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JURISPRUDENCIA FIRME
         Vázquez.                                                              Materias Civil y Administrativa del Noveno
         Amparo directo 386/2017. 24 de agosto de 2017. Unanimidad de votos. Ponente:  Circuito. 30 de agosto de 2017. Cinco votos
         Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Javier Cruz Vázquez.       de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier
         Nota: La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 205/2016  Laynez Potisek, José Fernando Franco Gon-
         y la tesis de jurisprudencia 2a./J. 13/2017 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el  zález Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos
         Semanario Judicial de la Federación del viernes 3 de marzo de 2017 a las 10:06 horas  y Eduardo Medina Mora I. Ponente: José
         y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 40, Tomo  Fernando Franco González Salas. Secreta-
         II, marzo de 2017, páginas 989 y 1036, respectivamente.               rio: Héctor Orduña Sosa.
         Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 30 de octubre  Tesis  y  criterio  contendientes:  Tesis
         de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario  PC.IX.C.A. J/1 A (10a.), de título y subtítulo:
         19/2013.                                                              «ISSSTE. EFECTOS DEL AMPARO CON-
         Décima Época.- Registro: 2015411.- Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.-  CEDIDO  RESPECTO DE UN  ULTERIOR
         Tesis: Jurisprudencia.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación:   ACTO DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 51,
         NORMAS INCONSTITUCIONALES                                             SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY RELA-
                                                                               TIVA ABROGADA, DECLARADO INCONS-
                                                                               TITUCIONAL POR LA SEGUNDA SALA DE
         Pensiones: amparo contra                                              LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA
                                                                               NACIÓN.», aprobada por el Pleno Especia-
                                                                               lizado en Materias Civil y Administrativa del
         descuentos inminentes                                                 Noveno Circuito, y publicada en el Sema-
                                                                               nario Judicial de la Federación del viernes
                                                                               6 de mayo de 2016 a las 10:06 horas y en la
                                                                               Gaceta del Semanario Judicial de la Federa-
                                                                               ción, Décima Época, Libro 30, Tomo III, mayo
              ENSIONES.  PROCEDE           pensión por ser inminentes; por  de 2016, página 2006, y El sustentado por el
         POTORGAR EL AMPARO                tanto, en ese caso debe conce-      Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo
                                                                               y Administrativa del Décimo Tercer Circuito,
         PROMOVIDO CONTRA LOS              derse el amparo para el efecto      al resolver el amparo en revisión 20/2017.
         DESCUENTOS  FUTUROS               de que se reintegren a la quejosa  Tesis de jurisprudencia 139/2017 (10a.).
         E  INMINENTES  EN APLI-           los descuentos señalados como  Aprobada por la Segunda Sala de este Alto
         CACIÓN  DE  UNA  NORMA            actos  reclamados,  en  los  que    Tribunal,  en  sesión  privada  del  trece  de
                                                                               septiembre de dos mil diecisiete.
         GENERAL  DECLARADA                se  incluyen  los  subsecuentes     Esta  tesis  se  considera  de  aplicación
         INCONSTITUCIONAL  POR             hasta  que  se  cumplimente  la  obligatoria a partir del lunes 30 de oc-
         JURISPRUDENCIA,  SIEM-            ejecutoria,  así  como  para  que  tubre de 2017, para los efectos previstos
         PRE  QUE  SE  HAYAN  SE-          ya no se realicen los posteriores   en el punto séptimo del Acuerdo General
                                                                               Plenario 19/2013.
         ÑALADO  COMO  ACTOS               descuentos al monto periódico       Décima Época.- Registro: 2015378.- Ins-
         RECLAMADOS. Cuando en             de  la  misma  pensión  respecto  tancia: Segunda Sala.- Tesis: Jurispruden-
         un juicio de amparo indirecto     de la cual se solicite el amparo.   cia.- Fuente: Semanario Judicial de la Fede-
         se reclame un ulterior acto de          Contradicción de tesis 124/2017.   ración.- Publicación: viernes 27 de octubre
                                                                               de 2017.- Tesis: 2a./J. 139/2017 (10a.)
                                                 Entre las sustentadas por el Tribunal
         aplicación consistente en un            Colegiado en Materias de Trabajo
         descuento efectuado al monto            y Administrativa del Décimo Tercer
         de una pensión de seguridad             Circuito y el Pleno Especializado en
         declarado inconstitucional por  Juicio de nulidad para exigir el
         social fundado en un artículo

         jurisprudencia, los efectos de
         únicamente  deben  consistir  pago de la gratificación anual
         la  protección  constitucional

         en que dicha ley no se apli-
         que  al  caso  concreto,  sin                   RATIFICACIÓN ANUAL PREVISTA EN EL ARTÍCU-
         poder  extenderlos  respecto               GLO 57, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL INS-
         de actos futuros, pues ello es             TITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE
         propio  del  juicio  de  amparo            LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, VIGENTE HASTA
         contra normas generales. Sin               EL 31 DE MARZO DE 2007. LOS PENSIONADOS PUE-
         embargo,  cuando  en  la  de-              DEN ACUDIR AL JUICIO DE NULIDAD A DEMANDAR
         manda de amparo se señalen                 SU PAGO ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
         como  actos  reclamados  los               ADMINISTRATIVA,  SIN  QUE  PREVIAMENTE  DEBAN
         descuentos  subsecuentes  a                FORMULAR PETICIÓN AL RESPECTO ANTE EL INSTI-
         los  realizados  con  anteriori-           TUTO MENCIONADO. El precepto referido establece que
         dad a su presentación o a su               los jubilados y pensionados tendrán derecho a una gratifi-
         ampliación, es jurídicamente               cación anual igual en número de días a las concedidas a los
         posible  que  los  efectos  del            trabajadores en activo, según la cuota diaria de su pensión.
         fallo protector comprendan a               Por otra parte, el artículo 14, fracción VI, de la Ley Orgáni-
         dichos descuentos futuros al               ca del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,
         monto periódico de la misma
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