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causa de la gran variedad de hipótesis en las   Todo análisis jurídico debiera, en la medida de
                 que tales infracciones se verifican, así como   lo posible, reservarle un espacio al desarrollo (o
                 de  la  diversidad  de  remedios  reconocidos   al enfoque) histórico de la institución analizada;
                 legislativamente, en la presente oportunidad   después de todo, como dicta el saber popular,
                 centraré  mi  atención  en  la  hipótesis  de   lo mejor es iniciar por el principio.
                 inducción al incumplimiento contractual y los
                 mecanismos -esencialmente de  naturaleza      En el caso de la inducción al  incumplimiento
                 civil- que se tienen a la mano para restaurar el   contractual, la circunstancia se justifica aún más, en
                 equilibrio roto. Para afrontar el presente encargo   atención a que se trataría, al menos en su versión
                 emplearé  primordialmente aproximaciones      moderna6 más extendida, de una figura propia del
                 funcionales (en particular el análisis económico   C o m m o n   Law . Acaso un asunto que dejaré, por
                 del derechoy la comparación jurídica). Además   razones de espacio, en el tintero es si el esquema
                 quiero aclarar que este ensayo sólo aborda en   que se generó en el  C o m m o n   L a w  fue  luego
                 parte y de manera muy escueta la integridad de   trasplantado7 a Europa continental o si, en realidad,
                 la discusión, por esta razón debo adelantar que   las propuestas que se observan en estos países
           Universidad  de  Lima  finalizar la  reconstrucción de una figura que   un itinerario autónomo y en gran medida original8.
                 en otra oportunidad retomaré la materia para
                                                               siguieron -como un sector de la doctrina proclama-
                                                               Empero, sí me gustaría destacar que existe más de
                 presenta contornos relevantes tanto desde una
                 óptica de represión de la competencia desleal,
                                                               un rasgo diferencial en la manera en que los países
                 como de responsabilidad extracontractual; las
                                                               que conforman las citadas familias jurídicas se
                 cuales hoy me limitaré sólo a esbozar.
                                                              ocupan de esta materia, lo cual se podrá entrever
                                                              en las páginas que siguen.
           Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                 II.  BASES  HISTÓRICO— COMPARADAS
                     DE  LA  INDUCCIÓN  AL                     1.  Una aproximación  a  las  respuestas
                     INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL                   en  el  Common  Law.




                 6 .   Sin embargo, un análisis histórico más acucioso revelará que en los países del Civil Law existieron varias figuras,
                     con contornos bastante definidos, que se asemejan a la inducción al incumplimiento contractual. Algunas de ellas
                     se remontan al Derecho Romano, tales como el ¡nterdictum de uxore exhibenda ac ducenda (dirigido a recuperar
                     a  la esposa  que  hubiera  sido  retenida  por un tercero)  o en  la filii vindicatio  (semejante a la anterior nada  más
                     que referida a los hijos e hijas) o, por otro lado, al Medioevo europeo cuando, a efectos de hacer frente a la peste
                     negra, se promulgó en  Francia la Ordonnance concernant la  pólice du royanne del 30 de junio de  1350, la cual
                     sancionaba al tercero que contratara a un trabajador que se había comprometido con otra persona a prestar sus
                     servicios. El fenómeno anotado también se extendió a la transferencia de bienes, tal como se puede observar en el
                     Título VIII de la BaslerStadtgerichtsordnung de 1719 y en el artículo 1141 del Code Napoléon, en donde se regulan
                     aquellos supuestos que hoy conocemos como de concurrencia de acreedores o de concurrencia de adquirentes.
                     Para una  breve exposición de estos antecedents históricos se aconseja la consulta de EULAU, Peter H. Inducing
                     breach  of controct: A comporison  of the Laws of the  United States,  France,  the Federal Republic of Germany and
                     Switzerland, en Boston College International & Comparative Law Journal, vol. II, núm. 1,1978, pp. 41  y ss.
                 7.   La discusión en torno a los "trasplantes jurídicos" es bastante ardua en la comparación jurídica, al punto que más
                     de una biblio teca podría conformarse con los materiales que la abordan explícitamente. En tal sentido, cualquier
                     remisión a un autor o trabajo resultará, por fuerza, poco exhaustiva; no obstante ello, considero aconsejable la
                     consulta de los excelentes ensayos de SACCO, Rodolfo. Legal formants:A dynamic approach to comparative law, en
                     The American Journal of Comparative Law (Installment II), vol. XXXIX, núm. 2,1991, pp. 343 y ss.; y, WATSON, Alan.
           126   8.   From legal transplants to legal formants, en The American Journal of Comparative Law, vol. XLIII, núm. 3, 1995, pp.
                     469 y ss.
           ADVOCATUS   quiere, de la interferencia en una relación contractual por parte de un tercero no tuvo mayores vinculaciones con
                     En el caso francés, hay quien ya expuso, con gran autoridad, que en este país la evolución de la inducción o, si se

                     la regla del Common Law. Me refiero a PALMER, Vernon V. A comparativestudy (from a Common Lawperspective) of
                     the french action forwrongful interference with contract, en The American Journal of Comparative Law, vol. XL, núm.
                     2, 1992, pp. 297 y ss.




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