Page 64 - Microsoft Word - Plan de Arbitrios 2018
P. 64

s)  Por alterar o modificar el texto del Permiso de Operación de Negocios se notificará y sancionará
                   con la clausura definitiva del negocio.

               t)  Por  realizar  dentro  del  establecimiento  actividades  que  atenten  contra  la  moral,  las  buenas
                   costumbres o alteren la tranquilidad del vecindario, se notificará y sancionará con la clausura
                   definitiva del negocio.


               u)  Por permitir la carga o descarga de mercadería en la vía pública  fuera del horario respectivo. la
                   primera  vez  se  notificará  y  aplicará  sanción  de  clausura  temporal  por  03  días.  En  caso  de
                   reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 2,000.00 L. Y
                   clausura  temporal  por  07  días.  En  caso  de  reincidencia  (tercera  vez)  de  la  infracción  se
                   notificará y aplicará una multa de 5,000.00 L. Y clausura temporal por 15 días.

               v)   Por  utilizar  áreas  verdes  o  vías  públicas  con  fines  comerciales  sin  contar  con  Permiso  de
                   Operación de Negocio,  se notificará y aplicará sanción de clausura definitiva.

               w)  Por no exhibir carteles indicativos obligatorios, se notificará y concederá un plazo de 03 días
                   para regularizar la infracción.

               x)   Por recargar el sistema eléctrico, para los negocios comprendidos en los niveles de riesgo NR1
                   y NR2 se notificará, debiendo atender las recomendaciones en los siguientes (03) días, de no
                   regularizar  la  infracción  se  sancionará  con  una  multa  de  500.00  L.  En  caso  de  reincidencia
                   (segunda  vez)  de  la  infracción  se  notificará  y  aplicará  una  multa  de  1,000.00  L.  En  caso  de
                   reincidencia (tercera vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 2,000.00 L. Para
                   el nivel de riesgo NR3 se notificará, debiendo atender las recomendaciones en los siguientes
                   (03) días, de no regularizar la infracción se sancionará con una multa de 5,000.00 L.  En caso de
                   reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una multa de 10,000.00 L. En
                   caso  de  reincidencia  (tercera  vez)  de  la  infracción  se  notificará  y  aplicará  una  multa  de
                   15,000.00 L. Para los negocios comprendidos en el nivel de Riesgo NR3 cuyas características son
                   de alto tránsito de personas y/o de manejo de productos inflamables se notificará, debiendo
                   atender  las  recomendaciones  en  los  siguientes  (03)  días,  de  no  regularizar  la  infracción  se
                   sancionará con una multa de 15,000.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez) de la infracción
                   se notificará y aplicará una multa de 20,000.00 L. En caso de reincidencia (tercera vez) de la
                   infracción se notificará y aplicará una multa de 30,000.00 L.


               y)  Por no contar con salida de emergencia se notificará, debiendo atender las recomendaciones
                   en  los  siguientes  (15)  días,  de  no  regularizar  la  infracción  se  sancionará  con  una  multa  de
                   10,000.00 L. En caso de reincidencia (segunda vez) de la infracción se notificará y aplicará una
                   multa  de  15,000.00  L.  En  caso  de  reincidencia  (tercera  vez)  de  la  infracción  se  notificará  y
                   sancionará con clausura definitiva.

               z)  Por no contar con escalera de emergencia se notificará, debiendo atender las recomendaciones
                   en los siguientes (30) días.





                                                          ~ 64 ~
   59   60   61   62   63   64   65   66   67   68   69