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RAZONES POR LAS QUE LA como tal a las que surgen de la necesidad de de
CELERIDDAD CEDE ANTE EL
DERECHO A LA PRUEBA mostrar los errores que presenta una sentencia
condenatoria.
El concepto de prueba nueva debe ser flexible,
SI ES UN PRINCIPIO OR SI ES UNA EXPRESIÓN DEL
DENADOR DEL PROCE DERECHO FUNDAMENTAL no rígido, este resulta inconstitucional si afecta
DIMIENTO NO TENDRIA AL PLAZO RAZONABLE O A
BASE CONSTITUCIONAL UN PROCESO SIN DILACIO derechos fundamentales.
PARA OPONERSE AL DE NES INDEBIDAS, NO SERÍA
RECHO A LA PRUEBA OPONIBLE PORQUE SU
FUNCIÓN NO ES GENERAR Para el caso de la nueva prueba en el procedi
INDEFENSIÓN
miento de apelación de sentencia es necesario
considerar el sistema de recurso de apelación.
En el auto de calificación del recurso de casación
374-2015 se cita al autor español José Garberí
CELERIDAD POR
DERECHO AL PLAZO Llobregat quien explica que la actividad proba
F aculta d de D e rech o de la U n ive rsid a d de Lima
RAZONABLE O DERE toria es excepcional porque se utiliza en la LEC
CHO A UN PROCESO
SIN DILACIONES el sistema de apelación limitada11.
INDEBIDAS
En el otro sistema de apelación plena hay tres
características: a) La apelación (segunda instan
cia) es la continuación de la primera instancia; b)
JUICIO DE PONDERACIÓN el material probatorio se nutre con el producido
en la primera instancia, como del novedoso in
troducido con la fase de impugnación (nuevos
hechos y medios de prueba; hechos y medios
Taruffo afirma que en caso de conflicto de valo de prueba no utilizados con anterioridad); y c)
res la solución es: la sentencia de apelación es un segundo pro
nunciamiento sobre el objeto del proceso12.
"(...) dado que el derecho a la prueba
tiene rango constitucional, deberíamos La tendencia legislativa es un recurso de ape
lación mixto, como el que existe en el Código
inclinarnos a concluir que tiene que en
R evista e d ita d a p o r a lu m n o s de la El derecho a la prueba es compatible con un el sistema amplio y el limitado.
contrase un equilibrio favorable a la ad
Penal del 200413; por lo que es necesario inter
pretar las normas de la apelación combinando
misión de todas las pruebas relevantes de
las que dispongan las partes, ya que otras
razones procesales no deberían afectar el
Para esta combinación de sistemas es impor
derecho fundamental de éstas a la prueba,
tante considerar que en el procedimiento de
y mucho menos anularlo'0".
apelación de sentencia la Sala puede emitir
un pronunciamiento de fondo, conforme al
concepto amplio de prueba nueva, que admita
artículo 419.
10. TARUFFO, Michele . La Prueba. España: Editorial Marcial Pons, 2008, p. 57 y 58.
I 33 11. LLOBREGAT, José; GIMENO SENDRA, Vicente; CONDE-PUMPIDO TOURÓN, Cándido y GARBARÍ LLOBREGAT, José.
AD VO C ATU S 12. Ibíd., p.415.
Los procesos penales. España: Editorial Bosch, 2000.
13. NEYRA FLORES, José Antonio. Tratado de Derecho Procesal Penal, Tomo I. Lima: IDEMSA, 2015, pp. 584-587.
SAN MARTÍN CASTRO, César. Derecho Procesal Penal - Lecciones. Lima: INPECCP y CENALES, 2015, pp. 679-680.
176 C é s a r A u g u s t o N a k a z a k i S e r v i g ó n