Page 53 - Revista Arbitraje Alumni - Edición Especial
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Edición Especial Revista Arbitraje Alumni 50
VII. CONSIDERACIONES FINALES .................................................... 58
I. INTRODUCCIÓN
L os avances tecnológicos alcanzados por la ciencia influyen en la vida
cotidiana de los seres humanos y, sobre todo, modifican muchas de nuestras
prácticas comunes. El arbitraje internacional no es ajeno a ello, al contrario, es
influenciado de gran manera. La tecnología no solo desempeña un rol
importante dentro del procedimiento arbitral, sino que determina, en gran
medida, la eficiencia y eficacia de este.
Por ello, la comunidad internacional de arbitraje debe estar dispuesta a
incorporar ciertos avances tecnológicos que podrían incrementar el nivel y la
calidad del servicio ofrecido a los usuarios. En otras palabras, los avances
tecnológicos no deberían sorprender a nuestra comunidad, al contrario, deberían
encontrarla preparada y receptiva a la innovación. En este sentido, la encuesta
realizada por la QMUL (2018) reveló que el 78% de los encuestados consideran
que la inteligencia artificial (análisis de datos, programas inteligentes para
revisión de documentos) debe utilizarse con mayor frecuencia en el arbitraje
1
internacional .
Entre los usos que podría tener la inteligencia artificial en el procedimiento
arbitral están: la designación de árbitros, traducción de documentos,
investigación de argumentos legales, organización de documentos,
estimaciones de costos y hasta redacción de ciertas secciones estándar de laudos
arbitrales (antecedentes del caso) .
2
1 Queen Mary University of London/White, International Arbitration Survey: The
Evolution of International Arbitration (2018), accedido el 10 de Julio, 2020,
http://www.arbitration.qmul.ac.uk/media/arbitration/docs/2018-International-
Arbitration-Survey---The-Evolution-of-International-Arbitration-(2).PDF.
2 Maxi Scherer, “Artificial Intelligence and Legal Decision-Making: The Wide Open?”,
in Maxi Scherer (ed), Journal of International Arbitration, Kluwer Law International;
Kluwer Law International, Volume 36 Issue 5 (2019): 539 – 574.