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resueltas por unTribunal Arbitral conformado por   de mucha utilidad para analizar cuándo es que
                 tres árbitros? Conforme podemos derivar de lo   corresponde tener por cumplida la existencia de
                 señalado por Carmine Punzi5, el tener unTribunal   un acuerdo regularmente obtenido y derivado
                 Arbitral Colegiado supone garantizar a las partes   de una previa deliberación colegiada.
                 que el Tribunal Arbitral seguirá una de las varias
                 formas de deliberar y llegar a una decisión final   Dicho proceso constitucional se refiere al caso del
                 en el laudo que resuelve la controversia, a saber:  señor Gregorio Dennis Chávez Paz, quien ocupaba
                                                               el puesto de Director General de la Academia de
                     "Por lo  tonto,  actualmente la decisión del   la Magistratura (en adelante, AMAG) desde el año
                     laudo puede realizarse no sólo a través de la   2009. Sin embargo fue removido de dicho cargo
                     conferencia física y personal de los árbitros,   a través de la Resolución N° 007-2011 -AMAG-CD
                     sino también a través de una conferencia   emitida por el Consejo Directivo (en adelante, el
                     videotelefónica o simplemente telefónica o,   Consejo). Ante ello, el señor Chávez interpuso un
                     incluso, a través de modalidades que conduz­  recurso de agravio constitucional al argumentar
                     can a la formación de la decisión mediante   que la no realización de una sesión de Consejo
           Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                     mecanismos de formación progresiva,  en   para tomar la decisión de destitución significaba
                     los que el intercambio de opiniones entre los   una violación a sus derechos a la tutela procesal
                     árbitros no sea inmediato ni contemporáneo,   efectiva y al debido proceso.
                     como puede ocurrir, por ejemplo, mediante la
                     circulación de un provecto de laudo predis­  En este caso, el Tribunal Constitucional compro­
                     puesto por el presidente o por un miembro   bó,  por medio del  Acta  de  Sesión  de Consejo
                     del tribunal, modificado progresivamente v   Directivo  N°16,  que  la  decisión  de  destitución
                     aceptado por todos los miembros del tribu­  adoptada por el Consejo había sido adoptada sin
                     nal" (Énfasis agregado).                  una  reunión presencial ni virtual en tiempo real
                                                               entre sus  miembros. En efecto, el  Presidente de
                 Existen  una  serie  de  modalidades  que  hacen   la AMAG tan sólo había enviado un acta para la
                 viable y efectiva  la  deliberación  al  interior de   firma al despacho de cada uno de los miembros
                 un  Colegiado Arbitral.  Es común  incluso en  la   de dicho Colegiado, encomendando al Secretario
                 práctica arbitral que sea el Presidente del Tribu­  del Consejo "que les exponga los alcances del tema
                 nal o uno de los miembros del Colegiado el que   de agenda, con el proyecto de acuerdo pertinente". Al
                 proponga un proyecto de laudo, el cual  podrá
           Revista  editada  por  alum nos  de  la   Arbitral. Ahora bien, esto último puede llevar a   y que afectó la validez de la decisión adop­
                                                               respecto, elTribunal Constitucional opinó:
                 ser  modificado  progresivamente  y aceptado
                 finalmente portodos los miembros delTribunal
                                                                   “(...) que este procedimiento fue irregular
                 que también válidamente uno de los co-árbitros
                                                                   tada ya que, cuando el artículo 5o de la Ley
                                                                   Orgánica de la AMAG establece el carácter
                 no esté de acuerdo con  la decisión y emita su
                                                                   colegiado de su Consejo Directivo, ello signi­
                 opinión discrepante. Todo esto dota de conte­
                                                                   fica que sus decisiones sean adoptadas previa
                 nido a la garantía de obtener una decisión final
                 derivada de un proceso deliberativo al interior
                                                                   deliberación e intercambio de ideas entre
                 del Órgano Colegiado Arbitral.
                                                                  puntos de vista alternativos v de debatirlos
                 Esta  exigencia  de  una  deliberación  al  interior
                                                                  ampliamente,  ponderando las consecuen­
                 del  Órgano  Colegiado  ha  sido  considerada    sus miembros.  La posibilidad de plantear
                                                                  cias de los diferentes cursos de acción que se
                 como una expresión del debido proceso por el     pueden tomar antes de adoptar una decisión
           130   Tribunal Constitucional. Si bien el caso no esta­  es consustancial a la idea de pluralismo y
           ADVOCATUS   5.   PUNZI, Carmine. 1/ proceso civile. Iprocedimiento speciali e l'arbitrato. III.Turín: Giappichelli, 2008, p. 219.
                 ba vinculado con  un proceso arbitral sí resulta
                                                                  democracia" (Énfasis agregado).








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