Page 74 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
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c) Demolición, cuando lo edificado exceda los valores reglamentarios establecidos, el
Departamento de Planeamiento y Ordenamiento Territorial aplicará las sanciones, estas
pueden consistir en demoler o adecuar lo construido.
d) Decomiso, se efectuará sobre instrumentos, materiales, herramientas, maquinarias, etc.
utilizados en la comisión de una infracción administrativa o delito ambiental.
Serán sancionadas las siguientes acciones específicas:
a) Cuando el propietario ejecuta trabajos que requieren permiso de obra sin poseerlo será
notificado y deberá pagar como multa 15 L. por millar. Pasados (03) días de la notificación si
se continuarán con las obras sin el permiso correspondiente, se aplicará como sanción una
primera paralización de la obra y multa de 250.00 L. De hacer caso omiso a la regularización
correspondiente se aplicará una segunda paralización de la obra y multa de Lps.2 000.00 y/o
tercera paralización de la obra y multa de 5,000.00 L. Pasadas las tres paralizaciones de obra
reglamentadas, se podrá ejecutar el decomiso de las herramientas y materiales y clausura
temporal de la obra.
b) Cuando se inicien trabajos de urbanización y construcción sin el permiso correspondiente, se
notificará y deberá pagar una multa de Lps.1,500.00/Ha
c) Cuando el propietario y/o profesional consigne datos falsos en el Formulario Único de
Construcción –FUC, planos, informes o dictámenes o cualquier otro documento que forme
parte de un expediente, será notificado y sancionado con la paralización de la obra y multa de
250.00 De hacer caso omiso se procederá al decomiso de herramientas y materiales y/o
revocatoria del Permiso de Construcción.
d) Cuando se niegue el ingreso de los inspectores, debidamente identificados durante las horas
hábiles, se notificará y aplicará una multa de 1,500.00 L.
e) Por no renovar en tiempo los permisos emitidos, cuando estos hayan vencido, se notificará y
aplicará una multa del 50% del valor del permiso de construcción. Pasados (03) días de la
notificación si se continuarán con las obras sin el permiso correspondiente, se aplicará como
sanción una primera paralización de la obra y multa de 250.00 L. De hacer caso omiso a la
regularización correspondiente se aplicará una segunda paralización de la obra y multa de 2
000.00 Lps y/o tercera paralización de la obra y multa de 5,000.00 L. Pasadas las tres
paralizaciones de obra reglamentadas, se podrá ejecutar el decomiso de las herramientas y
materiales y clausura temporal de la obra.
f) Por no ejecutar obras de acuerdo a los planos autorizados, se notificará y aplicara una multa de
2
250. 00 Lps por m de área ilegal.
g) Cuando en obras con planos presentados se ejecutan trabajos que exceden las
responsabilidades fijadas por las distintas categorías profesionales.
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