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JURISPRUDENCIA FIRME
SEGUNDO, DE LA LEY DE AMPARO ABROGADA, PARA QUE AQUÉLLA CONTINÚE del acto reclamado, previstas en
SURTIENDO EFECTOS.», publicada en el Semanario Judicial de la Federación del la primera parte («reglas gene-
viernes 19 de febrero de 2016 a las 10:15 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial
de la Federación, Décima Época, Libro 27, Tomo III, febrero de 2016, página 2190, con rales») de esa sección de la Ley
número de registro digital: 2011115. de Amparo, que permiten, en
El Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Primer Circuito, al resolver el principio, ponderar la aparien-
incidente en revisión 27/2016, sostuvo que el reconocimiento de la víctima u ofendido cia del buen derecho, el peligro
del delito como parte en el proceso penal, establece la posibilidad de que tenga una
participación activa en éste, no sólo por su expectativa o pretensión de que se repare en la demora y la afectación al
el daño que le fue ocasionado, sino porque conforme al nuevo marco jurídico, derivado interés social.
del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, puede Contradicción de tesis 397/2016.
participar directamente en la causa penal, aportar pruebas, interponer recursos y exigir Suscitada entre el Tribunal Cole-
que se establezca una verdad legal sobre la comprobación del delito y la responsabilidad giado del Décimo Séptimo Circuito
penal del inculpado, lo que hace que se encuentren en un plano de igualdad dentro del y el Tribunal Colegiado del Décimo
proceso, sin que ello conlleve a permitirle que se le exima de las obligaciones que la Circuito, con residencia en Coat-
propia Ley de Amparo le impone, como lo es la garantía que le fue fijada en términos del zacoalcos, Veracruz. 17 de mayo
artículo 125 de la Ley de Amparo abrogada, puesto que rompería el equilibrio procesal de 2017. La votación se dividió en
que debe guardarse en el juicio de amparo entre las partes. dos partes: mayoría de cuatro votos
Tesis de jurisprudencia 44/2017 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto por la competencia. Disidente: José
Tribunal, en sesión de treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete. Ramón Cossío Díaz. Cinco votos de
Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 11 de septiembre los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de
de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario Larrea, José Ramón Cossío Díaz,
19/2013. quien reservó su derecho para
Décima Época.- Registro: 2015092.- Instancia: Primera Sala.- Tesis: Jurisprudencia.- formular voto concurrente, Jorge
Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 08 de septiembre Mario Pardo Rebolledo, Alfredo
de 2017.- Tesis: 1a./J. 44/2017 (10a.) Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lu-
Ley de Amparo: cía Piña Hernández, en cuanto al
fondo. Ponente: Norma Lucía Piña
A lo no previsto en la parte especial Hernández. Secretario: Alejandro
González Piña.
Tesis y/o criterios contendientes:
aplica la norma de la parte general El Tribunal Colegiado del Décimo
Séptimo Circuito, al resolver la
queja 166/2015, que dio origen a
la tesis aislada XVII.14 P (10a.), de
USPENSIÓN EN EL JUI garantizar la eficacia del juicio título y subtítulo: «SUSPENSIÓN
SCIO DE AMPARO INDI- de amparo, porque conserva PROVISIONAL EN EL JUICIO
DE AMPARO INDIRECTO EN
RECTO EN MATERIA PENAL. su materia y evita daños irrepa- MATERIA PENAL. NO PUEDE
PARA DECIDIR SOBRE LA rables o difícilmente reparables ANALIZARSE PONDERANDO EL
SUSPENSIÓN DE ACTOS RE- a los derechos del quejoso. ‘PRINCIPIO DE LA APARIENCIA
CLAMADOS NO PREVISTOS Ahora bien, la segunda parte DEL BUEN DERECHO’ (LEGISLA-
CIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3
EN LA PARTE ESPECIAL DE de la sección tercera, del capí- DE ABRIL DE 2013).», publicada en
LA LEY DE AMPARO («EN tulo I, del título II, de la Ley de el Semanario Judicial de la Fede-
MATERIA PENAL»), DEBEN Amparo, sobre la suspensión ración del viernes 11 de diciembre
de 2015 a las 11:15 horas y en la
APLICARSE LAS NORMAS en materia penal, establece un Gaceta del Semanario Judicial de
DE LA PARTE GENERAL, conjunto de normas relativas la Federación, Décima Época, Libro
QUE PERMITEN PONDERAR a la medida cautelar de clases 25, Tomo II, diciembre de 2015, pá-
gina 1315, con número de registro
LA APARIENCIA DEL BUEN específicas de actos que, por digital: 2010722.
DERECHO, EL PELIGRO EN su recurrencia e incidencia en El Tribunal Colegiado del Déci-
LA DEMORA Y LA AFECTA- la libertad personal, el legislador mo Circuito, al resolver el inci-
CIÓN AL INTERÉS SOCIAL. consideró necesario regular de dente de suspensión (revisión)
182/2016, sostuvo que si en los
El derecho a la tutela jurisdic- manera especial. Sin embargo, actos derivados de una averigua-
cional efectiva previsto en los esto no implica que los actos ción ministerial o causa penal ante
artículos 17 constitucional, 8 y en materia penal distintos de autoridad judicial, la segunda parte,
de la sección tercera, de la Ley de
25 de la Convención America- los expresamente regulados en Amparo, prevé la suspensión del
na sobre Derechos Humanos, ese apartado, no sean suscep- acto reclamado «en materia penal»,
demanda la existencia de una tibles de suspenderse, ya que pero sólo respecto de actos priva-
tivos de libertad, de destierro, des-
garantía eficaz de los derechos en estos casos también debe aparición forzada de personas, ex-
humanos. En nuestro sistema, el garantizarse el derecho funda- tradición, obligación de abandonar
juicio de amparo es una de las mental a un recurso efectivo. o residir en determinado lugar, aun
cuando no señale expresamente
garantías principales de estos En consecuencia, para decidir actos tendentes a lanzar, despojar
derechos. La suspensión del sobre la suspensión en estos o desalojar a un gobernado de sus
acto reclamado, como medida casos, deben aplicarse las dis- papeles, bienes o posesiones, se
cautelar, es un instrumento para posiciones sobre la suspensión tiene que ante la ausencia de dis-