Page 63 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 63

l)  Por permitir el consumo de bebidas alcohólicas en negocios no autorizados para los negocios
                   comprendidos en el nivel de riesgo NR1, la primera vez se notificará,  aplicará una multa de
                   2,500.00 L.  y decomiso de los productos no autorizados.  En caso de reincidencia (segunda vez)
                   de la infracción se notificará y aplicará una multa de 5,000.00 L.    Y clausura temporal hasta por
                   30 días. En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará clausura
                   definitiva. Para los negocios  comprendidos en los niveles de  riesgo NR2 y NR3, la primera vez
                   se notificará,  aplicará una multa de 10,000.00 L.  Y clausura temporal por 03  días. En caso de
                   reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 10,000.00 L. Y
                   clausura  temporal  por  07    días.  En  caso  de  reincidencia  (tercera  vez)  de  la  infracción  se
                   notificará y aplicará clausura definitiva.

               m) Por permitir riñas o escándalos la primera vez se notificará y aplicará una multa de 3,000.00 L.
                   En  caso  de  reincidencia  (segunda  vez)  de  la  infracción  se  notificará  y  aplicará  una  multa  de
                   5,000.00 L. En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará clausura
                   definitiva. Cuando las riñas o escándalos ocasionen pérdida de vida humana la primera vez se
                   notificará  y  aplicará  una  multa  de  3,000.00  L.  Y  clausura  temporal  de  30  días.  En  caso  de
                   reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 5,000.00 L. Y
                   clausura temporal de 30 días. En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará
                   y aplicará clausura definitiva.

               n)   Por  auspiciar  o  tolerar  el  uso  o  consumo  de  marihuana,  cocaína,  morfina,  o  cualquier  otra
                   droga  o  sustancia  estupefacientes  o  alucinógena,  debidamente  comprobado  por  autoridad
                   competente  y sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil a que hubiere lugar, la primera
                   vez se notificará y aplicará una multa de 15,000.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez) de
                   la infracción se notificará y aplicará una multa de 30,000.00 L. Y clausura temporal de 07 días.
                   En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará clausura definitiva.


               o)  Por  sacrificar  ganado  en  locales  particulares  sin  permiso  correspondiente,  la  primera  vez  se
                   notificará  y  aplicará  una  multa  de  1,000.00  L.  y  el  decomiso  de  la  mercadería.  En  caso  de
                   reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 2,500.00 L.  Y el
                   decomiso de la mercadería. En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y
                   aplicará  multa  de  Lps.5,000.00  y  clausura  definitiva.  En  todos  los  casos  se  procederá  al
                   decomiso  del  producto  que  será  realizado  por  el  Departamento  Municipal  de  Justicia  en
                   coordinación  con  la  Unidad  de  Gestión  Ambiental  y  en  caso  de  estar  apto  para  el  consumo
                   humano será donado a las Instituciones de Beneficencia de la localidad

               p)  Por no mantener en las terminales las condiciones de higiene,  salubridad y servicios higiénicos
                   en buen estado, la primera vez se notificará y aplicará una multa de 2,000.00 L. En caso de
                   reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 5,000.00 L.  En
                   caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará clausura temporal.


               q)  Por  no  contar  con  estacionamientos  reglamentarios,  se  notificará  y  aplicará  una  multa  de
                   L.5,000.00

               r)  Por instalar rótulos no autorizados, se notificará y retirará el rótulo.

                                                          ~ 63 ~
   58   59   60   61   62   63   64   65   66   67   68