Page 75 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
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h)  Por ejecutar una obra sin el profesional colegiado cuando este sea necesario, se notificará y de
                   existir reincidencia en la infracción se aplicará una multa de 1 000.00 L.

               i)  Cuando una instalación o cualquiera de sus partes afecte a un muro medianero o un predio o
                   una unidad lindera, sin autorización de la parte colindante, se notificará y  de hacer caso omiso
                   a la misma se sancionará con una primera orden de demolición, en caso de incumplimiento  y
                   transcurrido  el  tiempo  establecido  se  procederá  a  sancionar  con  una  segunda  orden  de
                   demolición,   de incumplir la sanción aplicada y transcurridos 15 días , la Municipalidad podrá
                   efectuar la demolición con cargo al impuesto de bienes inmuebles del predio correspondiente.

               j)  Por  no  colocar  en  lugar  visible  hacia  el  exterior  el  rótulo  de  identificación  que  contenga  el
                   número del permiso que ampara la obra que se realiza, se notificará debiéndose regularizar la
                   infracción colocando el rótulo correspondiente.

               k)  No mantener en la obra los planos autorizados o fotocopias o no mostrarlos a los inspectores,
                   se notificará y  de existir reincidencia en la infracción se aplicará una multa de Lps.500.00.

               l)  Por ocupar una edificación sin previa obtención de certificado de ocupación, se notificará y  de
                   existir reincidencia en la infracción se aplicará una multa de Lps.500.00.

               m) Por no acatar las órdenes de reparación o demolición de edificaciones inseguras o peligrosas, se
                   notificará, de hacer caso omiso al tiempo establecido, se ejecutará la demolición afectando los
                   gastos de la misma al impuesto de bienes inmuebles del predio correspondiente.

               n)  Por  depositar  materiales  en  la  vía  pública,  sin  el  permiso  correspondiente,  se  notificará  y
                   aplicará una multa de Lps.1 000.00.

               o)  Por  cambiar  el  destino  de  una  edificación,    sin  el  correspondiente  permiso  emitido  por  el
                   Departamento de Planeamiento y Ordenamiento Territorial, se notificará y aplicará una multa
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                   de Lps.250.00 por m  de construcción no autorizada.

               p)  Por  no  informar  al  Departamento  de  Planeamiento  y  Ordenamiento  Territorial  las
                   modificaciones o cambios que se realicen durante la ejecución de la obra y no contar con la
                                                                                               2
                   debida autorización,  se notificará y aplicará una multa de Lps.250.00  por m  de construcción
                   no autorizada.

               q)  No dar aviso por escrito por parte del propietario o ejecutor que este último dejo de fungir
                                                                                                               2
                   como tal e informar del nuevo ejecutor, se notificará y aplicará una multa de Lps.100.00 por m .

               r)  Por no garantizar la seguridad necesaria para terceros y trabajadores de una obra, se notificará
                   y aplicará una multa de Lps.2 000.00,  de existir reincidencia en la infracción se aplicará una
                   multa de Lps.5 000.00.

               s)  Por afectar la seguridad, la higiene, o agrave fehacientemente la estética pública, se notificará y
                   aplicará una multa de Lps.500.00.  de existir reincidencia en la infracción se aplicará una multa
                   de Lps.1,000.00.

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