es,  el  plazo  de  60   III.  SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
           días hábiles19.                                  A TRAVÉS DEL USO DE TECNOLOGÍAS Y
                                                            MEDIOS ELECTRÓNICOS                         g
           Al  respecto,  conviene  com entar  que  siendo
           la  indicación  expresa  de  los  productos  y/o   Con el objeto de simplificar los procedimientos
           servicios un  requisito mínimo para que a  una   a través del uso de tecnologías y medios elec­
           solicitud de registro se le asigne fecha de pre­  trónicos, el Decreto Legislativo 1309 establece
           sentación,  la  aplicación  del  plazo  de  60  días   disposiciones  para:  (i)  el  uso  de  las  casillas
           hábiles para precisar datos podía muchas veces   electrónicas en  la  notificación de los trámites
           resultar contraproducente para los usuarios, ya   ante las Direcciones de Propiedad Industrial, (ii)
           que  impide  asignar  fecha  de  presentación  a   dar validez al uso del correo electrónico en las
           una solicitud de registro. En ese sentido, se ha   notificaciones  a  los  depósitos temporales  de
           adoptado  un  plazo  más célere  para  los casos   almacenamiento aduanero, y (iii) la aplicación
           en  los  que  se  requiere  sim plem ente  de  una   de disposiciones relativas a la interoperabilidad
           precisión  de datos y no de la subsanación de  del Estado.
                                                                                                        i—
                                                                                                        u


           18.  Texto  Único  Ordenado  de  la  Ley  27444,  Ley  del  Procedimiento  Administrativo  General,  aprobado  mediante
               Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, publicado el 20 de marzo de 2017.                       Q
                                                                                                        <
           19.  Artículo 52 del Decreto Legislativo 1075.                                               O
                                                                                                        U J
                                                                                                        a.
           20.  Artículo 64-A del Decreto Legislativo 1075.
                                                                                                        O
                                                                                                        cc
              Artículo 64-A.- "Renuncia al registro                                                     Q.
               64-A. 1 La solicitud de renuncia total o parcial al registro, debe constar por escrito debidamente firmado.
               64-A.2 Si del examen resulta que dicha solicitud no cumple con los requisitos formales establecidos en el artículo 64 del
                                                                                                        co
              presente Decreto Legislativo, en lo que corresponda, la Dirección competente notifica al solicitante, de ser el caso, para
               que, en un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes a su notificación, subsane las irregularidades. Si a la expiración   5
               del plazo señalado, no se han subsanado las irregularidades, la solicitud se considera abandonada, poniéndose fin al   K
              procedimiento.                                                                            2
                                                                                                        §
              64-A.3 Tratándose del pago de la tasa, se otorgará un plazo de dos (02) días hábiles. Si a la expiración del plazo señalado,   Q
              no se ha cumplido con acreditar el pago respectivo, la solicitud se tendrá por no presentada".




           Decreto  Legislativo  1 309:  Simplificación  de  procedimientos  en  materia  de  Propiedad  Intelectual   67
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