Page 35 - Reglamento Interno HT
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16. Instruir al Comité de Vigilancia del Condominio (Conjunto Condominal) para el cumplimiento de sus funciones.
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17. Adoptar las medidas conducentes sobre los asuntos de interés común cuya resolución o adopción no se
encuentre comprendida dentro de las funciones conferidas al Administrador o al Comité de Vigilancia.
18. Aprobar la existencia y aplicación de cuotas extraordinarias.
19. La aprobación revocación o modificación de las medidas adoptadas de conformidad con el Ar�culo 52 de este Reglamento
Interno por el Administrador. Respecto de los bienes y áreas comunes y demás bienes de aprovechamiento común.
20. Cualquier otro asunto no reservado para las Asambleas Generales Extraordinarias del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE
en términos del inciso B siguiente.
21. Resolver sobre la restricción de servicios de energía eléctrica, gas y otros, por omisión de pago de las cuotas a cargo de
los Condóminos o Poseedores, siempre que tales servicios sean cubiertos con dichas cuotas ordinarias. No se podrá restringir
el servicio de agua potable;
B) La Asamblea General Extraordinaria del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE será aquella que reunirá a todos los Condóminos
para resolver cualesquiera de los asuntos que a con�nuación se listan de manera enuncia�va:
1. El nombramiento, ra�ficación o remoción del Administrador del Condominio, o director administra�vo de la Asociación Civil
que administre la Asociación Civil, ya sea como Administrador Profesional o Administrador Condómino, en su caso, así como
el otorgamiento de poderes y facultades y la determinación del monto de la caución o garan�a que deberá otorgar el
mencionado Administrador para garan�zar el desempeño de sus funciones, tomando en cuenta el quórum que se señala
en el Ar�culo 49 del presente Reglamento Interno que es del 50% del total del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE.
2. Modificaciones a las Escrituras Cons�tu�vas del CONDOMINIO HIGH TOWERS ELITE. Las resoluciones que sobre este asunto
se tomen, requerirán para su validez del quórum al que se refiere el presente Reglamento Interno en sus diferentes ar�culos
y que debe ser del cien por ciento de los votos del Condominio.
3. Modificaciones al presente Reglamento Interno. Las resoluciones que sobre este asunto se tomen requerirán para su validez
del quórum a que se refiere el presente Reglamento Interno y que es del noventa por ciento de los votos del Condominio.
4. Aprobar y ordenar el ejercicio de las acciones previstas en la Ley y en los ar�culos del capítulo de sanciones de este
Reglamento Interno. Las resoluciones que sobre este asunto se tomen, requerirán para su validez del quórum al que se
refieren los Ar�culos de ese capítulo.
5. Aprobar la realización de obras puramente voluntarias. Para este asunto se requerirá el voto favorable de por lo menos el
51% (cincuenta y uno) del total de votos del Condominio.
6. La modificación del des�no de los bienes y áreas comunes y demás bienes de aprovechamiento común del Condominio. Para
este asunto se requerirá el voto favorable del 100% (cien por ciento) de los votos del total del Condominio.
7. La modificación del des�no de cada área priva�va, o de los bienes y áreas comunes y demás bienes de uso común dentro del
Condominio, según haya sido determinado por la Escritura Cons�tu�va. Para este asunto se requerirá el voto favorable del
100% (cien por ciento) del total del Condominio.
8. La modificación o cambio de uso de los bienes y áreas comunes y demás bienes de uso común dentro del Condominio, según
haya sido determinado por la Escritura Cons�tu�va. Para este asunto se requerirá el voto favorable del 90% (noventa por
ciento) del total del Condominio.
9. De conformidad con el ar�culo 13 del Reglamento Interno, sobre acciones divisorias, de venta o de gravamen real respecto
de los bienes y áreas comunes y demás bienes de uso común dentro del Condominio. Para estos asuntos se requerirá el
voto favorable del 90% (noventa por ciento) del total del Condominio.
10. Adoptar las medidas conducentes sobre los asuntos de interés común que no se encuentren comprendidos dentro de las
atribuciones de la Asamblea General Ordinaria, del Administrador o del Comité de Vigilancia. Para estos asuntos se requerirá
el voto favorable de por lo menos el 51% (cincuenta y uno por ciento) del total del Condominio.
11. La imposición de cualesquiera de las sanciones o medidas disciplinarias de conformidad con el Reglamento Interno. Para este
asunto se requerirá el voto favorable del 51% (cincuenta y uno por ciento) del total de la Asamblea General Ordinaria.
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