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percibe parte de este aporte para financiar la supervisora, reguladora (fijación de tarifas),
función pública que desarrolla sobre el sector normativa, fiscalizadora y sancionadora, de
energía. El monto del aporte que recauda el solución de controversias y solución de recla
MINEM, sumado a lo que percibe el OEFA y el mos de usuarios.
OSINERGMIN, no debe exceder el tope previsto
por la Ley 27332 (1% de la facturación anual Mediante Decreto Supremo 001-2010-MINAM
deducido el Impuesto General a las Ventas y el se transfirieron las funciones de supervisión,
Impuesto de Promoción Municipal). La decisión fiscalización y sanción en materia ambiental en
del legislador de establecer que el MINEM perci los sectores minería y energía del OSINERGMIN
ba este aporte no lo convierte en un organismo al OEFA. Como se puede apreciar, las funciones
regulador. Es más debe tenerse en cuenta que transferidas se enmarcan dentro de lo que se ha
el MINEM percibe este aporte desde 1992. Me denominado "regulación social" y forman parte
diante el Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones de las actividades que son financiadas por el APR,
Eléctricas8 y la Ley 27116, Ley que crea la Comi según lo establece el artículo 3 de la Ley 27332.
sión deTarifas de Energía9, se estableció que las
Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
empresas deben contribuir al sostenimiento Entonces, resulta lógico sostener que debido a
de los organismos normativos, reguladores v esta transferencia de funciones, al OEFA le co
fiscalizadores medíante el pago de un aporte. rresponde ahora ser acreedor tributario del APR
para financiar las actividades de supervisión y
En consecuencia, para que una entidad pública fiscalización en materia ambiental que desarro
perciba el APR es irrelevante que tenga o no lla en los sectores energía y minería y, por ello es
la condición de organismo regulador en los que el legislador así lo ha establecido.
términos previstos en la Ley Orgánica del Po
der Ejecutivo. Lo relevante aquí es que una ley Guillermo Albareda del Castillo (GAdelC): Den
habilite a dicha entidad a efectuar el cobro de la tro de la estructura de los Organismos Públicos
mencionada contribución. Por una ley se puede Especializados existen dos tipos: (i) Organismos
extender la calidad de acreedor tributario a otra Técnicos Especializados, creados de manera ex
entidad pública. Eso es precisamente lo que ha cepcional y adscritos a un ministerio específico
sucedido en el caso del OEFA. El legislador ha y (ii) Organismos Reguladores, responsables de
establecido que el OEFA también perciba este regular sectores económicos complejos (teleco
aporte para financiar sus funciones.
municaciones, energía, transporte y servicios
Revista editada por alum nos de la transferencia de funciones que ha recibido del ganismos Reguladores: OSIPTEL, OSINERGMIN,
de saneamiento), adscritos a la Presidencia del
Consejo de Ministros. En esa línea, la Ley de Or
Debe quedar claro que el legislador ha ha
ganismos Reguladores de la Inversión Privada
bilitado al OEFA apercibir el APR debido a la
en los Servicios Públicos11 señala que son Or
OSINERGMIN. Además, debe tenerse en cuenta
OSITRAN y SUNASS.
que según el artículo 3 de la Ley 2733210, el APR
financia todas las actividades realizadas por los
Como indica su norma de creación, el OEFA12 es
organismos reguladores y no solo la regulación
un OrganismoTécnico Especializado adscrito al
económica. Entre otros, financia las funciones
8. Publicado el 19 de noviembre de 1992 en el Diario Oficial El Peruano.
130 9. Publicada el 17 de mayo de 1999 en el Diario Oficial El Peruano.
ADVOCATUS 10. Cfr.: Artículo 3.1 de la Ley 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios
Públicos.
11. Ley 27332, del 29 de julio del 2000.
12. Decreto Legislativo 1013, del 14 de mayo de 2008.
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