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que tiene como objetivo  permitir o facilitar la   de  otros  derechos  humanos.26  Es  el  caso  del
                                                                                                            _l_j
          desaparición de la víctima."24               derecho a la integridad personal de la víctima,27    «
                                                       del  derecho  a  la  integridad  personal  de  los   CAJ
          O tr o  e le m e n to  c a ra c te rís tic o  d e  la d e s a p a ric ió n    familiares de la víctima,28 en reiteradas ocasio­  M U I
                                                                                                            0-0.
          forzada de personas es que se trata de un delito   nes  puede  incluir la  afectación del  derecho a   t/*/t
                                                                                                            m u
          permanente,  asunto  que  abordaremos  más   la vida.29 Asimismo, la desaparición forzada de
                                                                                                     DERECHO
          adelante, cuando nos refiramos a la tipificación   personas afecta el  derecho de ser llevado sin   PENAL
          penal interna.                               demora ante un juez para que analice la legali­
                                                       dad de la detención,30 implica frecuentemente
          Violación múltiple de varios derechos.       la  ineficacia  del  recurso  de  hábeas  corpus  y
                                                       violación del derecho de protección judicial,31
          Si  bien  la  Desaparición  forzada  de  personas   la  violación  del  derecho  a  las  garantías judi­
          se  inicia  con  la  privación  de  libertad  de  la   ciales  y,  en  perjuicio  de  la  víctima  y  de  sus
          víctima,25  suele  estar asociada  a  violaciones  familiares,32 a la protección judicial en perjuicio


                                                                                                        O)
                                                                                                        -o
                                                                                                        ~o
                                                                                                        ro
              Transitorias. Acuerdo Plenario N° 009—2009/CJ— 116 de fecha  13 de noviembre de 2009.  Asunto: Desaparición
              forzada.  Párrafo  7.  EN:  http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/SalasSupremas/SPP/documentos/ACUERDO   OJ
              PLENARIO  09—2009—CJ— 116  301209.pdf, fuente consultada el 18 de diciembre de 2010.      >
                                                                                                        c
                                                                                                        3
          24.  Loe. Cit.
                                                                                                        OJ
          25.  CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Sentencia de fecha 29 de julio de 1988 en el caso Velásquez   T>
              Rodríguez vs. Honduras (Fondo), Serie C N° 4, párrafos 147.b; e, y 186, punto resolutivo 2. Sentencia de fecha 3 de
              noviembre de 1997 en el caso caso Castillo Páez vs. Perú (Fondo), Serie C N° 34, párrs. 47 a 61, punto resolutivo 1;
              sentencia de fecha 22 de noviembre de 2005 en el caso Gómez Palomino, (Fondo, Reparaciones y Costas), Serie C   CU
              N° 136, párrs. 35 y 36, punto resolutivo 2. Sentencia de fecha 22 de setiembre de 2009 en el caso Anzualdo Castro   Q
                                                                                                        O)
              vs. Perú, Serie C N° 202, párrafo. 50.                                                    T3
          26.  CORTE  INTERAMERICANA  DE  DERECHOS  HUMANOS.  Sentencia  en  el  caso Velásquez  Rodríguez  vs.  Honduras
              precitada, párrs. 150 y 155; sentencia en el caso Anzualdo Castro vs. Perú precitada, párrafos 51  y 67. COMISIÓN
              DE LA VERDAD Y RECONCILIACIÓN. Informe Final, Lima, CVR, primera edición, diciembre 2003, tomo VI, capítulo
              2.1, p. 56, párrafo 2.2.1, pág. 59.
                                                                                                        (V
          27.  CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras, sentencia precitada,   ~o
                                                                                                        vi
              párrs. 156,187 y punto resolutivo 3; caso Gómez Palomino, sentencia mencionada, párrs. 35 y 36, punto resolutivo   O
              2; caso La Cantuta, sentencia precitada, párrafos. 113,116 y punto resolutivo 3 y Caso Anzualdo Castro, sentencia   c
                                                                                                        E
              mencionada, párrafos. 85,86,103 y punto resolutivo 1.                                     3
          28.  CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Caso Gómez Palomino, sentencia mencionada, párrafos. 62 y 68,
                                                                                                        O
              punto resolutivo 4; caso La Cantuta, sentencia precitada, párrs. 122 a 129 y punto resolutivo 5; Caso Anzualdo Castro,   Q.
              sentencia mencionada, párrs. 102 a 114 y punto resolutivo 2. También, FINUCANE, Brian, artículo citado, pp. 181— 188.
          29.  CORTE  INTERAMERICANA  DE  DERECHOS  HUMANOS.  Caso Velásquez  Rodríguez,  sentencia  precitada,  párrafos.   "O
              157,188 y punto resolutivo 4; caso Castillo Páez, sentencia mencionada, párr. 72 y punto resolutivo 3; caso Gómez   OJ
              Palomino,  sentencia  mencionada,  punto  resolutivo  2;  Caso  La  Cantuta,  sentencia  precitada,  párr.  114,  punto
              resolutivo 3; Caso Anzualdo Castro, sentencia mencionada, párrafos. 85, 86 y 103, punto resolutivo 1.
          30.  CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Caso Velásquez Rodríguez, sentencia mencionada, párrafo
              155.
          31.  CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Caso Castillo Páez, sentencia precitada, párrafo. 82 y punto   (O
                                                                                                        CN
              resolutivo 4; Caso  Durand y Ugarte vs.  Perú,  sentencia  de fecha  16 de agosto de 2000 (Fondo), Serie  C  N° 68,
              párrafo. 103 y punto resolutivo 4; Caso La Cantuta, sentencia mencionada, párrafos. 111,112 y 116; Caso Anzualdo   2
              Castro, sentencia precitada, párrafos. 71  a 76.
                                                                                                        2
          32.  CORTE INTERAMERICANA DE  DERECHOS  HUMANOS. Caso Gómez Palomino vs.  Perú, sentencia  precitada,  párr.   §
              86 y punto resolutivo 3. Caso La Cantuta, sentencia mencionada, párrafos. 81  a 98,161 y punto resolutivo 6. Caso   Q
              Anzualdo Castro, sentencia precitada, párrafos. 121  a 157,168— 169 y punto resolutivo 2.



                      E l    C  r i m  e  n     I n  t e  r n  a  c  i o  n  a  l    d e    D  e  s  a  p  a  r i c  i ó  n     F  o  r z  a  d  a     d e    P  e  r s  o  n  a  s
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