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JURISPRUDENCIA FIRME
do Tribunal Colegiado
Región, con residencia Condena al pago de la prima
de Circuito del Centro
Auxiliar de la Segunda
en San Andrés Cholula,
de 2017. Unanimidad vacacional y del aguinaldo
Puebla. Darío Rodrí-
guez Pérez. 21 de abril
de votos. Ponente: Tar-
cicio Obregón Lemus. GUINALDO. PROCEDE SU RIMA VACACIONAL Y AGUINAL-
Secretario: Juan Carlos
Mateo Leyva. APAGO, AL EXISTIR CONDENA PDO. LA CONDENA A SU PAGO, EN
A m p a r o d i r e c t o DE REINSTALACIÓN. Cuando la TÉRMINOS DEL SEGUNDO PÁRRAFO
143/2017 (cuaderno Junta declare procedente la reinstala- DEL ARTÍCULO 48 DE LA LEY FEDE-
auxiliar 307/2017) del ción procede también el pago de los RAL DEL TRABAJO, ESTÁ LIMITADA
índice del Tribunal Co-
legiado del Trigésimo aguinaldos que se venzan durante la HASTA POR UN PERIODO MÁXIMO
Primer Circuito, con tramitación del juicio laboral, porque DE 12 MESES. El precepto citado prevé
apoyo del Segundo si de la interpretación armónica de los que si en el juicio el patrón no comprueba
Tribunal Colegiado
de Circuito del Centro artículos 48, 87 y 89 de la Ley Federal la causa de la rescisión, el trabajador
Auxiliar de la Segunda del Trabajo, se colige que el aguinaldo tendrá derecho, cualquiera que hubiese
Región, con residencia es una prestación que integra el salario sido la acción intentada, a que se le pa-
en San Andrés Cholula,
Puebla. 12 de mayo base para calcular el monto de los sa- guen los salarios vencidos computados
de 2017. Unanimidad larios caídos, con mayor razón procede desde la fecha del despido hasta por un
de votos. Ponente: Eu- el pago de los que se hubieren vencido periodo máximo de 12 meses, a razón
genio Gustavo Núñez durante la tramitación del juicio, pues del que corresponda a la fecha en que
Rivera. Secretario:
Manuel Saturnino Or- en este supuesto debe considerarse se realice el pago; en tanto que, con-
dóñez. que las prestaciones económicas de- forme a los artículos 84 y 89 de la Ley
Nota: La jurispru- ben cubrirse como si la relación laboral Federal del Trabajo, la prima vacacional
dencia 2a./J. 32/2014
(10a.) citada, aparece nunca se hubiera interrumpido, porque y el aguinaldo son prestaciones que
publicada en el Se- el despido le es imputable al patrón. integran el salario para efectos indem-
manario Judicial de la Amparo directo 1216/2001. Guadalupe nizatorios, además de que respecto de
Federación del viernes Georgina Marín Ruiz. 8 de marzo de 2001.
9 de mayo de 2014 a Unanimidad de votos. Ponente: Carolina esta última prestación, así lo establece
las 10:34 horas y en la Pichardo Blake. Secretario: Augusto San- expresamente la jurisprudencia de la
Gaceta del Semanario tiago Lira. Segunda Sala de la Suprema Corte de
Judicial de la Federa- Amparo directo 1363/2009. Instituto Mexi- Justicia de la Nación 2a./J. 33/2002. En
ción, Décima Época,
Libro 6, Tomo II, mayo cano del Seguro Social. 18 de febrero de consecuencia, si el trabajador deja de
de 2014, página 851. 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Marco percibir dichas prestaciones a causa de
Esta tesis se consi- Antonio Bello Sánchez. Secretaria: Sandra un despido injustificado y éstas forman
dera de aplicación Verónica Camacho Cárdenas.
obligatoria a partir Amparo directo 99/2014. María Efigenia parte de los salarios caídos, la condena
del lunes 11 de sep- Zúñiga Hernández. 15 de mayo de 2014. a su pago está limitada hasta el plazo
tiembre de 2017, para Unanimidad de votos. Ponente: Marco máximo de 12 meses, en términos del
los efectos previstos Antonio Bello Sánchez. Secretario: Miguel
en el punto séptimo Barrios Flores. artículo 48, segundo párrafo, de la ley
del Acuerdo General Amparo directo 1361/2014. Juan Lemus indicada.
Plenario 19/2013. Franco. 12 de marzo de 2015. Unanimi- Contradicción de tesis 5/2017. Entre las
Décima Época.- Re- dad de votos. Ponente: Carolina Pichardo sustentadas por los Tribunales Colegiados
gistro: 2015106.- Ins- Blake. Secretaria: Teresa de Jesús Castillo Sexto y Séptimo, ambos en Materia de Tra-
tancia: SEGUNDO TRI- Estrada. bajo del Primer Circuito. 7 de agosto de 2017.
BUNAL COLEGIADO Amparo directo 371/2017. 1 de junio de Mayoría de dieciséis votos de los Magistrados:
DE CIRCUITO DEL 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Jor- Juan Manuel Alcántara Moreno, José Morales
CENTRO AUXILIAR Contreras, J. Refugio Gallegos Baeza, José
DE LA SEGUNDA RE- ge Alberto González Álvarez. Secretario: Luis Caballero Rodríguez, María Eugenia Olas-
GIÓN.- Tesis: Juris- Miguel Barrios Flores. cuaga García, Roberto Ruiz Martínez, Jorge
prudencia.- Fuente: Esta tesis se considera de aplicación Alberto González Álvarez, Laura Serrano Alde-
Semanario Judicial de obligatoria a partir del lunes 02 de oc- rete, Jorge Farrera Villalobos, Ranulfo Castillo
la Federación.- Publi- tubre de 2017, para los efectos previstos Mendoza, Ricardo Castillo Muñoz, Aristeo
cación: viernes 08 de en el punto séptimo del Acuerdo General Martínez Cruz, Víctor Aucencio Romero Her-
septiembre de 2017.- Plenario 19/2013. nández, Héctor Landa Razo, Tarsicio Aguilera
Tesis: (II Región)2o. Décima Época.- Registro: 2015178.- Ins- Troncoso y Andrés Sánchez Bernal. Disidente:
J/2 (10a.) tancia: SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO Héctor Arturo Mercado López. Ponente: Juan
EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER Manuel Alcántara Moreno. Secretaria: Lidia
CIRCUITO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente: Granados Duarte.
Semanario Judicial de la Federación.- Pu- Tesis y criterio contendientes: Tesis I.7o.T.19
blicación: viernes 29 de septiembre de L (10a.), de título y subtítulo: «PRIMA VACA-
2017.- Tesis: I.6o.T. J/45 (10a.) CIONAL Y AGUINALDO. PROCEDE SU PAGO