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Edición Especial           Revista Arbitraje Alumni                 62

        mar y el préstamo a la gruesa, antecedente del seguro o del joint venture, como
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        lo refiere H. León Tovar .
        O incluso, el desarrollo en el siglo XIX de máquinas de coser cuyo éxito de
        comercialización  se  basó  en  el  modelo  de  venta  a  través  de  pequeños
                                                                 3
        empresarios  autónomos  que  dio  pie  al  contrato  de  franquicia .  Un  ejemplo
        reciente, consiste en la implementación de tecnologías o sistemas blockchain
        para  la  transferencia  de  bienes  o  servicios  a  través  de  reglas  previamente
        determinadas en un denominado smart contract.
        El  presente  artículo  tiene  como  objetivo  un  breve  análisis  acerca  de  la
        implementación  de  tecnologías  blockchain  en  el  arbitraje  internacional.
        Primero, se abordan las particularidades que ofrecen los sistemas de cadena de
        bloques, después se hace referencia al rol que juegan los smart contracts en la
        resolución de disputas con este tipo de tecnología y la idoneidad del arbitraje,
        para  posteriormente  referir  a  los  retos  existentes  y  posibilidades  en  la
        implementación  de  estos  sistemas,  haciendo  especial  énfasis  en  el  arbitraje
        institucional.  Para  cumplir  su  propósito,  en  este  artículo  se  desarrollan  las
        implicaciones a la luz de la Convención de Nueva York y la Ley Modelo de la
        CNUDMI.

              II.  PARTICULARIDADES DE LOS SISTEMAS DE CADENA DE BLOQUES O
                                         BLOCKCHAIN
        La última década ha sido clave para los sistemas blockchain debido al notorio
        aumento  de  su  aplicación,  teniendo  como  insignia  de  su  popularidad  a  los
        activos  digitales  basados  en  este  sistema  como  Bitcoin.  Su  entrada  en  el
        mercado  representa  el  desplazamiento  de  las  tecnologías  centralizadas  y
        simboliza una transición sobre la manera en que almacenamos información,
        realizamos transacciones y compartimos datos.
        La relevancia de estos sistemas no se limita a la existencia de criptomonedas
        (Ethereum  o  Litecoin)  o  criptoactivos  (Commodities o  Tokens),  sino  que  su
        aplicabilidad trasciende a distintas disciplinas. Algunos expertos consideran que
        blockchain  puede  tener  muchas  más  utilidades  pendientes  de  descubrir  y




        2  Soyla H. León Tovar & Hugo García González, Derecho Mercantil (México: Oxford,
        2007), 25-27.
        3  Soyla H León Tovar, Contratos Mercantiles (México: Oxford, 2015), 571.
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