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JURISPRUDENCIA FIRME 32
de la arbitrariedad o exceso, Amparo en revisión 441/2015. Smart & Final del Noroeste, S.A. de C.V. y otra. 5 de
previstos en los artículos 1o., octubre de 2016. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez
14 y 16 de la Constitución Po- Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Al-
berto Pérez Dayán; votó en contra de consideraciones Margarita Beatriz Luna Ramos.
lítica de los Estados Unidos Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Jorge Jiménez Jiménez.
Mexicanos, y que requiere lle- Amparo en revisión 845/2015. Tiendas Aurrerá, S. de R.L. de C.V. 5 de octubre de
var a cabo, en primer lugar, un 2016. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek,
José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez
juicio de igualdad mediante la Dayán; votó en contra de consideraciones Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente:
equiparación de supuestos de Javier Laynez Potisek. Secretario: Jorge Jiménez Jiménez.
hecho que permitan verificar si Amparo en revisión 876/2015. Desarrollo Comercial Abarrotero, S.A. de C.V. y otras.
25 de enero de 2017. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez
existe o no un trato injustificado; Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduar-
en segundo lugar, el principio do Medina Mora I.; votó en contra de consideraciones Margarita Beatriz Luna Ramos.
de proporcionalidad se confor- Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretario: Jorge Jiménez Jiménez.
Amparo en revisión 631/2017. José Armando del Toro Larios. 15 de noviembre de 2017.
ma de tres criterios relativos a Mayoría de cuatro votos de los Ministros Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco
que la distinción legislativa: a) González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I.; unanimidad
persiga una finalidad objetiva de votos en relación con el criterio contenido en esta tesis; votó en contra de considera-
y constitucionalmente válida; ciones Margarita Beatriz Luna Ramos. Disidente: Alberto Pérez Dayán. Ponente: José
Fernando Franco González Salas. Secretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.
b) resulte adecuada o racional, Amparo en revisión 514/2017. Peñafiel Bebidas, S.A. de C.V. y otra. 29 de noviembre
de manera que constituya un de 2017. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez
medio apto para conducir al fin u Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Disidente:
Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Se-
objetivo perseguido, existiendo cretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.
una relación de instrumentalidad Tesis de jurisprudencia 11/2018 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto
medio-fin; y, c) sea proporcional. Tribunal, en sesión privada del veinticuatro de enero de dos mil dieciocho.
Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del martes 06 de febrero de 2018,
Ahora, en materia tributaria la para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
intensidad del escrutinio cons- Décima Época.- Registro: 2016133.- Instancia: Segunda Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-
titucional es flexible o laxo, en Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 02 de febrero de
razón de que el legislador cuen- 2018.- Tesis: 2a./J. 11/2018 (10a.)
ta con libertad configurativa del
sistema tributario sustantivo y Determinación de sujetos obligados:
adjetivo, de modo que para no
campos como el mencionado, es procedente recurso de revisión
vulnerar su libertad política, en
las posibilidades de injerencia
del Juez constitucional son me- EVISIÓN FISCAL. PROCEDENCIA DEL RECURSO
nores y, por ende, la intensidad RTRATÁNDOSE DE LA DETERMINACIÓN DE SU-
de su control se limita a verificar JETOS OBLIGADOS. Los artículos 248, párrafo tercero,
que la intervención legislativa fracción II, del Código Fiscal de la Federación (vigente
persiga una finalidad objetiva y hasta el 31 de diciembre de 2005) y 63, fracciones II
constitucionalmente válida; la y VI, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
elección del medio para cumplir Administrativo (vigente a partir del 1 de enero de 2006),
esa finalidad no conlleva exigir prevén la procedencia del recurso de revisión fiscal ante
al legislador que dentro de los el Tribunal Colegiado de Circuito contra las resoluciones
medios disponibles justifique emitidas por el Pleno, las Secciones de la Sala Superior
cuál de todos ellos cumple en o por las Salas Regionales del ahora Tribunal Federal de
todos los grados (cuantitativo, Justicia Administrativa, que decreten o nieguen el sobre-
cualitativo y de probabilidad) o seimiento y las sentencias definitivas que dicten, entre
niveles de intensidad (eficacia, otros supuestos, contra resoluciones que versen sobre
rapidez, plenitud y seguridad), la determinación de sujetos obligados; lo que significa
sino únicamente determinar si que dicha hipótesis de procedencia se actualiza cuando
el medio elegido es idóneo, exi- en la litis natural se discuta si un sujeto individualmente
giéndose un mínimo de idonei- considerado o un grupo o categoría de sujetos están
dad y que exista corresponden- vinculados por una relación laboral y, por ende, si son
cia proporcional mínima entre el parte del régimen obligatorio del seguro social; que en
medio elegido y el fin buscado los casos como los que nos ocupan, es decir, cuando se
que justifique la intervención impugne como acto de origen en el que se dio de baja a
legislativa diferenciada entre los un trabajador del régimen obligatorio del Instituto Mexi-
sujetos comparables. cano del Seguro Social por no ubicarse en el supuesto