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Si bien aparentemente los tres intervinien- De lo expuesto, al parecer aquí sí se justificaría la
tes están igual, en verdad ello no es así. aplicación de la efñcient breach theory. Si, como
El promitente responderá por los daños desarrollé, en los bienes fungibles u homogéneos
causados por su incumplimiento y, dado (commodities) dicha teoría no tiene sentido econó
que no obtiene beneficios adicionales de mico, entonces debiera tenerlo en los bienes únicos
la segunda operación, el resarcimiento o bienes en los que resulta difícil su adquisición (sea
del p rom isario tendrá que ser extraído por razones de mercado, sea por razones de carác
de su propio patrimonio. Por su parte, el ter subjetivo). Si usted, estimado lector, pensó eso...
promisario puede recibir el precio de mer lamento informarle que ello no es así'01.
cado del bien pero es previsible que no se
le reembolse la totalidad de costos que Si un bien resulta único o su adquisición resulta
asumió para suscribir el contrato inicial, complicada, es de esperar que ello no suceda
para conseguir la reparación de los daños únicamente para una de las partes (en espe
que ha sufrido por el incumplimiento y los cífico el tercero) sino que alcanzará a su vez al
costos que asumirá para suscribir el nuevo promisario defraudado. Si esto es cierto, como
U n iv e rs id a d de Lim a Vale decir, la operación no genera beneficio postulados de Kronman102 se deberá permitir la
contrato.
que en principio lo es, entonces siguiendo los
ejecución forzada de la obligación insatisfecha,
alguno pero sí ocasiona que las partes asu
lo que provocará que la decisión de incumplir
se encuentre sometida, de una u otra manera,
man mayores costos. Incluso esta constata
ción se efectúa sin que se entre a analizar
por una property rule). Vale decir, si el acreedor
los costos de administración de justicia a la ratificación del acreedor (en tanto tutelada
Revista e d ita d a p o r a lu m n o s de la F acultad de D e rech o de la
requeridos para determinar cuál es el monto decide solicitar -como es de esperar- la ejecu
del resarcimiento. Por lo tanto, la decisión de ción forzada, el incumplimiento "eficiente" se ve
incumplir generará una pérdida social neta. frustrado o inhibido (si no lo hiciese afrontaría
luego el inconveniente de no saber si obtendrá
En definitiva, considero que el tercero que un sustituto en el mercado o uno a un precio
intente justificar su intervención en una relación accesible; todo ello implicará además la asunción
contractual vigente que involucre commodities, de costos adicionales). Coloco entre comillas la
alegando una hipotética creación de eficiencia, calificación de eficiente en la medida que no se
enfrentará más de un problema. En tal escenario, sabe, en el momento en que el deudor decide
la eficiencia difícilmente será el motivo que lleve que incumplirá, si tal incumplimiento es eficiente.
a un sujeto a inducir el incum plim iento del
deudor de determinada prestación, por lo que La dilucidación de si el incumplimiento resulta
la verdadera justificación debiera buscarse en eficiente se encuentra sometida a la siguiente
la creación de un daño concurrencial ilícito o, si constatación: si tanto el promisario comoel
se quiere, en una conducta irracional (o cuanto promitente negocian el derecho del segundo
menos sin sustento económico). a liberarse del contrato103. Sólo si el promitente
es capaz de comprar su liberación se sabrá que
7.7 B ienes ú n ic o s o b ie n e s de d ifíc il el tercero valuaba en mayor medida el bien,
a d q u is ic ió n . toda vez que el promitente podrá comprar su
126 101. EISENBERG, Melvin A. Op.cit., p. 999.
ADVOCATUS 102. Ver retro nota al pie 55.
103. SCALISE Jr., Ronald J. Why no "efñcient breach" in the Civil Law?: A comparative assessment ofthe doctrine of efñcient
breach of contract, en The American Journal o f Comparative Law, vol. LV, núm. 4, 2007, pp. 733— 734, en la medida
que el otorgamiento del derecho de solicitar la ejecución forzada le da ventaja en la (re)negociación contractual.
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