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Edición Especial Revista Arbitraje Alumni 26
Bajo palabras de William Park: “Como un romance consumado, el arbitraje
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está basado en el consentimiento” , constituyéndose como piedra angular para
la misma conformación y validez de las cláusulas arbitrales, de las cuales es
dependiente la competencia de los árbitros. No existe un arbitraje sin previa
voluntad de las partes para someterse. Por esto, el consentimiento tiene que ser
indubitable, fehaciente y veraz.
Fue así que, mediante la formalización del compromiso arbitral, se crearon las
cláusulas arbitrales contractuales. Sin embargo, en un principio esta fue
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considerada como inválida y consecuentemente nula , hasta el Protocolo de
Ginebra relativo a las cláusulas de arbitraje de 24 de septiembre de 1923,
exclusivamente válido en materia comercial. Pero, de la misma manera en la
que se mueve el mundo y el derecho, las cláusulas arbitrales adquirieron
protección. Principalmente por parte de los Estados e instituciones, formando
parte de la costumbre internacional. Cada uno siendo libre de como regularla y
qué materias son arbitrales.
De esta manera, el recorrido histórico nos lleva a la actualidad. La nueva manera
de expresar el consentimiento en el arbitraje mediante medios electrónicos. Si
bien en un principio la misma existencia de la cláusula arbitral era rechazada,
con el tiempo fue aceptada e incorporada en la mayoría de los contratos. Así
también, la nueva manera de su formalización. Siempre y cuando no deje lugar
a duda sobre el compromiso de las partes en someterse. Así como la posición
histórica que ha dejado el COVID-19, para la rápida flexibilización en las
normativas nacionales e internacionales para incorporar a esta práctica dentro
de la formalización de la cláusula.
4 William Park. “Non-signatories and International Contacts: An Arbitrator’s
Dilemma”, en Multiple Party Actions in International Arbitration, ed. Belinda
Macmahon (Oxford: Oxford University Press, 2009), 1.
5 A modo de ejemplo se encuentra: L'Alliance c. Prunier, Caso del diez de julio de
1843, la Corte Suprema francesa declaró el arbitraje solo podía pactarse para
controversias presentes, por lo cual era nula la cláusula arbitral en donde las partes
pactaban llevar a arbitraje a cualquier futura controversia.