Page 31 - Reglamento Interno HT
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Cuidar la debida observancia de las disposiciones contenidas en la Ley, el Reglamento Interno, la Escritura Cons�tu�va, las escrituras
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públicas de adquisición de las áreas priva�vas y demás disposiciones legales aplicables, quedando en consecuencia facultado para
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ejercitar todas aquellas acciones que legalmente sean procedentes para hacer cumplir y respetar los ordenamientos antes
mencionados. Así mismo, podrá exigir con la representación de los demás Condóminos, las responsabilidades en que incurra aquel
Condómino, Usuario, visitante, miembros del personal de la Administración, del personal de seguridad y del personal de servicio
que contravenga las normas antes relacionadas.
Actuar como representante legal de los Condóminos, de conformidad con el Ar�culo 50 de este Reglamento Interno.
Someter a la aprobación de la Asamblea General de Condóminos del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE, el presupuesto anual
de gastos, así como la determinación del monto mensual de las cuotas para el año de que se trate y su forma de pago.
Rendir anualmente cuenta de su ges�ón a la Asamblea General de Condóminos del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE.
Realizar la selección, contratación y remoción del personal de la administración del Condominio, e implantar sistemas de
entrenamiento y capacitación, a fin de que dicho personal desarrolle su trabajo de forma eficiente y produc�va.
Realizar la selección, contratación y en su caso remoción de las personas �sicas o morales que prestarán los servicios relacionados
con ac�vidades depor�vas y recrea�vas en el Condominio y sus instalaciones anexas, en casos de subcontratos para la prestación de
servicios.
Conservar a disposición de, los Condóminos y/o Usuarios, copia cer�ficada de las escrituras de cons�tución del Régimen de Propiedad
del Condominio, incluyendo las licencias, autorizaciones y planos.
Contratar y mantener vigentes los seguros que sobre los bienes y áreas comunes, deben contratarse de conformidad con el presente
Reglamento Interno, en caso de siniestro, y cuando así lo resuelva la Asamblea General de Condóminos, la indemnización
correspondiente se des�nará a la reconstrucción de los bienes y áreas comunes dañadas debiendo volver las cosas al estado
que guardaban.
Depositar las can�dades recaudadas en las cuentas de cheques o de inversión bancaria que abrirá en términos del presente
Reglamento Interno, quedando así mismo facultado para elegir a la ins�tución de crédito que considere conveniente para tales
efectos.
Dar cuenta inmediata al Comité de Vigilancia que corresponda de todos los incidentes y problemas que a su juicio sean graves
y que se presenten en el Condominio, a efecto de tomar las medidas que se requieran al respecto.
Llevar el registro de Condóminos y Usuarios correspondiente al Condominio, debiendo conservar por separado un expediente al
que agregará todas las comunicaciones que sobre el par�cular reciba.
Cuidar que dentro del Condominio, se conserve el orden y respeto a la moral y buenas costumbres por parte de los Condóminos,
Usuarios, visitantes, personal de la administración, personal de seguridad y personal de servicio, teniendo en consecuencia facultades
para dictar las medidas necesarias para solicitar a la autoridad competente y a los propios Condóminos y Usuarios nieguen la entrada
o expulsen del Condominio a la o las personas que causen disturbios, atenten contra la seguridad o alteren la paz y el orden
público.
Llevar un registro detallado del personal de servicio que labore en las Unidades de Propiedad Privada, extendiendo las iden�ficaciones
con fotogra�a, para el acceso al Condominio.
Al entrar en funciones, deberá levantar una constancia o inventario de todos los servicios e instalaciones comunes, de los equipos
e implementos con que cuenta el Condominio, para su vigilancia, mantenimiento y reparación, asentando el estado de
conservación en que se encuentran.
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