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Así, el Tribunal Constitucional concluyó que en   En  el  caso  bajo comentario,  en  el  que  los  co-   < «
           este caso se había vulnerado  las garantías del   árbitros simplemente excluyeron  al árbitro de   z z
           debido proceso y declaró fundada la demanda,   ese proceso deliberativo impidiendo que no se     te m  e
                                                                                                             w —
           al considerar que no había existido la adopción   cumpliera con ninguno de los requisitos antes   ooo
           de  un  acuerdo  previa  deliberación  colegiada   señalados, nos lleva a recurrir a dos herramien­
                                                                                                             OQ
           conforme correspondía a un órgano bajos tales   tas claves que el ordenamiento jurídico vincu­
                                                                                                      AUTOR
           características.                             lado al arbitraje pone a disposición de la parte   NACIONAL
                                                        afectada con estas irregularidades.
           Si conjugamos lo señalado por Carmine Punzi y la
           Sentencia del Tribunal Constitucional, podemos   1.  Primera Herramienta; Anulación de
           concluir que  las garantías que ofrece  el tener   Laudo
           una decisión  colegiada  de un Tribunal  Arbitral
           compuesto por tres árbitros, se cumplen en tanto   Las  partes  al  acordar en  su  convenio arbitral
           y en cuanto se cumplan los siguientes requisitos:  que  sus controversias  serían  resueltas  por  un
                                                        Tribunal  Arbitral,  pactaron  y se aseguraron  la   ro
                                                                                                         £
           •   Las decisiones sean adoptadas previa deli­  garantía  de tener  un  proceso de  deliberación
                                                                                                         ai
               beración e intercambio de ideas entre sus   colegiada en los términos antes señalados. Esto   "O
               miembros.                                además forma parte del contenido esencial del   "O
                                                                                                         ro
                                                                                                        "O
                                                        derecho constitucional al debido proceso que     i/i
           •   Los  miembros  tengan  la  posibilidad  de   todo proceso arbitral debe respetar y cumplir.  ai
                                                                                                         >
               plantear puntos de vista alternativos y de                                                c
                                                                                                        r)
               debatirlos  ampliamente,  ponderando  las   Así, en el caso del laudo bajo comentario, este
               consecuencias  de  los  diferentes  cursos   incurriría  en  la  siguiente  causal  de anulación   ai
                                                                                                        XS
               de acción  que se  pueden  tomar antes de   del Artículo 63 de la Ley de Arbitraje6, a saber:  o
                                                                                                        .c
               adoptar una decisión.                                                                     u
                                                                                                         O)
                                                            "1. El laudo sólo podrá ser anulado cuando la   a¡
                                                                                                        Q
           •   El proceso deliberativo se realice al menos   parte que solicita la anulación alegue y pruebe:   a>
                                                                                                        ■o
               con una de las siguientes modalidades:       (...)                                       ■o
                                                                                                         ro
               •   Conferencia  física  y  personal  de  los   c) Que la composición del tribunal arbitral o   ~5
                                                                                                         ro
                   árbitros;                                las actuaciones arbitrales no se han ajustado   u
                                                                                                        LL
               •   Conferencia videotelefónica o simple­    al acuerdo entre las partes o al reglamento
                                                                                                         a
                   mente telefónica; o                      arbitral aplicable" (Énfasis agregado).     T3
               •   Mecanismos de formación  progresiva                                                   O
                                                                                                         c
                   de la decisión, en los que el intercam­  Como  puede  verse,  la  parte  cuyo árbitro  no
                                                                                                         £
                   bio  de  opiniones  entre  los  árbitros   participó en  la deliberación colegiada que dio   ro
                   no  sea  inmediato  ni  contemporáneo,   origen al  Laudo Arbitral  puede señalar que: (i)   O
                   como puede ocurrir, por ejemplo, me­  no pudo hacer valer su derecho reconocido en    a.
                                                                                                         ro
                                                                                                        ■o
                   diante la circulación de un proyecto de   el convenio arbitral a exigir delTribunal un laudo   ro
                   laudo predispuesto por el presidente o   derivado de una deliberación  colegiada, afec­  -a
                                                                                                         a
                   por un  miembro del  tribunal,  modifi­  tando así su derecho al debido proceso; y, (¡i) los   ro
                   cado progresivamente y aceptado por   árbitros no cumplieron el encargo conferido en   >
                                                                                                         a>
                   todos los miembros del tribunal.     los términos pactados en el convenio arbitral, ya  ce
                                                                                                        o
           6.   Resulta  al  menos discutible exigir a  la  parte  afectada  con  esta  conducta  del Tribunal  Arbitral, que  plantee este   ~
               reclamo a través de algunas de las solicitudes de rectificación, interpretación, integración y/o exclusión del laudo. Al   ^
               respecto, entendemos que ninguna de éstas serían idóneas para corregir dicha omisión, que vicia estructuralmente   ^
               la validez del  Laudo Arbitral.  Esto finalmente  será  un  asunto que  debe evaluarse caso  por caso, y siempre será   q
               recomendable presentar ante el Tribunal Arbitral  un escrito en el que se deje constancia de esta vulneración y la   ^
               reserva de cuestionar la validez del laudo por dichos motivos en el proceso de anulación correspondiente.   ^




            R espuesta  al  efecto  Orellana  y  al  incumplimiento  del  encargo  por  parte  de  los  árbitros   315
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