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En el caso concreto y conforme a la Ley de Arbi giada que permitiera a su vez la emisión de un « C <
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traje, los árbitros tenían la obligación de cumplir Laudo Arbitral regular y conforme a las garantías Z Z Z
el encargo conferido por las partes, incluyendo del debido proceso, deberán hacerse respon
además el cumplimiento de los términos pac sables y podrán ser demandados civilmente UUU
tados por ellas y aceptados por los árbitros para por responsabilidad contractual derivada del ooo
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llevar a cabo el proceso arbitral (lo que hemos incumplimiento del encargo asignado y pagado
AUTOR
denominado el Contrato partes-árbitros). Asi por las partes. NACIONAL
mismo, los árbitros deberán hacerse responsa
bles por los daños y perjuicios que generen a las En efecto, la parte afectada podría -a título de
partes por el incumplimiento del encargo y las ejem plo- reclamar como daño emergente: (i)
obligaciones que de él se deriven: la devolución de los honorarios que les fueron
pagados como árbitros; (ii) los costos derivados
"Artículo 32.- Responsabilidad del proceso judicial de anulación y demás que
La aceptación obliga a los árbitros y, en su aseguraran la anulación de ese laudo; (iii) los
caso, a la institución arbitral, a cumplir el nuevos costos de honorarios que tendrían que ÍU
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encarao, incurriendo si no lo hicieren, en cancelar al nuevo Colegiado, en tanto las partes
responsabilidad por los daños y perjuicios decidan, en ejercicio regular de sus derechos, ai
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que causaren por dolo o culpa inexcusable" recusar al Tribunal Arbitral previamente a cargo “O
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(Énfasis agregado). de resolver la controversia, luego de haberse de jo
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clarado nulo el laudo emitido en esas condicio ai
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Aplicando esta lógica a nuestro caso, los dos nes. Estos son algunos de los daños que podrían c
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árbitros que impidieron la emisión de un laudo reclamarse, entre otros que estén vinculados y ro
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cumpliendo con la deliberación colegiada pre hayan sido derivados por el incumplimiento del -o
via, deben hacerse responsables por el incum encargo de parte de los árbitros que generaron O
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plimiento del encargo encomendado por las la causal de Anulación de Laudo. a
partes al haber incumplido con esa garantía del a;
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debido proceso que las partes se aseguraron al En conclusión, en este artículo hemos demostrado a
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pactar un Tribunal Arbitral como Órgano Cole que el marco legal vinculado a los arbitrajes y la TJ
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giado para resolver sus controversias. responsabilidad civil, son una combinación idónea D
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para hacer frente no solo a aquellos árbitros y par u
En consecuencia, toda vez que dichos árbitros tes que mal utilizan el arbitraje desnaturalizando _ro
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incumplieron con el Contrato árbitros-partes su finalidad por excelencia de mecanismo de re "O
deben hacer responsables de los daños gene solución de conflictos; sino que también permiten o
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rados a la parte(s) afectada(s) conforme a lo hacer civilmente responsables a los árbitros por E
establecido en el artículo 1321 del Código Civil: los daños que generan al haber incumplido el 3
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encargo conferido por las partes en cada uno de O
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"Artículo 1321.-Queda sujeto a la indemniza los proceso arbitrales. Esto, sin perjuicio de las res ro
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ción de daños y perjuicios quien no ejecuta ponsabilidades penales que pudieran derivarse en ro
sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable los árbitros y que exceden las materias analizadas -5
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o culpa leve. en el presente artículo. ro
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El resarcimiento por la inejecución de la >
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obligación o por su cumplimiento parcial, En otras palabras, este artículo ha pretendido cc
tardío o defectuoso, comprende tanto el daño brindar vías de solución a estas irregularidades
emergente como el lucro cesante, en cuanto dentro de los procesos arbitrales, asegurándose o
sean consecuencia inmediata y directa de tal además que los causantes de dichas irregu co
inejecución (...)" (Énfasis agregado). laridades, sean partes o árbitros, no queden §
civilmente impunes e internalicen los daños y 2
Así, los dos miembros del Tribunal Arbitral que perjuicios que con sus acciones han generado §
con sus actos impidieron la deliberación cole a las partes. Q
R espuesta al efecto Orellana y al incumplimiento del encargo por parte de los árbitros 317