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En el juzgamiento con el Código del 2004 los prueba nueva para garantizar el respeto de las <
jueces aplican de forma absolutamente restrin garantías procesales constitucionales que fun
gida el concepto de prueba nueva; solo consi damentan las reglas de la actividad probatoria. cc
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deran como tal la que existe con posterioridad
a la etapa intermedia; sin importar que no se II. LAS REGLAS SOBRE PRUEBA NUEVA EN O
O
incorporó en la investigación preparatoria o que EL CÓDIGO PRO CESAL PENAL DEL 2004.
se conoció con posterioridad a la contestación
de la acusación. En el proceso penal, luego de incorporar fuentes
de prueba durante la investigación preparatoria,
Los operadores del nuevo proceso penal no la defensa debe ofrecer la prueba en la contes
acuden a las experiencias producidas con el tación a la acusación, conforme al artículo 350,
viejo código, olvidando que al tratarse de un inciso 1, párrafo f, del Código Procesal Penal.
proceso mixto el juicio oral responde a un sis Sin perjuicio de ello, los artículos 373, inciso 1,
tema acusatorio. y 422, inciso 2, contemplan dos oportunidades
adicionales para la aportación de prueba por
No tiene ninguna explicación jurídica que la re parte de la defensa; en ambas incorporando
gla de prueba nueva del Código de 1940 resulte requisitos adicionales para su admisión.
más garantista que la del Código del 2004. U n iv e rs id a d de Lim a
Gráficamente tenemos que los requisitos para
A continuación propongo criterios que deberían la admisión de prueba nueva de en el proceso
seguirse al tomar la decisión de admisión de penal son:
F aculta d de D e re ch o de la
R evista e d ita d a p o r a lu m n o s de la
ARGUMENTACION (INCISO 2)
r PERTINENCIA
CONDUCENCIA O
LEGALIDAD
REQUISITOS DE LA PRUEBA NUEVA
EN LA APELACIÓN DE SENTENCIA: PRUEBAS QUE LAS PARTES
ARTÍCULO 422 INCISO 2
UTILIDAD
I33
PRUEBA NUEVA
AD VO C ATU S
Problemas de inconstitucionalidad en la interpretación de las reglas de admisión de prueba nueva en el proceso penal