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JURISPRUDENCIA FIR-
irregularidad u oscuridad en la NES DEL ACTOR Y TRASCIENDA AL RESULTADO DEL FALLO.»
demanda que, en términos de Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 02 de octubre
de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario
los artículos 873 y 878, fracción 19/2013.
II, de la Ley Federal del Trabajo, Décima Época.- Registro: 2015147.- Instancia: Segunda Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-
da lugar a que las Juntas labo- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 29 de septiembre
rales lo prevengan para que de 2017.- Tesis: 2a./J. 116/2017 (10a.)
aclare dicha circunstancia ya
actualizando una violación de Alegatos en el juicio laboral
que, de no hacerlo, se estaría
carácter procesal que ameritaría
la reposición del procedimiento. LEGATOS EN EL JUICIO LABORAL. LA OBLIGACIÓN
Contradicción de tesis 16/2017. ADE LA JUNTA DE OTORGAR A LAS PARTES EL DE-
Entre las sustentadas por los Tri-
bunales Colegiados Tercero en Ma- RECHO PARA FORMULARLOS TIENE FUNDAMENTO EN
teria de Trabajo del Tercer Circuito LOS ARTÍCULOS 882, 884, FRACCIÓN IV, 885, FRACCIÓN
y Décimo Tercero en Materia de IV Y 888 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, VIGENTE
Trabajo del Primer Circuito. 12 de
julio de 2017. Unanimidad de cuatro HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012, ASÍ COMO EN
votos de los Ministros Alberto Pérez LA TESIS DE JURISPRUDENCIA 2a./J. 32/2014 (10a.).
Dayán, Javier Laynez Potisek, José La omisión de la Junta de otorgar oportunidad a las partes
Fernando Franco González Salas y
Eduardo Medina Mora I. Ausente: para formular alegatos, constituye una violación esencial
Margarita Beatriz Luna Ramos. al procedimiento que afecta las defensas del quejoso, en
Ponente: Alberto Pérez Dayán. términos del artículo 172, fracción VI, de la Ley de Amparo,
Secretario: Rafael Quero Mijangos. como lo establece la jurisprudencia 2a./J. 32/2014 (10a.), de
Tesis y criterio contendientes:
Tesis I.13o.T.301 L, de rubro: «DE- título y subtítulo: «ALEGATOS. LA OMISIÓN DE LA JUNTA
MANDA LABORAL. ES IMPRO- DE OTORGAR UN PLAZO PARA FORMULARLOS EN EL
CEDENTE MANDARLA ACLARAR JUICIO LABORAL, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN ESEN-
CUANDO EL TRABAJADOR FIJA
EL DESPIDO EN UNA FECHA Y CIAL AL PROCEDIMIENTO QUE AFECTA LAS DEFENSAS
SIMULTÁNEAMENTE RECLAMA DEL QUEJOSO EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN VI DEL
EL PAGO DE SALARIOS DEVEN- ARTÍCULO 159 DE LA LEY DE AMPARO, VIGENTE HASTA
GADOS POR UN PERIODO EN
EL QUE SE INCLUYE EL DÍA DE EL 2 DE ABRIL DE 2013.». Ahora, si bien es cierto que antes
AQUÉL, TODA VEZ QUE ESAS de mayo de 2014 esa jurisprudencia no era vinculante para
ACCIONES NO SON CONTRA- la Junta, pues la obligación de brindar oportunidad a las
DICTORIAS, AL DERIVAR DE partes para formular alegatos sólo provenía de los artículos
HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS
AUTÓNOMAS Y DIVERSAS.», 882, 884, fracción IV, 885, fracción IV y 888 de la Ley Fede-
aprobada por el Décimo Tercer ral del Trabajo, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012,
Tribunal Colegiado en Materia de también lo es que si en el juicio la instrucción se cerró antes
Trabajo del Primer Circuito y publi-
cada en el Semanario Judicial de de que la citada jurisprudencia se considerara de aplicación
la Federación y su Gaceta, Novena obligatoria, pero el proyecto de resolución y el laudo fueron
Época, Tomo XXXIII, mayo de 2011, dictados cuando ese criterio ya lo era, resulta inconcuso que
página 1103, y
El sustentado por el Tercer Tri- la Junta se encuentra doblemente constreñida a respetar ese
bunal Colegiado en Materia de derecho otorgado a las partes.
Trabajo del Tercer Circuito, al re- Amparo directo 891/2016 (cuaderno auxiliar 952/2016) del índice del
solver el amparo directo 580/2016. Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito,
Tesis de jurisprudencia 116/2017 con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar
(10a.). Aprobada por la Segunda de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla.
Sala de este Alto Tribunal, en sesión Serafín Morales González. 3 de febrero de 2017. Unanimidad de votos.
privada del nueve de agosto de dos Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretaria: Beatriz Rojas Méndez.
mil diecisiete. Amparo directo 12/2016 (cuaderno auxiliar 2/2017) del índice del Tri-
Nota: La tesis de jurisprudencia bunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Segundo
2a./J. 134/99 citada, aparece pu- Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región,
blicada en el Semanario Judicial de con residencia en San Andrés Cholula, Puebla. Daniel Díaz Gómez. 17
la Federación y su Gaceta, Novena de febrero de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Eugenio Gustavo
Época, Tomo X, diciembre de 1999, Núñez Rivera. Secretario: Marco Antonio López González.
página 189, con el rubro: «DE- Amparo directo 1047/2016 (cuaderno auxiliar 41/2017) del índice del
MANDA LABORAL. LA OMISIÓN Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Segundo
DE REQUERIR AL TRABAJADOR Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región,
PARA QUE LA ACLARE O CORRI- con residencia en San Andrés Cholula, Puebla. Instituto del Fondo Na-
JA CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN cional de la Vivienda para los Trabajadores. 28 de marzo de 2017. Una-
PROCESAL QUE, AMERITA LA nimidad de votos. Ponente: Lázaro Franco Robles Espinoza. Secretario:
REPOSICIÓN DEL PROCEDI- Jean Lui Lescieur Escudero.
MIENTO EN EL SUPUESTO DE Amparo directo 984/2016 (cuaderno auxiliar 27/2017) del índice del
QUE AFECTE LAS PRETENSIO- Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Segun-