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tad que ella afirma es el exacto, y el falso, el   “El dolo o mala fe puede serle imputado al
                que sostiene la parte contraria33.                plagiario por el conocimiento de la obra
                                                                  plagiada.  Cuando resulta clara la usurpa­
                 El pensamiento de este autor, quiebra la identi­  ción o apropiación indebida no hacen falta
                ficación de la mala fe con el dolo al introducir la   excesivas indagaciones para determinar los
                factibilidad de que haya mala fe sin conocimien­  propósitos de aquel, pues el dolo es inherente
                to pleno de las circunstancias fácticas relevantes   al acto realizado.  En consecuencia,  basta la
                por negligencia o por error inexcusable.          impresión ilícita que crea contra el plagiario
                                                                  la presunción de mala fe que resulta del co­
                 7.7.2.  La mala fe equivale a dolo.              nocimiento del derecho que usurpa '-37

                En  este  sector del  pensamiento se  sitúan  Ca-   Estos criterios jurisprudenciales asimilan total­
                zeaux yTrigo Represas cuando aseguran que"e/   mente las figuras, razón por la cual para ellos la
                dolo en un sentido lato implica una idea de mala   mala fe debe ser considerada  como  un factor
                fe, de conducta deliberada contraria a derecho"34.   de atribución con iguales características que el
          Universidad  de  Lima  previsto en el artículo 931 del mismo, sino el que   A. Alterini, para quién la mala fe es la antítesis de
                En  la  misma  dirección,  un  antiguo fallo  de  la
                                                              dolo en el deber de indemnizar el daño.
                Corte de Justicia  Federal  asimila  los  institutos
                en estudio cuando consideró que "el dolo en el
                                                              7.7.3.  La mala fe comprende al dolo.
                cumplimiento de las obligaciones, mencionado
                                                              Esta idea fue desarrollada por el profesor Atilio
                en los artículos 506 y 521 del Código Civil no es el

                se atribuye a toda persona que ha producido un
                                                              la buena fe, a la cual la entiende como "ajustar
          Facultad  de  Derecho  de  la   cuando el deudor tenga la posibilidad de cumplir   jurídicas y subyace inclusive en multitud de figuras
                                                              totalmente la conducta a las pautas del ordena­
                daño previendo o habiendo podido prever que lo
                causaría; es decir, cuando ha obrado de mala fe"35.
                                                              miento jurídico".  Significa,  sigue  el  autor,  que
                                                              "sólo con la plena conciencia de la legitimidad del
                De igual modo, otro tribunal ha sostenido que"e/
                                                              obrar, el ejercicio del derecho es reconocido por
                                                              dicho ordenamiento".  Por ello,  el  concepto  de
                dolo en el incumplimiento contractual se configura
                                                              mala fe "cubre una amplia gama de situaciones
                y no quiera deliberadamente hacerlo o cuando el
                incumplidor tenga plena conciencia de la ilegitimi­
                                                              que producen consecuencias autónomas, pero
          Revista  editada  por alum nos  de  la   incumplimiento deliberado de sus obligaciones"36.  En función de ello, asegura que en la mala fe el
                dad de su obrar, operando de mala fe a través del
                                                              muestran en su trama la presencia de mala fe"38
                Para completar la idea de este sector, es eficaz trans­
                                                              objetivo primordial es la consecución de un fin
                cribir el pensamiento del tribunal que opinó que:
                                                              injusto o ilegal utilizando medios aparentemen-



                33.  DANZ,  Erich.  La  interpretación  de los negocios jurídicos  (Contratos,  testamentos,  etc.). Traducida  al  español  por
                    BONET RAMÓN, Francisco. Madrid: Editorial Revista del Derecho Privado, 1955, p. 197.
                34.  CAZEAUX, Pedro N. y TRIGO REPRESAS, Félix A. Derecho de las Obligaciones.Torr\o 1.2da Edición, lera Reimpresión
                    Aumentada  y  Actualizada.  La  Plata:  Librería  Editora  Platense,  1979,  p.  252.  CIFUENTE,  Santos.  "Comentario al
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                    y otros", Revista Jurídica La Ley (L.L., R.A.),  1995-C, 558, Doctrina Judicial (D.J., R.A.), 1995-2-1160; Jurisprudencia
                    Argentina (J.A., R.A.), 1994-IV-410.



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