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tad que ella afirma es el exacto, y el falso, el “El dolo o mala fe puede serle imputado al
que sostiene la parte contraria33. plagiario por el conocimiento de la obra
plagiada. Cuando resulta clara la usurpa
El pensamiento de este autor, quiebra la identi ción o apropiación indebida no hacen falta
ficación de la mala fe con el dolo al introducir la excesivas indagaciones para determinar los
factibilidad de que haya mala fe sin conocimien propósitos de aquel, pues el dolo es inherente
to pleno de las circunstancias fácticas relevantes al acto realizado. En consecuencia, basta la
por negligencia o por error inexcusable. impresión ilícita que crea contra el plagiario
la presunción de mala fe que resulta del co
7.7.2. La mala fe equivale a dolo. nocimiento del derecho que usurpa '-37
En este sector del pensamiento se sitúan Ca- Estos criterios jurisprudenciales asimilan total
zeaux yTrigo Represas cuando aseguran que"e/ mente las figuras, razón por la cual para ellos la
dolo en un sentido lato implica una idea de mala mala fe debe ser considerada como un factor
fe, de conducta deliberada contraria a derecho"34. de atribución con iguales características que el
Universidad de Lima previsto en el artículo 931 del mismo, sino el que A. Alterini, para quién la mala fe es la antítesis de
En la misma dirección, un antiguo fallo de la
dolo en el deber de indemnizar el daño.
Corte de Justicia Federal asimila los institutos
en estudio cuando consideró que "el dolo en el
7.7.3. La mala fe comprende al dolo.
cumplimiento de las obligaciones, mencionado
Esta idea fue desarrollada por el profesor Atilio
en los artículos 506 y 521 del Código Civil no es el
se atribuye a toda persona que ha producido un
la buena fe, a la cual la entiende como "ajustar
Facultad de Derecho de la cuando el deudor tenga la posibilidad de cumplir jurídicas y subyace inclusive en multitud de figuras
totalmente la conducta a las pautas del ordena
daño previendo o habiendo podido prever que lo
causaría; es decir, cuando ha obrado de mala fe"35.
miento jurídico". Significa, sigue el autor, que
"sólo con la plena conciencia de la legitimidad del
De igual modo, otro tribunal ha sostenido que"e/
obrar, el ejercicio del derecho es reconocido por
dicho ordenamiento". Por ello, el concepto de
dolo en el incumplimiento contractual se configura
mala fe "cubre una amplia gama de situaciones
y no quiera deliberadamente hacerlo o cuando el
incumplidor tenga plena conciencia de la ilegitimi
que producen consecuencias autónomas, pero
Revista editada por alum nos de la incumplimiento deliberado de sus obligaciones"36. En función de ello, asegura que en la mala fe el
dad de su obrar, operando de mala fe a través del
muestran en su trama la presencia de mala fe"38
Para completar la idea de este sector, es eficaz trans
objetivo primordial es la consecución de un fin
cribir el pensamiento del tribunal que opinó que:
injusto o ilegal utilizando medios aparentemen-
33. DANZ, Erich. La interpretación de los negocios jurídicos (Contratos, testamentos, etc.). Traducida al español por
BONET RAMÓN, Francisco. Madrid: Editorial Revista del Derecho Privado, 1955, p. 197.
34. CAZEAUX, Pedro N. y TRIGO REPRESAS, Félix A. Derecho de las Obligaciones.Torr\o 1.2da Edición, lera Reimpresión
Aumentada y Actualizada. La Plata: Librería Editora Platense, 1979, p. 252. CIFUENTE, Santos. "Comentario al
artículo 93 7" En: Código Civil y Leyes complementarias. Comentado, anotado y concordado. Tomo IV. Buenos Aires:
Editorial Astrea, 1982, p. 215.
35. Corte Suprema de Justicia de la República Argentina (CSJN), "Rodríguez Guichou, Fléctor L. v. Nación" 01 de enero
130 36. Cámara Criminal Correccional Federal República Argentina, autos N° 46.914/95 "Servicios Petroleros Fueginos S.A.
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ADVOCATUS 37. Cámara Nacional Civil de la República Argentina, Sala G, 21 de marzo de 1994,"Moreno, NorbertoV.c. Iglesia, Julio
c/Transporte Pampeanos SACIFA s/ Incumplimiento de contrato", 18 de junio de 1996.
y otros", Revista Jurídica La Ley (L.L., R.A.), 1995-C, 558, Doctrina Judicial (D.J., R.A.), 1995-2-1160; Jurisprudencia
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