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barreras  burocráticas, tales  como  licencia  de   mos que la Municipalidad denunciada no tenía
            construcción para hidroeléctrica, autorización   competencia atribuida por el marco normativo
                                                                                                             < «
            para la construcción de subestaciones y para la   nacional  aplicable  para  regular  en  materia   ULKJ
            ejecución  de  obras y desarrollo  de  proyectos   eléctrica y de aguas, por lo que se encontraba   LULUUi
                                                                                                             QjQu
            de generación eléctrica, entre otros24.      impedida de dictar disposiciones en estas ma­       V/W
                                                                                                             IllU i
                                                         terias conforme al principio de taxatividad. Ade­
                                                                                                       DERECHO
            La  Comisión  estableció también  en  este caso   más, dicha Municipalidad pretendía establecer   REGULATORIO:
                                                                                                        TEMAS
            que el marco regulatorio sectorial emitido por el   autorizaciones  adicionales  a  las  ya  obtenidas   GENERALES
                                                                                                        SOBRE ,
                                                                                                      REGULACIÓN
            Gobierno Central no había delegado funciones   por  la  empresa  denunciante  para  ejecutar el
            a las municipalidades provinciales o distritales   proyecto de central  hidroeléctrica, con  lo que
            para  regular  la  construcción  de  una  central   se superponía a las competencias del Ministerio
            hidroeléctrica, siendo que la construcción de la   de Energía y Minas y de OSINERGMIN en materia
            central hidroeléctrica se ejecutaba al amparo de   de  electricidad,  así como a  las  competencias
            una concesión de generación eléctrica otorgada   de la ANA en  materia de recursos hídricos, en
            por el Ministerio de Energía y Minas de acuerdo   contravención al principio de unidad.      re
            con la Ley de Concesiones Eléctricas y, por otro                                             E
            lado,  la  autorización  para  obras  en  cauces  o   Como vemos, tanto el Tribunal  Constitucional   ai
                                                                                                         ~o
            cuerpos de agua y bienes asociados a éstos se   como el  INDECOPI, a través de  la Comisión  de   ~o
            ejecutaban al amparo de una autorización para   Eliminación de Barreras Burocráticas y las comi­  "O
                                                                                                         1/1
            este tipo  de  obras otorgada  por  la  Autoridad   siones de sus oficinas descentralizadas, vienen   <U
                                                                                                         >
            Nacional del Agua -  ANA conforme a la Ley de   aplicando criterios bastante similares a los casos   ’c
            Recursos Hídricos, en ambos casos autoridades   de  barreras burocráticas impuestas por los go­  _ro
            del Gobierno Central.                        biernos locales en materias sujetas a regulaciones   <U
                                                                                                         -o
                                                         de  carácter  nacional,  como  hemos apreciado   O
                                                                                                         -C
            En este caso, haciendo un símil  con el caso de   para  los casos de  los sectores  hidrocarburos y   u
                                                                                                         <u
            hidrocarburos que  analizamos  anteriormente   electricidad. Esta actuación  coordinada a  nivel   cu
                                                                                                         O
            (y aunque la resolución de la Comisión no hace   constitucional y administrativo resulta alentadora   cu
                                                                                                         ~o
            mención expresa a  los  principios establecidos   teniendo en  cuenta  la  importante  misión  que   ~o
                                                                                                         ro
            por el Tribunal Constitucional), también aprecia­  desarrolla la referida Comisión del INDECOPI.
                                                                                                         3
                                                                                                         u
                                                                                                         ro
                                                                                                         LL.
                                                                                                         JS
                                                                                                         CU
                                                                                                         -o
                                                                                                         en
                                                                                                         O
                                                                                                         C
                                                                                                         E
                                                                                                         ÍO
                                                                                                         O
                                                                                                         Q.
                                                                                                         ~a
                                                                                                         cu
                                                                                                         fü
                                                                                                         en
                                                                                                         >
                                                                                                         CU
                                                                                                         cc

                                                                                                         o
                                                                                                         en
           24.  Otros tales como la exigencia de tasas o derechos de trámite para autorización  de instalación de redes aéreas
               eléctricas, apertura de zanjas, etc., calculados por metro lineal de zanja o red eléctrica. Sobre este tipo de cobros
               hay abundante jurisprudencia administrativa del  INDECOPI estableciendo que  los cobros de tasas deben  estar   2
               en función de los costos del servicio administrativo que presta la Municipalidad, y no en función a criterios que
               no están relacionados con el costo del servicio, tales como el monto de la inversión a realizarse, el metraje de las   §
                                                                                                         Q
               obras a realizar, etc.



                     E l    r o l    d e l    I N  D  E  C  O  P  I    e n    l a    e  l i m  i n  a  c  i ó  n     d e    b  a  r r e  r a  s     b  u  r o  c  r á  t i c  a  s     2 7
   25   26   27   28   29   30   31   32   33   34   35