Page 65 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 65
aa) Por no contar con los extintores apropiados de acuerdo al tipo de local, no contar con la
cantidad apropiada de extintores o contar con extintores vencidos, para los negocios
comprendidos en los niveles de Riesgo NR1 y NR2, la primera vez se notificará, debiendo
atender las recomendaciones en los siguientes (03) días, de no regularizar la infracción se
sancionará con una multa de 500.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez) de la infracción se
notificará y aplicará una multa de 1,000.00 L. En caso de reincidencia (tercera vez) de la
infracción se notificará y aplicará una multa de 2,000.00 L. Para el nivel de riesgo NR3 se
notificará, debiendo atender las recomendaciones en los siguientes (03) días, de no regularizar
la infracción se sancionará con una multa de 5,000.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez)
de la infracción se notificará y aplicará una multa de 10,000.00 L. En caso de reincidencia
(tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 15,000.00 L. Para los negocios
comprendidos en el nivel de Riesgo NR3 cuyas características son de alto tránsito de personas
y/o de manejo de productos inflamables se notificará, debiendo atender las recomendaciones
en los siguientes (03) días, de no regularizar la infracción se sancionará con una multa de
15,000.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una
multa de 20,000.00 L. En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y
aplicará una multa de 30,000.00 L.
bb) Por no contar con detectores de humo, se notificará al titular o representante legal del negocio.
cc) Por no contar con botiquín de primeros auxilios para los negocios comprendidos en el nivel de
riesgo NR1, se notificará al titular del negocio, para los negocios comprendidos en los niveles
de riesgo NR2 y NR3 la primera vez se notificará, debiendo atender las recomendaciones en los
siguientes (03) días, de no regularizar la infracción se sancionará con una multa de 500.00 L. En
caso de reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de
1,000.00 L. En caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará una
multa de 2,000.00 L.
dd) Por tener el cableado eléctrico y los interruptores sin protección la primera vez se notificará,
debiendo atender las recomendaciones en los siguientes (03) días, de no regularizar la
infracción se sancionará con una multa de 500.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez) de la
infracción se notificará y aplicará una multa de 1,000.00 L. En caso de reincidencia (tercera vez)
de la infracción se notificará y aplicará una multa de 2,000.00 L. Y clausura temporal de 05 días.
ee) Por no contar con señalización para los negocios comprendidos en los niveles de riesgo NR2 y
NR3 la primera vez se notificará, debiendo atender las recomendaciones en los siguientes (03)
días, de no regularizar la infracción se sancionará con una multa de 500.00 L. En caso de
reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 1,000.00 L. En
caso de reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 2,000.00
L.
ff) Por infracciones de tipo ambiental a las medidas de prevención, mitigación y compensación
indicadas en el permiso ambiental otorgado por la DMA, esta unidad evaluará el impacto de las
infracciones aplicándose las sanciones correspondientes
~ 65 ~