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cumplió  estrictamente  lo  dispuesto  en  los          Ejecutivo  con  el  sector  discriminado  de  su
          dispositivos señalados, y el TC no advirtió esta        legítimo
          falta  que  determinaba  la  improcedencia  y           derecho teniendo la misma motivación jurídica
          archivamiento de la demanda.                            de
                                                                  los  nuevos  pensionistas  a  quienes  se  les
          – Siendo una obligación del Ejecutivo cumplir           respetó  su  derecho,  que  es  percibir  como
          y hacer cumplir la Constitución y los tratados,         pensión la Consolidada, que es únicamente el
          leyes  y  toda  disposición  legal,  ¿por  qué  no      concepto pensionable de la remuneración que
          habría cumplido el Ejecutivo con lo dispuesto           significa no más del 60 % de la misma. La Ley
          en los dispositivos legales señalados?                  30683  equipara  las  pensiones,  no  las  nivela
                                                                  con  las  remuneraciones,  y  cumple  con  el
          Es evidente la razón soterrada del Ejecutivo de         derecho  constitucional  fundamental  de
          inducir  al  error  e  injusticia  que  motivó  este    igualdad  ante  la  ley  entre  sus  dependientes
          acto  desleal,  lo  que  propició,  por  extrema        con las mismas condiciones y requisitos, como
          confianza  del  TC,  al  error  del  auto  de           lo  establecido  en  el  Art.  174°  de  la
          calificación  de  la  demanda,  ya  que  si  se         Constitución,  y  por  tal  es  plenamente
          certificaba la aprobación de la demanda con el          constitucional la Ley 30683 como el acto del
          Acta  del  Consejo  de  Ministros,  se  hubiera         Congreso.
          advertido que la fundamentación y propuesta
          de la demanda no fue efectuada ni refrendada
          por el sector responsable, es decir las carteras
          de  Defensa  e  Interior,  que  saben  que  se
          cometía la afectación al derecho fundamental
          de igualdad ante la ley, y no se encontraban
          presentes, siendo por esta razón un acto nulo
          la decisión de interponer la demanda.

          LEY  PREVISIONAL  FUE  INCUMPLIDA  POR
          EJECUTIVO


          –Desde que se inició el planteamiento de lo
          que  sería  la  Ley  30683,  una  de  las  críticas
          frecuentes del Ejecutivo fue que con esta ley
          se  restablecía  la  cédula  viva  con  efecto
          espejo,  porque  se  nivelaban  las  pensiones          PERFIL PROFESIONAL >  Vicealmirante (r) de la
          con  las  remuneraciones  del  personal  en             Marina  de  Guerra  del  Perú,  ex  Comandante
          situación de actividad, lo que fuera proscrito          General de la Marina. Magíster en Relaciones
          por  la  Constitución.  ¿Qué  hay  de  cierto  en       Internacionales. Consultor en temas marítimos
                                                                  y columnista del diario Expreso.
          todo esto?

                                                                  POLÍTICA > Alfredo Palacios Dongo asumió la
          Es  falsa  la  aleve  imputación  del  Ejecutivo,  y
          quien juzgue deberá certificar el mandato de            Comandancia General de la Marina de Guerra
          la Ley 30683 en cuestión, concurrente con la            del  Perú  el  14  de  agosto  de  2001,  en  el
                                                                  gobierno de Alejandro Toledo, sustituyendo en
          Ley  Previsional  19846  que  fuera  incumplida
          por el                                                  el cargo al contralmirante Luis Vargas Cooban.


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