Page 67 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 67
ARTÍCULO 82. Compete a la Municipalidad a través del Departamento de Planeamiento y
Ordenamiento Territorial y el de Viabilidad y Transporte autorizar la rotura de calles, aceras, puentes y
demás propiedades de uso público.
Tales autorizaciones causarán el pago de las tasas siguientes:
a) Por cada permiso de rotura de acera, calle o avenida pavimentada con concreto asfáltico, adoquín
2
u hormigón, tierra, etc., se pagará por m . L. 2,000.00 debiendo reponer la rotura quien solicito el
permiso de conformidad a los lineamientos de Ingeniería Municipal. En caso que las reparaciones
sean efectuadas por la Municipalidad con cargo al solicitante del permiso se adicionará un diez por
ciento (10%) para gastos y el pago deberá hacerse efectivo dentro de los siete (7) días siguientes a
la fecha de emisión del permiso, caso contrario se dejará en suspenso la autorización.
2
b) Por ocupación de aceras y vías públicas con material o desechos se pagará L.500.00 por m . Por
mes o fracción de mes que implique la ocupación.
La ocupación sólo tendrá lugar en lo que corresponde el inmueble del interesado. Si se utiliza área del
inmueble vecino requerirá la autorización del propietario del inmueble y además pagará
adicionalmente un 50% sobre la tasa establecida.
El permiso será entregado previo al pago de la tasa correspondiente.
ARTÍCULO 83. Estacionamiento de Vehículos.
Compete a la Municipalidad regular la ocupación de las vías de la ciudad por lo que se establece un
circuito de estacionamiento comprendido entre la 2 y 10 calle este, 2 a 4 avenida en los horarios
siguientes:
Lunes a Viernes de 8:00 am. a 5:00 pm.
Sábados de 8:00 am. a 12:00 m.
~ 67 ~