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JURISPRUDENCIA FIRME                                30
           35 del Código Fiscal de la Fede-
           para contribuir al cumplimiento de  Estímulos fiscales: la legislación
           ración, los cuales disponen que,

           las facultades de las autoridades
           asistencia  gratuita  a  los  contri- respeta el principio de igualdad
           tributarias, éstas proporcionarán

           buyentes y, para ello, entre otras
           actividades,  darán  a  conocer,                STÍMULO FISCAL. EL ARTÍCULO 16, APARTADO
           mediante publicación en el medio            EA, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA
           de difusión señalando, los criterios        FEDERACIÓN PARA LOS EJERCICIOS FISCALES DE
           no vinculativos de las disposicio-          2015 Y DE 2016 QUE LO PREVÉ, RESPETA EL PRIN-
           nes fiscales y aduaneras. Así, el           CIPIO DE IGUALDAD. El precepto mencionado vigente
           indicado, es un criterio orientador         para el ejercicio fiscal de 2015, cuyo contenido es similar
           de carácter interno, emitido con el         al vigente para el ejercicio fiscal de 2016, establece un
           fin de lograr el debido cumplimien-         beneficio fiscal a favor de los contribuyentes con actividad
           to de las disposiciones fiscales.           empresarial, con excepción de la minería, que adquieran
           Por  tanto,  no  es  susceptible  de        diésel para su consumo final en las actividades agrope-
           generar, por sí, una afectación al          cuarias o silvícolas, que para determinar su utilidad fiscal
           particular,  toda  vez  que,  por  su       puedan deducir el monto correspondiente a esa adquisi-
           naturaleza, no es obligatorio, ni           ción, que utilicen dicho combustible exclusivamente en
           establece alguna carga a los con-           maquinaria en general, excepto vehículos y cuyos ingresos
           tribuyentes, por lo que el juicio de        en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de
           amparo indirecto promovido en su            20 veces el salario mínimo general correspondiente a su
           contra es improcedente, con fun-            área geográfica, elevado al año, consistente en sustituir
           damento en el artículo 61, fracción         el acreditamiento del impuesto especial sobre producción
           XII, de la ley de la materia.               y servicios contra el impuesto sobre la renta a cargo, por
                Amparo en revisión 535/2016. Servi-    el de la devolución del impuesto especial causado en la
                cios de Limpieza del Sur, S.A. de C.V.   hipótesis indicada, hasta por un monto de $747.69 men-
                22 de junio de 2017. Unanimidad de
                votos. Ponente: José Luis Legorreta    suales, tratándose de todos los contribuyentes a los que
                Garibay. Secretario: David Jesús Ve-   se dirige, o bien, de hasta $1,495.39 mensuales, si se trata
                lasco Santiago.                        de personas físicas que tributan conforme al régimen de in-
                Amparo en revisión 875/2015. Discipli-
                na de Comercialización, S.A. de C.V.   gresos por actividades empresariales y profesionales o de
                11 de octubre de 2017. Unanimidad      incorporación fiscal, los cuales no gozan de exenciones o
                de votos. Ponente: David Gustavo León   reducciones que atiendan al monto de los ingresos percibi-
                Hernández. Secretaria: Edna Matus
                Ulloa.                                 dos. De lo anterior se sigue que ese precepto legal respeta
                Amparo en revisión 467/2016. Sagrario   el principio de igualdad contenido en el artículo 1o. de la
                Salomé San Martín Cruz y otros. 26 de   Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
                octubre de 2017. Unanimidad de votos.   porque además de prever beneficios fiscales en atención
                Ponente: David Gustavo León Hernán-
                dez. Secretaria: Edna Matus Ulloa.     a las particularidades que rodean cada régimen fiscal que
                Amparo en revisión 369/2016. Lorena    pretende ayudar, está justificado el trato diferenciado, pues
                Cota Ambrosi y otras. 26 de octubre de   la finalidad del beneficio fiscal es proteger y fomentar el
                2017. Unanimidad de votos. Ponente:
                David Gustavo León Hernández. Se-      desarrollo de un sector económico nacional considerado
                cretaria: Reyna Oliva Fuentes López.   de carácter prioritario y que, por ende, requiere de la inter-
                Amparo en revisión 130/2016. 27 de no-  vención estatal para alcanzar su crecimiento, siendo claro
                viembre de 2017. Unanimidad de votos.
                Ponente: David Gustavo León Hernán-    que el otorgamiento del beneficio a partir de considerar
                dez. Secretaria: Edna Matus Ulloa.     los regímenes fiscales examinados es acorde y atiende a
                Esta tesis se considera de aplicación   esa finalidad, porque justamente los contribuyentes que
                obligatoria  a  partir  del  lunes  26  de   tributan bajo dicho régimen del impuesto sobre la renta
                febrero de 2018, para los efectos pre-
                vistos en el punto séptimo del Acuerdo   gozan de una exención por el monto de hasta de 40 veces
                General Plenario 19/2013.              el salario mínimo general del área que le corresponda,
                Décima Época.- Registro: 2016282.-     elevado al año, mientras que el beneficio previsto en el
                Instancia: TRIBUNAL COLEGIADO EN
                MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATI-         precepto aludido es otorgado a los contribuyentes cuyos
                VA DEL DÉCIMO TERCER CIRCUI-           ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan exce-
                TO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente:   dido de 20 veces esa unidad de medida.
                Semanario Judicial de la Federación.-       Amparo directo en revisión 3359/2017. Bernardo López Jiménez. 30 de
                Publicación: viernes 23 de febrero de       agosto de 2017. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Javier Laynez
                2018.- Tesis: XIII.P.A. J/2 (10a.)
                                                            Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna
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