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das laborales e industriales de la oferta, parecen el oferente o con cualquiera de sus socios y ad
denotar que el informe del órgano de administra ministradores, como será el caso típicamente
ción de la sociedad afectada, aun teniendo como de las OPAs negociadas que hayan ido prece
principales destinatarios a los accionistas, reviste didas de la celebración de pactos destinados a
en el nuevo régimen legal una función informati ordenar y proteger el desarrollo de la operación
va más prolija y general. Porque al representar el -acuerdos de entrega de información interna
único cauce reglado e imperativo de información de la sociedad, comisión de gastos de prepa
de los administradores dentro del procedimiento ración de la oferta o"break-up fees"'2, acuerdos
de la OPA, cabe entender que el informe se utiliza de exclusividad, etc.-. Pero además, el artículo
de algún modo para canalizar a través suyo otras 24 del RD obliga a mencionar también, junto a
informaciones relevantes, como serían las relati los acuerdos celebrados por la propia sociedad
vas a las previsibles consecuencias de la oferta afectada, aquellos que puedan haber alcanzado
sobre el empleo o los centros de actividad de la los miembros de su órgano de administración
sociedad afectada, que más tienen que ver con a título individual con cualquiera de los sujetos
la consideración de intereses distintos a los de anteriores -compromiso de recomendación de
U niversidad de Lima 3. Acuerdos con el oferente y otras poración a la sociedad empleada para formular
los accionistas.
la OPA, de continuidad en la gestión, de incor
la OPA, etc.-. Nada se dice, en cambio, sobre los
posibles situaciones de conflicto de
eventuales acuerdos que liguen a determina
interés.
dos accionistas de la sociedad afectada con el
Dentro de las menciones específicas que el RD oferente, al tratarse de acuerdos que pueden
escapar del conocimiento de los administrado
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
de OPAs exige incluir en el informe, destaca tam res y que habrían de difundirse, en su caso, por
bién la obligación de manifestar"expresamente este último en el folleto de la oferta.
si existe algún acuerdo entre la sociedad afec
tada y el oferente, sus administradores o socios, La exigencia de dar a conocer la existencia y el
o entre cualquiera de estos y los miembros del contenido de los eventuales acuerdos alcanza
órgano de administración de aquélla, así como dos por los administradores -ya sea por cuenta
la opinión de éstos respecto de la oferta"-artícu- de la propia sociedad o a título individual- res
lo 24.1.1 del RD de OPAs-.Esta exigencia guarda ponde sin duda a un doble interés. De un lado,
una evidente relación con la obligación equiva la divulgación de dichos acuerdos representa
lente que se impone al oferente, que también un elemento fundamental para conocer la ac
está obligado a describir en el folleto de la OPA tuación de los administradores en el contexto
"los acuerdos o pactos de cualquier naturaleza" de la OPA, a efectos de valorar si éstos se han
que pueda haber alcanzado con los accionistas guiado en todo momento por la defensa de los
y administradores de la sociedad afectad311. intereses de los accionistas o si, por el contra
Pero los acuerdos que han de difundirse en rio, han atendido en mayor o menor medida a
ambos casos se definen en unos términos no consideraciones de otro tipo. Pero además, de
del todo coincidentes, dado que el informe de otro lado, la existencia de dichos acuerdos es
los administradores debe abarcar los acuerdos un factor que puede tener una incidencia evi
de la sociedad afectada y de cualquiera de sus dente sobre la opinión de los administradores,
administradores, no sólo con el propio oferente, que por tanto revela a los accionistas las verda
sino también con los administradores o socios deras circunstancias y el contexto en que ésta
de éste. Entrarían aquí, por tanto, los convenios es emitida. Porque dichos acuerdos, tanto si
ADVOCATUS 127 11. "Acuerdos sobre la oferta y la sociedad afectada", dentro del capítulo I del folleto (v. anexo del RD de OPAs).
vinculan a la sociedad afectada como a algunos
alcanzados por la propia sociedad afectada con
12. V. art.42.4 del RD de OPAs.
3 2 J a v i e r G a r c í a d e E n t e r r í a