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         legalmente declararse la ejecución de la garantía hipotecaria por ser propio de un juicio  traduce en la remoción de un
         hipotecario, lo cierto es que, conforme a lo previsto en el artículo 1347 del Código de   obstáculo que impide la obten-
         Comercio, en la etapa de ejecución del juicio mercantil sí puede existir el embargo y
         posteriormente el remate del bien hipotecado, por lo que el hecho de que el crédito cuyo   ción del pago, pues la eventual
         pago se demanda esté garantizado con hipoteca y que la actora pida la ejecución de  condena  a  la  reparación  del
         esa garantía no son circunstancias que, por sí solas, impidan la procedencia de la vía   daño por la comisión del abuso
         mercantil ordinaria ejercida.                                           de confianza equiparado, impli-
         Tesis de jurisprudencia 131/2017 (10a.). aprobada por la Primera Sala de este alto
          Tribunal, en sesión de veintidós de noviembre de dos mil diecisiete.   ca que el depositario restituya
          Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 04 de diciembre   el bien mueble embargado de
          de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del acuerdo General Plenario   que dispuso o su valor equiva-
          19/2013.
          Décima Época.- Registro: 2015703.- instancia: Primera Sala.- Tesis: Jurisprudencia.-  lente al juicio respectivo, esto
          Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 01 de diciembre de  es, lo coloca nuevamente en la
          2017.- Tesis: 1a./J. 131/2017 (10a.)                                   posibilidad de hacer efectiva la
         Depositario abusador: puede                                             garantía de pago que constituye
                                                                                 el bien embargado.
                                                                                       Contradicción de tesis 108/2016.
         el procuradir abrir querella                                                  Entre las sustentadas por el Quinto
                                                                                       Tribunal  Colegiado  del  décimo
                                                                                       Segundo Circuito, actual Tribunal
                                                                                       Colegiado en Materia de Trabajo
                                                                                       del décimo Segundo Circuito, el
                                                                                       Tribunal Colegiado del décimo Pri-
              BUSO  DE  CONFIANZA  especial o poder especial para                      mer Circuito, actual Primer Tribunal
         AEQUIPARADO. EL ENDO- formular  querella,  o  iii)  poder                     Colegiado en Materia Civil del déci-
                                                                                       mo Primer Circuito, el Tercer Tribu-
          SATARIO EN PROCURACIÓN  general para pleitos y cobran-                       nal Colegiado del Cuarto Circuito,
          DE UN TÍTULO DE CRÉDITO  zas sin necesidad de contar con                     actual Tercer Tribunal  Colegiado
          QUE PROMUEVE UN JUICIO  cláusula especial, en cada caso.                     en Materia de Trabajo del Cuarto
          EJECUTIVO  MERCANTIL,  En ese sentido, el endosatario                        Circuito y el Tribunal Colegiado en
                                                                                       Materias  Penal  y administrativa
          ESTÁ  LEGITIMADO  PARA  en  procuración  del  título  de                     del décimo Cuarto Circuito. 23 de
          FORMULAR  LA  QUERELLA  crédito que promovió un juicio                       agosto  de  2017.  la  votación  se
          RESPECTIVA, EN REPRESEN- ejecutivo mercantil, está legiti-                   dividió en dos partes: mayoría de
                                                                                       cuatro votos por la competencia.
          TACIÓN DE SU ENDOSANTE  mado para formular querella, en                      disidente:  José  Ramón  Cossío
          (LEGISLACIONES  DE  BAJA  representación de su endosante,                    díaz. Mayoría de cuatro votos de
          CALIFORNIA  SUR,  GUA- por la comisión del referido deli-                    los Ministros José Ramón Cossío
                                                                                       díaz, arturo Zaldívar lelo de la-
          NAJUATO Y  NUEVO  LEÓN).  to, contra la persona a quien se                   rrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo
          los  artículos  226,  fracción  ii,  le entregó en depósito un bien          y alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en
          abrogado,  278  abrogado  y  mueble  embargado  y  dispone                   cuanto al fondo. disidente: Norma
          388, fracción i, de los Códigos  de ese objeto o no lo entrega               lucía Piña Hernández, quien con-
                                                                                       sideró que no se resolvió el punto
          Penales  de  las  citadas  enti- al  ser  requerido  formalmente,            de contradicción. Ponente: Jorge
          dades  federativas,  coinciden  ya que esta Primera Sala de la               Mario Pardo Rebolledo. Secretario:
          en  sancionar  como  abuso  de  Suprema Corte de Justicia de la              alejandro alberto díaz Cruz.
                                                                                       Tesis contendientes:
          confianza  equiparado,  al  que  Nación, al emitir la jurispruden-           El Quinto Tribunal Colegiado del
          disponga del bien mueble em- cia 1a./J. 101/2009, (1) sostuvo                décimo Segundo Circuito (actual
          bargado que se le entregó en  que conforme al artículo 35 de la              Tribunal Colegiado en Materia Tra-
                                                                                       bajo del décimo Segundo Circuito),
          depósito o no lo entregue al ser  ley General de Títulos y Opera-            al resolver el amparo en revisión
          requerido  formalmente;  delito  ciones de Crédito, el endosatario           37/2000, que dio origen a la tesis
          que se persigue a petición de  en procuración es un mandatario               aislada Xii.5o.1 P, de rubro: «QuE-
          parte ofendida en las tres legis- del endosante, que cuenta con              RElla.  El  ENdOSaTaRiO  EN
                                                                                       PROCuRaCiÓN dE uN TÍTulO
          laciones señaladas. asimismo,  todas las facultades generales                dE CRÉdiTO ESTÁ FaCulTadO
          los artículos 234, tercer párrafo,  y especiales para pleitos y co-          PaRa  FORMulaRla  (lEGiS-
          112 y 130 de las legislaciones  branzas, a fin de emprender los              laCiÓN dEl ESTadO dE BaJa
                                                                                       CaliFORNia  SuR).»,  publicada
          adjetivas  de  la  materia  en  di- actos necesarios para conseguir          en  el  Semanario  Judicial  de  la
          chas entidades, establecen que  el pago del numerario prescrito              Federación y su Gaceta, Novena
          la querella podrá formularla un  en el documento crediticio. así,            Época, Tomo  Xi,  junio  de  2000,
                                                                                       página 600, con número de registro
          representante  del  ofendido,  a  con el endoso en procuración se            digital: 191766.
          condición de que cuente con: i)  acredita el requisito de proce-             El entonces Tribunal Colegiado
          poder general para pleitos y co- dibilidad exigido en las normas             del Décimo Primer Circuito (ac-
          branzas con cláusula especial,  procesales, en la medida en que              tual Primer Tribunal Colegiado
                                                                                       en Materia Civil del Décimo Pri-
          ii) poder general con cláusula  la presentación de la querella se            mer Circuito), al resolver el juicio
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