Page 72 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 72
1. Por estacionar en el Boulevard de acceso, o en las aceras del mismo, en las aceras en general,
contra vía, derecho de vía y usar la vía pública y portones de acceso como zona de
estacionamiento, áreas no autorizadas y estacionar al lado izquierdo de las vías no autorizadas para
ello.
a. Vehículo liviano L. 400.00
b. Autobuses y Buses L. 800.00
c. Vehículo pesado L. 1,500.00
2. Para el cumplimiento de las sanciones establecidas para cada una de las infracciones del
Ordenamiento Vial del Municipio se faculta a la Policía Municipal para la inmovilización del
vehículo. Si transcurrida 3 horas el infractor no hiciere efectivo el pago en la Tesorería Municipal o
Institución Bancaria autorizada, se procederá hacer el decomiso del vehículo mediante el empleo
de grúa si fuere necesario.
3. Por daños a semáforos se hará una evaluación por una comisión técnica y se cobrará el valor de los
daños.
4. Destrucción total de señales de tránsito, L. 2,000.00 (Dos mil lempiras) más el costo de reposición
de la señal.
5. Destrucción parcial de señales de tránsito, L. 1,000.00 (Un mil lempiras) más el costo de reparación
de la señal.
6. Destrucción de obras Municipales, se cobrará L. 2,000.00 (Dos mil lempiras) más el valor del daño
previa evaluación del departamento de Ingeniería municipal.
7. Accidentes de tránsito que provoquen daño parcial o total a las vías y/o obras públicas se cobrará
el valor de lo dañado previa evaluación realizada por personal técnico municipal. El cobro por el
costo de estos daños no podrá ser menor de L. 10,000.00 (Diez mil lempiras).
ARTÍCULO 103. Las unidades de transporte de carga y de personas que no efectúen el recorrido según
las rutas establecidas por la Municipalidad incurrirán en multa de L. 500.00 (Quinientos lempiras)por
primera vez, y de L. 1,000.00 (Un mil lempiras) por cada vez adicional.
ARTÍCULO 104. La unidad de taxi que no porte autorización válida y extendida por la Municipalidad
para:
a. El uso de sitios de estacionamientos, así como el permiso de Operación Municipal, será
sancionada con una multa de Quinientos Lempiras (L.500.00) por cada infracción.
b. El uso de sitios de estacionamientos en áreas no autorizadas será sancionada con una multa de
L.200.00 por cada infracción.
~ 72 ~