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Pueblo sobre esa práctica delictiva en el Perú'8. Siguiendo al mencionado autor, la privación de
Jurídicamente, solamente como una referencia libertad puede ser bajo cualquier modalidad,
comparativa, en el Perú una detención puede ser lo que supone que puede ser también una
acompañada de la grave medida de la incomuni detención legal, ejemplificando la situación
cación del inculpado durante una investigación con el caso Neira Alegría vs. Perú, en el que
penal, con el plazo máximo de 10 días (art. 133 las víctimas se encontraban detenidas en el
del Código de Procedimientos Penales de 1940, establecimiento penal de El Frontón con un
art. 265 del Código Procesal Penal de 2004). La proceso judicial abierto.20
práctica de la desaparición forzada de personas
en el Perú excede con creces el citado plazo La participación del Estado fluye de las regu
máximo legal de incomunicación del inculpado, laciones convencionales del Derecho Interna
que no incluye las conferencias con el abogado cional de los Derechos Humanos (en adelante,
defensor. En vía de interpretación, una desapari también DIDH) y la de un grupo político, del
ción forzada de personas que exceda de diez días Estatuto de Roma mencionado (art. 7.1.i).
podría ser considerada una detención efectuada El ocultamiento de la víctima es un elemento
Universidad de Lima amparo de la ley por un período prolongado. central en este crimen, previsto en todos los
con la intención de dejar a las personas fuera del
instrumentos mencionados.21
IV. CARACTERÍSTICAS
La coparticipación consiste en que, normalmen
Gómez Camacho, a su vez, aporta como
activo. Al respecto, Gómez Camacho remite a
características de la desaparición forzada de te, se requiere que intervenga más de un agente
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la
personas lo siguiente: Los Elementos de los Crímenes del Estatuto de
Roma, en cuya nota al pie 23 señala que, "dado
"Encontramos cinco elementos comunes el carácter complejo de este crimen, se reconoce
cuya presencia colectiva permite entender que en su comisión participará normalmente
la mecánica del fenómeno y anticipar la más de un autor con un propósito delictivo
magnitud de su gravedad: 1 2 3 4 5 común".22 Lo mismo reconoce la Corte Suprema
de Justicia de la República.23
1. Privación de libertad.
2. Participación del Estado (o de un grupo La intencionalidad reside en que la desaparición
político). forzada de personas es un crimen doloso,
3. Ocultamiento de la víctima. supone una comisión activa. Si se produjera
4. Coparticipación. en la m odalidad de una omisión, como la
5. Intencionalidad."19 aquiescencia, esta sería "una omisión deliberada
18. DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Las voces de los Desaparecidos. Testimonio de los familiares. Lima, Defensoría del Pueblo,
segunda edición, diciembre del 2001,107 pp.; La Desaparición Forzada de Personas en el Perú (1980 - 1996). Serie
Informes Defensoriales. Informe N° 55. Lima, Defensoría del Pueblo, enero de 2002, p. 19.
19. GÓMEZ CAMACHO, Juan José. La desaparición forzada de personas: avances del Derecho Internacional, Revista
Mexicana de Política Exterior, pág.31. EN: <http://portal.sre.aob.mx/imr/pdf/GomezCam.pdf> fuente consultada
el 5 de enero de 2011.
126 20. Ibíd., pág. 32. En el mismo sentido, GRUPO DE TRABAJO SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA. Comentario General
sobre la definición de las desapariciones forzadas. Informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas,
ADVOCATUS 21. Tercer considerando del Preámbulo de la Declaración de las Naciones Unidas, art. 2 de la Convención de las
2007, documento ONU A/HRC/7/2, párrafo 7.
Naciones Unidas y art. II de la Convención de la OEA.
22. GÓMEZ CAMACHO, Juan José. Art. cit., pág. 35.
23. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA. V Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente y
6 0 I v á n A r t u r o B a z á n C h a c ó n