Page 109 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 109
4. Registrar los resultados de la medición de emisiones, según lo determine la Secretaría de
Energía Recursos Naturales , Ambiente y Minas "MIAMBIENTE"
5. Llevar una bitácora de operación y mantenimiento de sus equipos de control de contaminantes,
si los tuviera;
6. Presentar reportes de las emisiones generadas de acuerdo a lo establecido en la Sección
Tercera del Capítulo IV del Reglamento para el control de emisiones generadas por fuentes
fijas.
7. Presentar reportes anuales ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos
Naturales y Ambiente y ante la Municipalidad de Puerto Cortés, a través de su dependencia
calificada el Departamento Municipal Ambiental, acerca de los resultados del monitoreo de sus
emisiones, en los formatos y fechas proporcionados por dicha autoridad.
8. Presentar reportes de las emisiones generadas de acuerdo a lo establecido en la Sección
Tercera del Capítulo IV del Reglamento para el control de emisiones generadas por fuentes
fijas.
9. La fuente fija deberá cumplir con las especificaciones técnicas de altura que se especifican a
continuación:
Especificaciones Técnicas de Altura de Chimeneas
Aplicabilidad
Estas especificaciones de chimeneas aplican para todas las operaciones descritas en el Reglamento
para el control de emisiones generadas por fuentes fijas y definidas en los Anexos 1-14.
Definiciones
Hg: es la altura de chimenea medida desde su base de referencia.
H: altura del edificio más próximo y medido desde la base referencia.
L: dimensión más pequeña, a seleccionar entre su altura (H) o el ancho proyectado de la estructura
más cercana (W) y que debe ser menor a 800 mts.
Formula de Altura Mínima Requerida de Chimenea
Hg= H+ 1.5L
B. Se consideran infracciones administrativas:
a) Emplear técnicas de dilución o dispersión para reducir las concentraciones de partículas de
gases contaminantes en la salida de la fuente fija;
b) Utilizar equipos sin el adecuado sistema de control de emisiones, de acuerdo a la norma
aplicable;
~ 109 ~