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dicial o sumaria, en el lenguaje del Derecho La desaparición forzada no es una detención
Internacional.43 arbitraria. Como se ha indicado, la detención o
aprehensión puede originarse en una medida
V. TIPIFICACIÓN PENAL INTERNA legal. Es decir, algunas veces, la detención
original que abre el paso para la generación
La definición que proviene del DIDH y del de una desaparición forzada puede ser no
DPI difiere de la regulada en el Código Penal arbitraria. También, la desaparición forzada no
peruano. En efecto, el bien jurídico protegido, se identifica con la figura del secuestro (art.
en principio, es la humanidad, dado que el 152 del Código Penal), en el que se reconoce
artículo 320 forma parte del Título XVI— A, la privación ilegal de libertad. Antes bien, el
Delitos contra la Humanidad, dentro de los cuales secuestro también puede ser el paso previo a la
considera a los tipos penales de Genocidio (art. producción de la desaparición forzada y afecta
319 CP), Desaparición Forzada (art. 320 CP), el bien jurídico libertad física o ambulatoria,
Tortura (art. 321 CP), Discriminación (art. 323 mientras que la desaparición forzada afecta a
CP) y Manipulación genética (art. 324 CP). Sin otros bienes jurídicos.
Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
embargo, según lo expuesto líneas arriba, la ley
penal peruana no ha considerado los elementos El bien jurídico protegido.
contextúales del ataque contra una población
civil, bajo una práctica generalizada o sistemática Para precisar el bien jurídico protegido en
y con conocimiento de dicho ataque. este delito, la doctrina nacional, a través de
Meini, ha optado por el derecho al debido
En particular, la desaparición forzada se tipifica proceso y al respeto a la personalidad jurídica
de la siguiente manera: del sujeto.45 Montoya, por su parte, sustenta
que se trata de un bien jurídico de naturaleza
Código Penal peruano compleja de carácter institucional/individual.
" A r t í c u l o 3 2 0 . — D e s a p a r i c i ó n Es un bien jurídico institucional porque se
comprobada integra "por todas las normas y procedimien
El funcionario o servidor público que prive tos establecidos por la Constitución y los
a una persona de su libertad, ordenando o instrumentos internacionales de los derechos
ejecutando acciones que tenga por resultado humanos que limitan o reducen el ejercicio
su desaparición debidamente comprobada,
arbitrario del poder punitivo del Estado."46
por alum nos de la será reprimido con pena privativa de libertad Es un bien jurídico de dimensión individual
no menor de quince años e inhabilitación,
porque se protege "el contenido del dere
conforme al Artículo 36 incisos 7) y 2J."44
cho a la personalidad jurídica del individuo,
Revista editada 43. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Sentencia en el caso Gómez Palomino vs. Perú, mencionada,
párr. 176; sentencia en el caso Castillo Páez vs. Perú, precitada, párr. 90; sentencia en el caso Gómez Palomino,
mencionada, párrafos. 137 a 140 y 153, punto resolutivo 7; sentencia en el caso Neira Alegría y otros vs. Perú, de
fecha 19 de enero de 1995, Serie C N° 20 (Fondo), párr. 69 y Punto Resolutivo 4.
párrafos. 141 y 153, punto resolutivo 8.
4 4 . F u e n te :h ttp ://s p ii.m in iu s .q o b .p e /C L P /c o n te n id o s .d ll? f= te m p la te s & fn = d e fa u lt — c o d p e n a l.
htm&vid=Ciclope:CLPdemo consultada el 5 de enero de 2011.
126 45. MEINI, Iván. Imputación y responsabilidad penal. Ensayos de Derecho Penal. Lima, primera edición, ARA Editores,
2009, pp. 380 y 381. Igualmente, véase Informe sobre Perú, en AMBOS, Kai (Coordinador). Desaparición Forzada
ADVOCATUS 46. MONTOYA VIVANCO, Yván. La desaparición forzada de personas como delito permanente: consecuencias dogmático
de Personas. Análisis comparado e internacional. Bogotá, Deutsche Gesellschaft fürTechnische Zusammenarbeit
(GTZ) GmbH y Editorial Temis S.A., primera edición, julio de 2009, pp. 121 y 122.
penales. Lima. Primera edición, Pontificia Universidad Católica del Perú, Décimo primer Cuaderno de Trabajo del
Departamento Académico de Derecho, 2009, pág. 14.
64 I v á n A r t u r o B a z á n C h a c ó n