Page 322 - Edición N° 26
P. 322

por acuerdo entre las partes, es decir, por vo­  en una acción o en una omisión, es decir, según   «
          luntad de los contratantes, pero que muchas de   esté obligado a obrar (en un sentido o en otro)   Z Z
          las consecuencias jurídicas que emanan de esa   o a abstenerse.                                   c a r
                                                                                                            h -+ -
          relación obligacional están previstas por la ley.                                                 C-XJ
                                                       Como formas de obrar son el dar y hacer, las         OO
                                                                                                            Q O
          No vale la pena, por ello, que en el  Derecho   obligaciones positivas se subdividen en dar y   AUTORES
                                                                                                    NACIONALES
          moderno  nos enfrasquemos en  analizar las    hacer. Englobándose bajo el concepto de "no
          singularidades de cada acto jurídico o "hecho   hacer", es decir, de  una  obligación  negativa,
          jurídico", pues toda obligación, necesariamente,   existe una cuarta subcategoría que algunos, por
          emana de la voluntad o de la ley.             simetría, añaden: las obligaciones de "no dar".

          Siguiendo con esta clase de obligaciones, Alteri-   Retomando lo expresado, cabe formular algunas
          ni, Ameal y López Cabana las llaman nominadas,   aclaraciones. En primertérmino, que en las obli­
          en el caso de las contractuales, e innominadas,   gaciones de dar también podría haber un hacer,
          en el caso de las obligaciones e x le g e .   que consistiría en la entrega del bien. Y que en   03
                                                                                                        £
                                                        las obligaciones de hacer puede existir un dar o
                                                                                                        cu
          Llambías,'  entre la tradicional clasificación de   un entregar. En efecto, ciertas obligaciones de   ~o
          las obligaciones que efectúa, menciona una que   hacer son inmateriales, se realizan con la ejecu­  ~o
                                                                                                        ra
          atiende a la causa de la obligación, y distingue   ción de un hecho que consiste, simplemente, en   T3
                                                                                                        i/i
          entre obligaciones contractuales, extracontrac­  la actividad del sujeto, pero que no se traduce,   CU
                                                                                                        >
          tuales y legales. Dice que las primeras derivan de   luego, en  la entrega de un bien; por ejemplo,   c
          ios contratos, las segundas de los hechos ilícitos   cuando una persona se obliga a transportar a
          y las últimas directamente de la ley. Cabría aquí   otra, entonces la obligación queda cumplida al   cu
                                                                                                        ~o
          preguntar a  Llambías si  las consecuencias de   trasladarla hasta el lugar de su destino. Cuando   o
                                                                                                        -C
          los hechos ilícitos no derivan también de la ley.  un abogado se obliga a defender un juicio, de   u cu
                                                        palabra, ante los tribunales, cumple la presta­  5
                                                                                                        Q
          2.   Por la naturaleza de la prestación.      ción después de rendido el informe oral. Pero   CU
                                                                                                        •O
                                                        hay casos en que las obligaciones de hacer se   -O
                                                                                                        03
          Aquí ingresamos a una clasificación tradicional.   traducen en la entrega de un bien. Por ejemplo,   "5
          Las obligaciones pueden ser de dar, de hacer o   si Pedro celebra con Juan un contrato destinado   u ra
                                                                                                        lo-
          de no hacer.                                  a que este último pinte un cuadro o esculpa una
                                                        estatua, la obligación es de hacer, porque lo que   cu
                                                                                                        T 3
          Las obligaciones de dar consisten en la entrega   persigue el acreedor es la actividad del deudor,   ¡SI
                                                                                                        o
          de un bien; las de hacer, en la ejecución de un   a través de su industria, arte o cualidades per­  c E
          hecho; y las de no hacer, en una abstención.  sonales. Pero esta obligación de hacer sólo será   3
                                                                                                        03
                                                        cumplida por el deudor cuando entregue esa      o
                                                                                                        a
          Las dos primeras son llamadas positivas, pues   obra de arte, sea el cuadro o la escultura, a su   ra
          consisten en  una acción. Las de no hacer son   acreedor. Esto es, cuando Juan cumpla cabal e   T3
                                                                                                        03
          denominadas negativas, pues consisten en una   íntegramente la prestación.                    -6
                                                                                                        cu
          omisión.                                                                                      ro
                                                        Lo anterior explica  por qué  la  ley faculta  al   ¡SI
                                                                                                        >
                                                                                                        cu
          Dice Manuel Albaladejo2 que las obligaciones se   acreedor a exigir la ejecución forzada del  he­  cc
          dividen en positivas y negativas, según que la   cho prometido, a no ser que sea necesario para
          prestación que ha de realizar el deudor consista  ello emplear violencia contra  la  persona del
                                                                                                        co
                                                                                                        CN
                                                                                                        co
                                                                                                        B
          1.   LLAMBÍAS, Jorge Joaquín.  Tratado de Derecho Civil, Obligaciones. Buenos Aires: Editorial  Perrot, agosto de  1983.   o
              Cuarta edición actualizada por Patricio Raffo Benegas, tomo II—A, pág. 8 .                §
                                                                                                        Q
          2.   ALBALADEJO, Manuel. Derecho Civil. Barcelona: Librería Bosch, vol. II, tomo II, pp. 33 y ss.




                                              S  o b r e    la  c l a  s i f i c a  c i ó  n     d e    la s   o  b  l i g  a c i o n  e  s    319
   317   318   319   320   321   322   323   324   325   326   327