Page 39 - Edición N° 26
P. 39
Declaración Universal de Derechos Humanos; formó un prejuicio sobre los mismos hechos que
14 inciso 1 del Pacto Internacional de Dere forman el objeto de este proceso penal:
chos Civiles y Políticos; XXVI de la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del ♦ El Tribunal Penal se form ó un prejuicio
Hombre; y 8 inciso 1 de la Convención Ame sobre la existencia del Grupo Colina como
ricana sobre Derechos Humanos de San José un comando operativo clandestino para
de Costa Rica. operaciones especiales que form aba
parte de la política del Estado de lucha
Para superar tal in co nstitu cio na lid a d es contra el terrorism o; una organización
necesario, vía control difuso, dejar de aplicar la militar jerarquizada cuyo fin era eliminar
regla del artículo 40, primer párrafo, que limita extrajudicialmente a presuntos miembros
las causas de recusación durante el juicio oral, de las células terroristas.
para permitir que se utilice el artículo 31, el
temor de parcialidad como motivo de exclusión ♦ El Tribunal Penal se form ó un prejuicio
del tribunal. sobre que los miembros del Grupo Colina
Universidad de Lima La garantía procesal constitucional del tribunal en el Jirón Huanta N° 840 Barrios Altos y
el 3 de noviembre de 1991 incursionaron
imparcial exige que probado un hecho produ
mataron a 15 asistentes a la pollada que
cido durante el plenario y justificado el temor
allí se realizaba, incluyéndose dentro de
de parcialidad del acusado por contaminación
las víctimas un niño de 9 años, así como
hirieron de gravedad a 4 personas.
procesal, el sistema legal y judicial no puede
impedir la exclusión de los jueces superiores; en
Facultad de Derecho de la el caso que estoy analizando, las integrantes de ♦ del Grupo Colina en el Distrito del Santa,
ElTribunal Penal se formó un prejuicio sobre
la incursión que realizaron los miembros
la Primera Sala Especial.
7.4. El prejuicio o contaminación procesal
Departamento de Ancash, secuestrando
generada por la sentencia conformada
con extrema violencia a las víctimas del
llamado caso "desaparecidos de El Santa".
dictada por la Primera Sala Penal
Especial.
ElTribunal Penal se formó un prejuicio sobre el
por alum nos de la Julio Chuqui Aguirre y Marcos Flores Alvan, se ♦ secuestro y posterior asesinato que realizaron
La Primera Sala Penal Especial Superior al
emitir la sentencia conformada en el proceso
los miembros del Grupo Colina al periodista
Pedro Yauri Bustamante en la ciudad de
de conformidad parcial con la acusación de
Huacho entre el 23 y 24 de junio de 1992.
Revista editada en los asesinatos, tentativas de asesinatos y lesiones en los asesinatos, tentativa de asesinatos y lesiones
OBJETO DEL JUICIO FORMADO EN LA
OBJETO DEL JUICIO ORAL
SENTENCIA CONFORMADA
1) Existencia de la asociación ilícita Grupo Colina.
1) Existencia de la asociación ilícita Grupo Colina.
2) Participación de los integrantes del Grupo Colina
2) Participación de los integrantes del Grupo Colina
graves del Caso Barrios Altos.
graves del Caso Barrios Altos.
3) Participación de los integrantes del Grupo Colina 3) Participación de los integrantes del Grupo Colina
en los secuestros del Caso de los desaparecidos del en los secuestros del Caso de los desaparecidos del
126 Santa. 4) Participación de los integrantes del Grupo Colina
Santa.
ADVOCATUS 4) Participación de los integrantes del Grupo Colina en los asesinatos del Caso de los desaparecidos del
Santa.
5) Participación de los integrantes del Grupo Colina
en el secuestro y asesinato del periodista Pedro
en el secuestro y asesinato del periodista Pedro
Yauri.
Yauri.
3 6 C é s a r A u g u s t o N a k a s a k i S e r v i g ó n