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"Artículo 424.- Efectos de la irregularidad   Por otro lado, en el Reglamento del Registro de
                      Los administradores,  representantes y,  en   Sociedades, aprobado por Resolución del Super­
                      general, quienes se presenten ante terceros   intendente  Nacional  de  los  Registros  Públicos
                      actuando a nombre de la sociedad irregular   200-2001-SUNARP/SN, se  utiliza  el término "re­
                      son personal,  solidaria  e ilimitadamente   presentante" para distinguirá aquellos apodera­
                      responsables por los contratos y, en general,   dos que no son administradores de la sociedad,
                      por los actos jurídicos  realizados desde que   conforme se aprecia en los siguientes artículos:
                      se produjo la irregularidad. (...)".
                                                                   "Artículo 3.-Actos inscribibles
                      "Artículo 429.- Administración y representa­  De  conformidad  con  las  normas  de  este
                      ción de la sociedad irregular                Reglamento y con la naturaleza jurídica que
                      La administración de la sociedad irregular   corresponda a cada forma de sociedad y a
                      corresponde  a  sus  administradores  y      las sucursales, son actos inscribibles en el
                      representantes designados en el pacto social   Registro: (...)
                      o en el estatuto o en los acuerdos entre los   c)  El nombramiento de administradores,
            por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                      socios. (...)"                               liquidadores o de cualquier representante
                                                                   de la sociedad, su revocación, renuncia, mo­
                      "Artículo 431.-Disolución y liquidación de la   dificación o sustitución de los mismos. Los
                      sociedad irregular                           poderes, así como su modificación y, en su
                      La disolución de la sociedad irregular puede   caso, su aceptación expresa. La revocación
                      tener lugar sin observancia de formalidades   de sus facultades, la sustitución, delegación
                      y puede acreditarse, entre los socios y frente   y reasunción de las mismas. (...)".
                      a terceros por cualquier medio de prueba.
                      Debe inscribirse la disolución de la sociedad   "Artículo 3 L- Nombramientos y poderes
                      irregular inscrita en el Registro.           El nombramiento de gerentes,  administra­
                      La disolución de la sociedad irregular no im­  dores, liquidadores y demás representantes
                      pide que sus acreedores ejerzan las acciones   de sociedades y sucursales, su revocación,
                      contra ella, sus socios,  administradores o   renuncia, modificación o sustitución, la de­
                      representantes. (...)"                       claración de vacancia o de suspensión en el
                                                                   cargo; sus poderes y facultades, la ampliación
                  Podemos apreciar que la Ley General de Socie­    o revocatoria de los mismos, la sustitución,
                  dades al hacer referencia a los"representantes"   delegación y reasunción de éstos, se inscribi­
                  incluye  en  algunos  casos  de  manera  general   rán en mérito del parte notarial de la escritura
                  tanto a  los administradores como  a  los apo­   pública o de la copia certificada notarial de la
                  derados  que  no  sean  administradores, como    parte pertinente del acta que contengan el
                  por ejemplo en los artículos 12,314 y 396; y en   acuerdo válidamente adoptado por el órgano
                  otros casos utiliza el término "representantes"   social competente.
            Revista  editada   que  no sean  administradores (pues hace alu­  cargo o del poder.
                  para  referirse  únicamente  a  los  apoderados
                                                                   No se requiere acreditar la aceptación del
                                                                   En el asiento de inscripción de los actos a que
                  sión  tam bién  a  los  administradores),  como
                                                                   se refiere este artículo, se consignará el nom­
                  por ejemplo en los artículos  14, 413, 424, 429
                  y 431. Por otro lado, el término"apoderado"se
                                                                   representante v el número de su documento
                  utiliza escasamente en los artículos 161  y 192,   bre completo del administrador, liquidador o
                  pero  únicamente  para  identificar a  aquellos   de identidad."
            127   representantes que  no  son  administradores.   Por su  parte, el  Código de Comercio  utiliza  el
            ADVOCATUS   se  utiliza  únicamente en  la  parte correspon­  término "apoderado", conforme  se  aprecia  en
                  Llama la atención que el término"apoderado"
                                                               su artículo 275:"El comerciante podrá constituir
                  diente  a  la  sociedad  anónima  y  el  térm ino
                  "representante"  en  las  partes  aplicables  a
                                                               para que hagan el tráfico en su nombre y por su
                  todos los tipos de sociedades.               apoderados o mandatarios generales o singulares,


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