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las obligaciones y de los Contratos de Túnez -en de su par francés. Ahora, este hecho no debe
vigor desde 2006-.20 Además, su jurisprudencia ser descartado liminalmente, pues tendrá una
-creadora e inteligente- a través de la Courde relevancia importante en cuanto al nomen de
Cassation nos ofrece nuevos conceptos como, la institución materia de estudio dentro del
por ejemplo, la nulidad por violencia económi ordenamiento jurídico peruano.
ca o el deber de renegociar los contratos por
imprevisión.21 Así pues, al momento de revisar los distintos
artículos en los cuales se aborda la figura bajo
4.- Volviendo a nuestro tema de estudio, se análisis salta a la luz que en algunos casos se
ñalábamos que el Code influenció otros orde hable de cláusulas que son consideradas "no
namientos jurídicos gracias a su bien ganada puestas"-como se hace en el artículo 171 del
reputación. Así, por ejemplo, será en la Italia uni Código Civil- y que en otros tantos se hable de
ficada que el Code dejará su impronta a través cláusulas reputadas"no escritas"-como se hace
del Códice Civile del Regno d'ltalia de 1865 toda en el artículo 28 de Ley de Contrato de Seguro-.
vez que dicho cuerpo normativo importó varias ambas figuras? Desde nuestra perspectiva no
Sin embargo, ¿habrá alguna diferencia entre
U niversidad de Lima cláusulas reputadas "no puestas" o "no escritas" existen razones para sostener una posible divi
de las disposiciones contenidas en el Code22. Las
sión, toda vez que la respuesta se encuentra en
no fueron la excepción. Basta apreciar el artículo
un tópico de traducción. Así pues, el legislador
849 del Códice de 1865 en materia de Derecho
francés -fiel al Derecho romano- conservó
de sucesiones en el cual se estableció que:
referencia a cláusulas consideradas no escritas
"En el testamento se tienen por no puestas el lenguaje de los jurisconsultos que hacían
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
[non apposte] las condiciones imposibles y (pro non scripta) y así lo plasmó en su Código
aquellas contrarias a la ley o a las buenas Civil. Por su parte el legislador italiano de 1865,
costumbres" (el subrayado y las cursivas a la hora de importar algunas Instituciones del
son nuestros). Derecho francés se enfrentó al problema de ex
presar de la mejor manera y en su propio idioma
En este punto, si efectuamos una rápida com lo que el legislador francés había querido decir.
paración del artículo 849 del Códice de 1865 Por ello, -y desde nuestra perspectiva- consi
y el artículo 900 del Code Civil, resulta a todas deramos que el legislador italiano de 1865 optó
luces evidente que la codificación francesa por utilizar una terminología más acorde con su
influyó sobremanera en la codificación italia lengua, escogiendo la expresión "no puestas"
na. El artículo 849 del Códice italiano reafirma {non apposte) que en realidad no son sino las
nuestra aseveración, pues -al menos en este clausulas "no escritas" del sistema francés a la
punto- constituye una traducción casi literal manera italiana.
20. LE TOURNEAU, Philippe, De la modernité du chapitre du Code tunisien des obligations et des contrats portant sur la
responsobilité délictuelle (del texto mecanografiado).
21. MAZEAUD, Denis, Le Droit franqais, modéle pour les projets européens de droit des contrats (Quel venir pour le modéle
juridique frangais?). En CABRILLAC, Rémy (dir.): Quel avenir pour le modéle juridique dans le monde?, en Collection
"Etudesjuridiques"dirigida por Nicolás Molfessis, Económica, París,T. 41,2011, pp. 23-39, especialmente p. 37.
127 22. Esta importación por parte del legislador italiano ha llevado a cuestionarse en dicho medio, si en realidad existió
una "originalidad italiana" o si, por el contrario, la adopción del Códice Civile de 1865 constituyó un mero proceso
ADVOCATUS y jurisprudencial, en la praxis de los tráficos, en los comportamientos consolidados, además, naturalmente, en
de traducción del Code. Al respecto el profesor Guido Alpa ha señala que: "Los carcateres 'originales' de una
experiencia deben ser buscados -si se quiere insistir en esta perspectiva- en todos sus componentes: no solo,
pues, en la ley escrita -entendida normalmente como ley codificada-, sino también en su interpretación doctrinal
la legislación especial" ALPA, Guido, La cultura delle rególe. Storia del diritto civile italiano, en Colezione Biblioteca
universale, Editori Laterza, Roma-Bari, 2009, p. 99.
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