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régimen legal de la titulización de activos, de Por ello, se sugiere incorporar las disposiciones
que se puedan efectuar colocaciones de valo sobre emisión y registro de valores en el marco
res por oferta privada a terceros distintos a los creado por el ROP y sus disposiciones comple
inversionistas institucionales. mentarias, de modo que sea posible prever de
antemano los procedimientos y requisitos que
No entendemos las razones de tal prohibición, deben cumplirse para los fines de la oferta pú
máxime si trata de una operación privada. blica de valores.
Nuestra propuesta, como es fácil deducir, con IX. CONCLUSIONES
siste en que se elimine esta limitación, máxime
cuando impide que se puedan estructurar fidei Han transcurrido más de 16 años de aprobado
comisos de titulización en los que se prevean el Marco Legal y, realmente, no es mucho lo
distintos tipos de valores, a ser colocados algunos que dicho Marco Legal ha cambiado desde su
aprobación.
por oferta pública, y otros por oferta privada. Tal "longevidad" es inusual para normas cuyo
Universidad de Lima El Reglamento se aprobó un año antes que el objeto de regulación resulta tan dinámico y
(iv) Requerimientos en caso de oferta pública.
cambiante como las operaciones de titulización.
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Ven
ta de Valores Mobiliarios35 ("ROP"). No obstante,
Dicha característica, creemos, se debe a la ver
el Reglamento ya introdujo todo un esquema
señalamos, en un régimen de privilegia la libertad
que viabilizaba la utilización de programas de satilidad de dicho Marco Legal, basado, como
por alum nos de la Facultad de Derecho de la
emisión de valores (incluso basados en más de de contratación de los agentes del mercado, bajo
un fideicomiso de titulización), y el cumplimien la concepción que las características de dichas
to de los trámites administrativos para poder operaciones deben ser definidas por las partes,
efectuar diversas ofertas públicas de valores en y no por el Estado, a menos que existan funda
forma ágil y a un bajo costo. das razones para ello. Tal régimen de libertad va
acompañado con uno de plena transparencia,
Con la aprobación del ROP y de sus disposiciones para que los potenciales inversionistas puedan
complementarias, se aprobó un nuevo esquema conocer las implicancias de las operaciones que
de registro de valores con fines de oferta pública se les proponen.
aún más comprehensivo, el del "Trámite Anticipa
do", que incluyó por supuesto el esquema de los Ciertas modificaciones, al contrario de privi
programas de emisión. No obstante, el ROP no legiar dicha flexibilidad, han venido a hacer
incorporó a las emisiones de valores con cargo a un tanto más rígida la normativa, ante lo cual,
fideicomisos de titulización dentro de sus dispo nuestra propuesta es revertir tal situación.
siciones, y prefirió mantener la plena vigencia del Ya hemos visto como dicho marco sirve hoy
Revista editada llevaba recién un año de vigencia. que, sobre la base de otros instrum entos
Reglamento en la materia, que en ese momento
para crear nuevos instrum entos sintéticos
subyacentes, vienen a constituirse en nuevas
alternativas de inversión para los agentes
Hoy en día, las disposiciones previstas en el ROP
locales, sin que se trate en esencia de opera
y sus disposiciones complementarias son apli
cadas también en los casos de ofertas públicas ciones de titulización. Ello es posible debido
de valores emitidos con cargo a fideicomisos de a la versatilidad con la que fue concebido el
ADVOCATUS 127 35. Aprobado por Resolución CONASEV No. 141 -98-EF/94.10.
Marco Legal, la cual debe privilegiarse como
titulización, lo que no es posible prever de la mera
regla general.
revisión de las disposiciones normativas emitidas.
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