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En el caso concreto y conforme a la Ley de Arbi­  giada que permitiera a su vez la emisión de un   « C <
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           traje, los árbitros tenían la obligación de cumplir   Laudo Arbitral regular y conforme a las garantías   Z Z Z
           el encargo conferido por las partes, incluyendo   del  debido  proceso,  deberán  hacerse  respon­
           además el cumplimiento de los términos  pac­  sables y  podrán  ser  demandados  civilmente      UUU
           tados por ellas y aceptados por los árbitros para   por  responsabilidad  contractual  derivada  del   ooo
                                                                                                            n n n
           llevar a cabo el proceso arbitral (lo que hemos   incumplimiento del encargo asignado y pagado
                                                                                                      AUTOR
           denominado el  Contrato  partes-árbitros). Asi­  por las partes.                          NACIONAL
           mismo, los árbitros deberán hacerse responsa­
           bles por los daños y perjuicios que generen a las   En efecto, la parte afectada podría -a título de
           partes por el incumplimiento del encargo y las   ejem plo-  reclamar como  daño emergente:  (i)
           obligaciones que de él se deriven:           la devolución de los honorarios que les fueron
                                                        pagados como árbitros; (ii) los costos derivados
               "Artículo 32.- Responsabilidad           del proceso judicial de anulación y demás que
               La aceptación obliga a los árbitros y, en su   aseguraran  la  anulación  de  ese  laudo; (iii)  los
               caso, a la institución arbitral, a cumplir el   nuevos costos de honorarios que tendrían que   ÍU
                                                                                                         E
               encarao,  incurriendo si no lo hicieren,  en   cancelar al nuevo Colegiado, en tanto las partes
               responsabilidad por los daños y perjuicios   decidan, en  ejercicio  regular de sus derechos,   ai
                                                                                                        "O
               que causaren por dolo o culpa inexcusable"   recusar al Tribunal Arbitral previamente a cargo   “O
                                                                                                         ro
               (Énfasis agregado).                      de resolver la controversia, luego de haberse de­  jo
                                                                                                         i/i
                                                        clarado nulo el laudo emitido en esas condicio­  ai
                                                                                                         >
           Aplicando  esta  lógica  a  nuestro caso,  los  dos   nes. Estos son algunos de los daños que podrían   c
                                                                                                        r>
           árbitros que impidieron la emisión de un laudo   reclamarse, entre otros que estén vinculados y   ro
                                                                                                         a;
           cumpliendo con la deliberación colegiada pre­  hayan sido derivados por el incumplimiento del   -o
           via, deben hacerse responsables por el incum­  encargo de parte de los árbitros que generaron   O
                                                                                                         u
           plimiento del  encargo  encomendado  por  las   la causal de Anulación de Laudo.              a
           partes al haber incumplido con esa garantía del                                               a;
                                                                                                        Q
           debido proceso que las partes se aseguraron al   En conclusión, en este artículo hemos demostrado   a
                                                                                                        ■O
           pactar un Tribunal Arbitral como Órgano Cole­  que el marco legal vinculado a los arbitrajes y la   TJ
                                                                                                         ro
                                                                                                        *-■
           giado para resolver sus controversias.       responsabilidad civil, son una combinación idónea   D
                                                                                                         ro
                                                        para hacer frente no solo a aquellos árbitros y par­  u
           En consecuencia, toda vez que dichos árbitros   tes que mal utilizan el arbitraje desnaturalizando   _ro
                                                                                                         ai
           incumplieron  con  el  Contrato árbitros-partes   su finalidad por excelencia de mecanismo de re­  "O
           deben  hacer responsables de los daños gene­  solución de conflictos; sino que también permiten   o
                                                                                                         c
           rados  a  la  parte(s)  afectada(s)  conforme  a  lo   hacer civilmente responsables a los árbitros por   E
           establecido en el artículo 1321 del Código Civil:  los daños que generan al  haber incumplido el   3
                                                                                                         ra
                                                        encargo conferido por las partes en cada uno de   O
                                                                                                         a
               "Artículo 1321.-Queda sujeto a la indemniza­  los proceso arbitrales. Esto, sin perjuicio de las res­  ro
                                                                                                        "O
               ción de daños y perjuicios quien no ejecuta   ponsabilidades penales que pudieran derivarse en   ro
               sus obligaciones por dolo, culpa inexcusable   los árbitros y que exceden las materias analizadas   -5
                                                                                                         a
               o culpa leve.                            en el presente artículo.                         ro
                                                                                                         i/i
               El resarcimiento por la  inejecución  de  la                                              >
                                                                                                         ai
               obligación o por su cumplimiento parcial,   En  otras  palabras, este artículo  ha  pretendido   cc
               tardío o defectuoso, comprende tanto el daño   brindar vías de solución a estas irregularidades
               emergente como el lucro cesante, en cuanto   dentro de los procesos arbitrales, asegurándose   o
               sean consecuencia inmediata y directa de tal   además  que  los  causantes  de  dichas  irregu­  co
               inejecución (...)" (Énfasis agregado).   laridades,  sean  partes  o  árbitros,  no  queden   §
                                                        civilmente impunes e internalicen  los daños y   2
           Así, los dos miembros del Tribunal Arbitral que   perjuicios que con sus acciones han generado   §
           con sus actos impidieron la deliberación cole­  a las partes.                                Q




            R espuesta  al  efecto  Orellana  y  al  incumplimiento  del  encargo  por  parte  de  los  árbitros   317
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