Page 60 - Pacto de silencio
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hacen  las  determinaciones  de  colinesterasa  ni  se  trata  con  antídotos  específicos,
           atropina y PAM. Una prueba concluyente se obtiene de la lectura del libro sobre el
           Simposium del Síndrome Tóxico: ahí no se ve una determinación de colinesterasa ni
           de esteres fosfóricos en los cuadros detallados que exponen sus autores.»

               Y, más adelante: «Las encuestas epidemiológica no tendrán nunca el valor de una
           buena  serie  de  observaciones  clínicas,  establecida  una  correlación  clínica  con
           síntomas  característicos  de  una  intoxicación  como  es  la  de  organofosforados.  Esta
           correlación, al ser diagnosticada precozmente induce al tratamiento precoz y, por lo

           tanto, se evitan las evoluciones posteriores —tan penosas— de la fase 2.ª y 3.ª, para
           el síndrome tóxico, así como los fallecimientos precoces de la 1.ª aguda.»

               Finalmente el Dr. Peralté Serrano concluye:

                     «1.º En plena Era Espacial, el hombre explora el Universo; Sin embargo un

                 cuadro clínico recortadísimo, patológico de intoxicación por organofosforados,
                 no se identifica.
                     »2.º  En  Medicina  Clínica,  los  hechos  de  práctica  frecuente  están
                 perfectamente  catalogados.  El  argentino  Emilio  Astolfi  lo  dice:  se  tiende  casi
                 siempre a catalogar estos cuadros clínicos como “una enfermedad nueva”, de ahí

                 el gran peligró del diagnóstico tardío.
                     »3.º No hay ningún cuadro clínico que sea superponible al de la intoxicación
                 por organofosforados. Salvo el uso de medicamentos anticolinesterasa.»

               Llamo la atención del lector sobre esta 3.ª conclusión, en la que el Dr. Peralta nos

           está diciendo que prácticamente no había confusión posible en el diagnóstico que los
           responsables  de  Sanidad  no  supieron  ver  en  su  momento,  propiciando  con  ello  la
           ausencia  de  asistencia  adecuada  a  los  afectados.  La  negligencia  es  especialmente
           grave  cuando  se  considera  que  el  jefe  del  departamento  de  Endocrinología  del

           Hospital Infantil de la Ciudad Sanitaria La Paz publicó, a los 11 días de conocido el
           primer caso, su opinión de que se trataba de una intoxicación por organofosforados,
           opinión  que  fue  leída  y  contestada  al  día  siguiente  —sin  mencionar  para  nada  la
           flecha  que  apuntaba  hacia  los  organofosforados—  por  el  entonces  secretario  de

           Estado  para  la  Sanidad  Luis  Sánchez-Harguindey  Pimentel.  Pero  continuó  con  las
           conclusiones a que llega el Dr. Peralta en su informe previo:
               »4.º El diagnóstico precoz y el tratamiento precoz evita muertes y el paso a las
           etapas 2.ª y 3.ª, penosísimas.

               »5.º El hecho de haber transcurrido el período inicial bajo la etiqueta de neumonía
           atípica fue una pérdida de tiempo irreparable; era la época clave para evitar muertes y
           complicaciones.
               »6.º  Del  estudio  del  libro  del  Simposium  sobre  el  Síndrome  Tóxico  se  deduce

           primero: que la clínica era superponible a la de intoxicación por organofosforados;
           segundo: que no se sospechó tal diagnóstico, como puede deducirse de los estudios
           diagnósticos aportados por los ponentes.



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